La nueva ley regula los cinco colchones de capital que se podr¨¢n exigir a los bancos
No mantener las reservas podr¨¢ sancionarse restringiendo el pago de dividendos
La exigencia de mayor capital a las entidades financieras ha sido una de las reacciones de los supervisores de todo el mundo a la crisis financiera, que en el caso espa?ol ha alcanzado incluso a la estabilidad financiera p¨²blica y ha obligado a Espa?a a pedir el rescate a sus socios europeos para recapitalizar la banca. La nueva ley regular¨¢ las exigencias de colchones de capital para tratar de prevenir futuras crisis.
Los colchones son requisitos de capital ordinario de primer nivel (Tier 1) adicionales a los establecidos en el Reglamento europeo 575/2013. Las entidades deber¨¢n cumplir con la obligaci¨®n de disponer de un colch¨®n de conservaci¨®n de capital y, si procede, un colch¨®n de capital antic¨ªclico espec¨ªfico de cada entidad; un colch¨®n para las entidades de importancia sist¨¦mica mundial (EISM); un colch¨®n para otras entidades de importancia sist¨¦mica (OEIS), y un colch¨®n contra riesgos sist¨¦micos, si bien estos tres ¨²ltimos se solapan entre s¨ª.
¡°Estos colchones obedecen a la necesidad de contar con suplementos de capital frente a p¨¦rdidas inesperadas o de cubrir los riesgos originados por el car¨¢cter sist¨¦mico de ciertas entidades¡±, dice la norma.
Los colchones se aplicar¨¢n progresivamente hasta 2019. Ese a?o, el de conservaci¨®n de capital deber¨¢ de ser del 2,5% de la exposici¨®n al riesgo. El exigido a las EISM oscilar¨¢ entre el 1% y el 3,5% y el de las OEIS, ser¨¢ de hasta el 2%. Por su parte, el colch¨®n antic¨ªclico (calculado espec¨ªficamente para cada entidad o grupo, seg¨²n los territorios en que opere) y el colch¨®n contra riesgo sist¨¦mico son herramientas a disposici¨®n del Banco de Espa?a para atenuar el efecto proc¨ªclico sobre el cr¨¦dito de los requerimientos de capital, y para abordar la aparici¨®n de riesgos que puedan afectar al sistema financiero en su conjunto.
Frente a posibles incumplimientos, desde el 1 de enero de 2016 el Banco de Espa?a podr¨¢ imponer restricciones al pago de dividendos en efectivo, bonus en acciones y otras distribuciones de capital y tambi¨¦n exigir la elaboraci¨®n de un plan de conservaci¨®n del capital.
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