El once ideal de evasores fiscales
El Supremo pone fin a la estrategia financiera que a finales de los noventa iniciaron jugadores del Barcelona y Madrid con los derechos de imagen
Los l¨ªos de Messi con el fisco han puesto el foco sobre los problemas tributarios de los futbolistas de ¨¦lite. A mayor renta m¨¢s inter¨¦s en rebajar la factura con Hacienda y m¨¢s complejas son las estructuras que se montan para eludir al fisco. En los ¨²ltimos a?os el Tribunal Supremo ha emitido casi una docena de sentencias contra los recursos presentados por varios futbolistas condenados a pagar a Hacienda cantidades defraudadas. En la mayor¨ªa de los casos los deportistas montaban estructuras societarias a las que traspasaban sus derechos de imagen para rebajar el pago a Hacienda.
Esta estrategia fue muy usada, seg¨²n las sentencias, por futbolistas del Barcelona durante finales de los noventa. Jugadores como Figo, Rivaldo, Luis Enrique, Kluivert han recibido una severa reprimenda por parte del tribunal por usar este tipo de estructuras en las que participaron el club y la televisi¨®n p¨²blica catalana, TVC.
Casi se podr¨ªa hacer un equipo de lujo con los deportistas que figuran en las sentencias del Alto Tribunal en las que tambi¨¦n aparece un entrenador holand¨¦s del Barcelona de finales de los noventa. En la meta estar¨ªa el portero Hesp; en la defensa Reiziger y Pellegrino. Aunque se podr¨ªa incorporar al lateral izquierdo brasile?o que jug¨® en el Real Madrid, Roberto Carlos. Luis Enrique, Figo y otro centrocampista del Barca podr¨ªan formar el centro del campo. Y en la delantera formar¨ªan Suker, Rivaldo y Kluivert.
La sentencia m¨¢s reciente, de 28 de febrero de este a?o, tiene que ver con Vitor Borba Ferrerira, Rivaldo, jugador brasile?o del Barcelona entre 1997 y 2002. La sentencia analiza las liquidaciones de IRPF de este contribuyente, al que que se refiere como Carlos Mar¨ªa, de los a?os 1997, 1998 y 1999 por las que reclama una deuda tributaria de 2.753.509 euros. El Supremo rechaza el recurso de Rivaldo y le obliga a pagar dicha cantidad por sus derechos de imagen.
El Alto Tribunal explica en la sentencia como el jugador firm¨® un contrato con el Barcelona el 15 de agosto de 1997, unos d¨ªas antes de que se cierre el mercado de fichajes. Al mismo tiempo, la sociedad holandesa International Football Management BV (IFM) que ostenta los derechos de imagen del jugador suscribe otros dos contratos con el Barcelona y con la televisi¨®n p¨²blica catalana, TVC, para ceder la explotaci¨®n de los derechos de imagen. Adem¨¢s, la intermediaria International Football Management firm¨® en 1998 tres contratos publicitarios con Nutrexpa ¡ªpara el anuncio del Cola Cao¡ª, Mizuno y BDDP para promocionar las tarjetas telef¨®nicas de France Telecom. La Inspecci¨®n se?ala que ¡°todos los contratos tienen lugar en fechas pr¨®ximas y que pese a la apariencia de independencia lo cierto es que los contratos forman parte de una ¨²nica estructura negocial¡±.
Lo que dice la sentencia es que el club negociaba con TVC que parte del dinero que la televisi¨®n p¨²blica ten¨ªa que pagarle lo hiciese a trav¨¦s de la sociedad interpuesta del jugador. As¨ª pagaba de forma indirecta parte de la ficha del futbolista y reduc¨ªa el impacto fiscal. ¡°Resulta revelador el contrato celebrado entre el club y la televisi¨®n por el que una parte de las cantidades que se abonaban al club pasan a abonarse a las sociedades interpuestas siendo el efecto para la televisi¨®n neutro¡±, se?ala la sentencia del Supremo.
El deportista recurri¨® alegando que los pagos realizados por TVC a la intermediaria IFM no estaban relacionados con su vinculaci¨®n laboral con el Barcelona. Adem¨¢s, cree que el r¨¦gimen especial de los derechos de imagen regulados en la Ley 13/1996 y modificado por la Ley 40/1998 es inconstitucional. Pero el Supremo no le da la raz¨®n y considera que todas las rentas recibidas por el jugador por el ejercicio de su actividad profesional corresponden a rentas del trabajo y por tanto han de liquidarse en el IRPF liquidado en Espa?a.
Varios jugadores del Barcelona trataron de rebajar su factura fiscal mediante esta estratagema fiscal en la que participaba TVC, el Barcelona y sus empresas intermediarias. El portugu¨¦s Luis Figo trat¨® de beneficiarse de esta argucia para rebajar el pago a Hacienda. El Supremo tambi¨¦n dict¨® una sentencia contra la reclamaci¨®n de este jugador que tuvo que pagar 2.456.617 euros por liquidaciones de los ejercicios 1997, 1998 y 1999. Un caso similar con las declaraciones del IRPF del ex delantero holand¨¦s del Barcelona Patrik Kluivert correspondientes a los a?os 1999 y 2000 tambi¨¦n termin¨® con una sentencia del Supremo en 2010 por la que el jugador tuvo que pagar 1.076.161 euros. El portero holand¨¦s del Barca, Hesp, recurri¨® ante el Supremo una condena para pagar 11.011 euros del a?o 1998 por el mismo caso, pero el Alto Tribunal rechaz¨® su recurso en 2008. Igual que el de Reiziger, en 2007, que tuvo que pagar 7.860 euros por las mismas irregularidades fiscales entre 1997 y 1998.
Otra de las recientes sentencias del Supremo, de abril de 2012, confirma la condena al habilidoso exdelantero del Real Madrid, Davor Suker, a pagar 258.962 euros. El caso de Suker, al que el tribunal pone el sobrenombre de Guillermo para evitar revelar su identidad, se centra ¡°en la atribuci¨®n a las sumas satisfechas por el Real Madrid a la entidad residente en los pa¨ªses bajos, Garondial Holdings, en concepto de derechos de imagen del jugador, con ocasi¨®n de su contrataci¨®n por el club, de la condici¨®n de rendimientos del capital mobiliario¡±. El Alto Tribunal se?ala, en nombre del abogado del Estado, que es ¡°un caso t¨ªpico de ingenier¨ªa financiera con fines de elusi¨®n fiscal¡±.
El ex centrocampista del Barcelona, Luis Enrique, tuvo que pagar 246.768 euros por una sentencia similar del Supremo dictada en abril de 2011. El actual entrenador del Celta trat¨® de hacer tributar el dinero que le pag¨® Nike en 2000 a trav¨¦s de una sociedad intermediaria, Foot Force Sport y Patrimonial Lupasi. El jugador mont¨® una estructura para tratar de esquivar la regla del 85% por la cual se permite ceder los derechos de imagen siempre que el total de rentas percibidos por este concepto supere el 15%. Pero el Supremo rechaz¨® el recurso del jugador.
El exlateral izquierdo brasile?o del Real Madrid, Roberto Carlos, tambi¨¦n recurri¨® ante el Supremo una sentencia de la Audiencia Nacional sobre la liquidaci¨®n del IRPF entre 1996 y 1999. El jugador, bautizado como Inocencio por el Alto Tribunal, recurre porque considera que las rentas obtenidas por Nutrexpa y Nike por sus derechos de imagen no deben tributar por IRPF sino a trav¨¦s de las sociedades interpuestas, RCS y Oveseas, a la que ha cedido la gesti¨®n de sus derechos de imagen. Pero el Alto Tribunal rechaza el recurso. Justifica su decisi¨®n al se?alar que ¡°se trata de evitar los artificios contractuales con el fin de difuminar la relaci¨®n personal del sujeto pasivo con el hecho imponible y con ella eludir la carga tributaria¡±.
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