La Audiencia vuelve a eximir a Aena de compensar por la huelga de controladores
La Audiencia Nacional anula una sentencia que obligaba al operador a indemnizar a afectados El tribunal considera que se trataba de una "situaci¨®n extraordinaria" no incluida en la legislaci¨®n
La huelga de controladores a¨¦reos en el puente de diciembre de 2010, que provoc¨® el cierre del espacio a¨¦reo espa?ol y la declaraci¨®n del estado de alarma, fue una "situaci¨®n extraordinaria" de la que no se puede responsabilizar al operador aeroportuario estatal, Aena. Esa es la tesis que la Audiencia Nacional reitera en una sentencia firme, fechada el pasado 10 de julio. La resoluci¨®n da la raz¨®n a los abogados del Estado y anula una sentencia anterior que obligaba a la Administaci¨®n a pagar a la agencia Viajes Iberia 304.385 euros por los da?os derivados de la huelga.
El fallo calca los argumentos de otro anterior, emitido el pasado 15 de abril, en el que se exoneraba a Aena de toda responsabilidad por los da?os que el paro de los controladores ¡ªque abandonaron masivamente sus puestos de trabajo¡ª provoc¨® a viajeros y agentes de viajes. Seg¨²n los magistrados, este modo de protesta no buscaba prestar un mal servicio ni generar molestias, sino que pretend¨ªa directamente "el cese del tr¨¢nsito a¨¦reo". Si los controladores hubieran hecho mal su trabajo, el Estado deber¨ªa responder, pero en este caso, defiende la sentencia, los empleados p¨²blicos se salieron del ¨¢mbito de la relaci¨®n laboral por lo que no cabe responsabilizar a Aena.
Por eso, porque era una protesta dirigida expresamente contra Aena y no contra los usuarios del servicio, los jueces se?alan que ser¨ªa "parad¨®jico" que aquel contra el que se dirige la acci¨®n ¡ªel operador aeroportuario¡ª sea quien deba indemnizar a terceros. Adem¨¢s, se?alan, la posterior decisi¨®n administrativa de cerrar el espacio a¨¦reo se tom¨® "precisamente en garant¨ªa de la vida y la integridad" de aquellos que ahora piden que la Administraci¨®n les indemnice.
La sentencia niega por tanto que en este caso sean de aplicaci¨®n las sentencias del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea que obligan a varias aerol¨ªneas a compensar a los pasajeros afectados por el cierre del espacio a¨¦reo de parte de Europa provocado por las emisiones del volc¨¢n island¨¦s Eyjafjalla.
La diferencia entre ambos casos reside, seg¨²n el fallo, en que pasajeros y aerol¨ªneas tienen un contrato que les vincula mientras que en este caso, la reclamaci¨®n contra la Administraci¨®n es de naturaleza extracontractual. Por eso sostienen que no son de aplicaci¨®n los reglamentos europeos de compensaci¨®n a pasajeros por retrasos y cancelaciones, sino que deben regir las normas, principios y procedimientos de la legislaci¨®n espa?ola.
Desde el principio la justicia ha rechazado responsabilizar a Aena por la huelga de controladores. Ya en noviembre de 2011, la primera sentencia sobre el caos a¨¦reo del puente de la Constituci¨®n de 2010 concluy¨® que los ¨²nicos responsables de los da?os ¡ªlas reclamaciones ascienden a centenares de millones de euros¡ª fueron quienes llevaron a cabo el abandono del puesto de trabajo.
El viernes 3 de diciembre de 2010, despu¨¦s de que decenas de controladores abandonaran sus puestos en protesta por un decreto del Gobierno Zapatero que inclu¨ªa una nueva regulaci¨®n de la jornada laboral de estos profesionales, se desat¨® el caos en los aeropuertos espa?oles. Hubo que desalojar aviones y cancelar cientos de vuelos. Los controladores no cedieron y el Ejecutivo decidi¨® militarizar la supervisi¨®n de la navegaci¨®n a¨¦rea. Miembros del Ej¨¦rcito ocuparon las vacantes en las torres de control.
El espacio a¨¦reo espa?ol se cerr¨® y el s¨¢bado 4 el Gobierno decret¨® el estado de alarma por primera vez en la historia de la democracia. Esa misma tarde se reanudaron los vuelos, pero tuvieron que pasar m¨¢s de dos d¨ªas para que se recuperara la normalidad. En pleno puente, cientos de vuelos y miles de pasajeros se vieron afectados por un caos del que, seg¨²n la justicia, solo deben responder los controladores.
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