El Supremo confirma una multa de 20 millones a Telef¨®nica
El Alto Tribunal anula otra sanci¨®n de 13 millones impuesta por la CMT a la compa?¨ªa en 2007
El Tribunal Supremo ha confirmado este lunes la multa de 20 millones de euros que la Comisi¨®n del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) impuso a Telef¨®nica en 2006 por retrasos en la oferta de acceso al bucle de abonado, ¨²ltimo tramo de l¨ªnea del cliente, mientras que ha anulado otra de 13 millones.
En la primera multa, y seg¨²n las sentencias a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo confirma los 20 millones tras desestimar el recurso de casaci¨®n presentado por la operadora contra la resoluci¨®n de la Audiencia Nacional, que en mayo de 2010 desestim¨® el recurso contencioso administrativo.
Esta multa se produjo tras la bater¨ªa de acciones legales que la operadora de telecomunicaciones Jazztel inici¨® en 2005 en distintas instancias por considerar que la actitud de Telef¨®nica en relaci¨®n al alquiler del bucle local de abonado le hab¨ªa conllevado retrasos en el desarrollo de su plan de negocio.
La oferta del bucle de abonado o OBA es el sistema que se puso en marcha para liberalizar el ¨²ltimo tramo de l¨ªnea telef¨®nica que une las centralitas con los domicilios de los abonados y dar acceso a otros operadores al mercado.
Por otro lado, el Supremo ha anulado otra sanci¨®n de 13 millones de euros que la CMT impuso a Telef¨®nica en 2007 por no haber puesto en marcha determinados procedimientos en un sistema de gesti¨®n para el acceso de otros operadores a esta oferta del bucle.
En este caso, el Supremo estima el recurso de casaci¨®n interpuesto por Telef¨®nica despu¨¦s de que la Audiencia Nacional desestimara el primer recurso impuesto por la operadora y anula la resoluci¨®n del Consejo de la CMT.
El Supremo da la raz¨®n a Telef¨®nica al considerar que si la CMT ya hab¨ªa impuesto esa multa de 20 millones de euros por incumplir "de manera generalizada y continuada" los procedimientos de acceso al bucle de abonado "no pod¨ªa m¨¢s tarde individualizar otro m¨¢s de los incumplimientos (...) para sancionarlo por separado".
La "generalizaci¨®n continuada" a la que se refer¨ªa la primera resoluci¨®n debi¨® englobar las acciones "singulares", a?ade el Alto Tribunal.
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