El Supremo rechaza el recurso de Unesa contra los peajes de luz de 2013
La asociaci¨®n de la industria el¨¦ctrica reclamaba que se establecieran unas nuevas traifas fijas
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por la Asociaci¨®n Espa?ola de la Industria El¨¦ctrica (Unesa) en contra de la orden de peajes el¨¦ctricos para 2013 elaborada por el Ministerio de Industria, seg¨²n consta en una sentencia emitida por la sala de lo contencioso-administrativo.
Aquella orden de peajes se dise?¨® en funci¨®n de unas previsiones no solo de ingresos de los nuevos impuestos el¨¦ctricos y de la asunci¨®n por parte de los Presupuestos del Estado de unos 900 millones de sobrecostes extrapeninsulares, sino tambi¨¦n de un cr¨¦dito extraordinario por 2.200 millones que qued¨® posteriormente anulado por el Congreso con efectos retroactivos.
Este cr¨¦dito y su posterior anulaci¨®n es uno de los principales argumentos del recurso de Unesa. La liberaci¨®n del cr¨¦dito no se produjo y eso provoc¨® "la insuficiencia tarifaria de la orden impugnada", en la medida en que "establece peajes de acceso sobre una hip¨®tesis de ingresos del sector el¨¦ctrico que no se corresponde con la realidad", indicaba la asociaci¨®n.
Para Unesa, los 2.200 millones del cr¨¦dito fueron retirados "de manera radical del ordenamiento jur¨ªdico mediante su derogaci¨®n con car¨¢cter retroactivo", lo que supone una vulneraci¨®n de la doctrina del Tribunal Constitucional.
Las el¨¦ctricas tambi¨¦n denunciaban el art¨ªculo 9 de la orden de peajes por "no respetar el principio de suficiencia tarifaria". Por ello, ped¨ªan que se elevasen los peajes de forma suficiente para cubrir los costes e ingresos de la parte regulada del sistema el¨¦ctrico.
El Supremo considera en su sentencia, al analizar los 2.200 millones de euros del cr¨¦dito nunca liberado, que Industria los incorpor¨® en sus previsiones del sistema conforme a una "apreciaci¨®n fundada y razonable sobre el devenir de los ingresos", "tan fundada que se convirti¨® en mandato parlamentario, aun cuando a la postre fuera derogado".
Las previsiones son legales
La sala considera adem¨¢s que no es motivo de nulidad que una orden ministerial fije los peajes a partir de unos principios "razonables" de previsiones en los que no se omiten c¨¢lculos de necesaria inclusi¨®n, a pesar de que los resultados finales diverjan de lo pronosticado.
Esa divergencia fue lo que ocurri¨® en el ejercicio 2013, en el que aflor¨® un d¨¦ficit de tarifa de hasta 3.600 millones despu¨¦s de que el Gobierno no solo anulase el cr¨¦dito de 2.200 millones, sino tambi¨¦n la asunci¨®n por parte de las cuentas p¨²blicas de cerca de 900 millones de extracostes extrapeninsulares.
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