Los preferentistas piden que la CNMV y el Banco de Espa?a les indemnicen
La demanda estima que las entidades supervisaron de forma negligente
Un colectivo de inversores en participaciones preferentes ¡ªformado por una veintena de clientes de entidades financieras¡ª ha presentado una demanda ante la CNMV y el Banco de Espa?a por entender que incumplieron su deber legal de supervisar dicha operaci¨®n de 2009 que les arruin¨®. Y solicitan que les indemnicen con unos tres millones de euros por sus p¨¦rdidas personales, que estiman en el 71% de lo invertido. El escrito, obra del bufete Jausas, por el que se exige la ¡°responsabilidad patrimonial¡± de ambos supervisores denuncia los siguientes incumplimientos:
? Falta de calificaci¨®n. ¡°En el momento de la aprobaci¨®n y registro del folleto de emisi¨®n (21 de mayo de 2009) no figuraba una calificaci¨®n crediticia definitiva del producto. Sin embargo, la CNMV acord¨® la aprobaci¨®n del folleto, permitiendo su publicaci¨®n y, en consecuencia, la comercializaci¨®n de los instrumentos financieros. Las tres cartas de asignaci¨®n de rating ¡ªcalificacion crediticia¡ª de 11, 20 y 25 de mayo de 2009 no tienen el valor de una calificaci¨®n definitiva. Las tres misivas hacen menci¨®n a una asignaci¨®n de rating condicionada a la verificaci¨®n de determinada documentaci¨®n facilitada por Cajamadrid. La carta establece: ¡°Esta asignaci¨®n de rating por Fitch no constituye ninguna autorizaci¨®n para utilizar en su nombre¡±.
? Sin valor jur¨ªdico. ¡°Cajamadrid utiliz¨® sin autorizaci¨®n la carta de Fitch y rese?¨® en el folleto como calificaci¨®n de riesgo lo que no era sino una mera comunicaci¨®n entre entidades sin un verdadero valor jur¨ªdico. La CNMV tuvo a su alcance estas cartas y el folleto, pero fue negligente en su revisi¨®n y procedi¨® a la aprobaci¨®n del folleto a pesar de que conten¨ªa informaci¨®n enga?osa sobre la situaci¨®n financiera y perspectivas del emisor¡±.
? Tres avales en 2004. ¡°La CNMV no solicit¨® la calificaci¨®n de riesgo crediticio de tres agencias de rating como es pr¨¢ctica habitual, tal y como se hab¨ªa realizado en emisiones por un importe sustancialmente inferior, como en 2004¡±.
? Falta de revocaci¨®n. ¡°La CNMV aprob¨® una documentaci¨®n que permit¨ªa que el resumen de riesgos no incluyera una referencia del derecho de revocaci¨®n en caso de bajada de rating; y que el resumen de riesgos no hiciera menci¨®n de las graves turbulencias financieras existentes¡±.
? Venta a clientes moderados. ¡°Cuando la CNMV tuvo conocimiento de que se hab¨ªan comercializado masivamente a inversores conservadores no oblig¨® al banco a que advirtiese a los clientes de que no eran productos adecuados para ellos, y no abri¨® expediente sancionador¡±.
? Banco de Espa?a. ¡°El Banco de Espa?a, a sabiendas de la delicada situaci¨®n financiera de Cajamadrid, de la inexistencia de rating alguno y de la alta probabilidad de que Caja Madrid no pudiera devolver el dinero a los adquirentes de preferentes admiti¨® esta documentaci¨®n como v¨¢lida el 22 de mayo de 2009¡±.
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