La justicia europea dice que la norma de cl¨¢usulas suelo es ¡°abusiva¡±
A la espera de que decida sobre la retroactividad en Espa?a, declara ilegal la suspensi¨®n autom¨¢tica de una acci¨®n individual si hay proceso colectivo
A la espera de que el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) se pronuncie definitivamente sobre las cl¨¢usulas suelo en Espa?a ¡ªy la necesidad o no de que los bancos devuelvan todo lo cobrado a los hipotecados¡ª la justicia comunitaria ha dado hoy otro varapalo a la normativa espa?ola. El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que la norma espa?ola resulta ¡°incompleta e insuficiente¡± y que ¡°no constituye un medio adecuado ni eficaz para que cese el uso de las cl¨¢usulas suelo¡±, en contra de la Directiva europea.
En concreto, el TJUE declara ilegal la suspensi¨®n autom¨¢tica de una acci¨®n individual contra las cl¨¢usulas suelo si hay abierto un proceso colectivo. La retah¨ªla de sentencias contrarias a la aplicaci¨®n de cl¨¢usulas suelo en las hipotecas ya pasa factura en las cuentas de resultados de la banca. Pero a¨²n no se ha trasladado a las leyes espa?olas. La normativa obliga al juez a suspender autom¨¢ticamente la tramitaci¨®n de una acci¨®n individual de un consumidor que considera abusiva la cl¨¢usula suelo de su hipoteca. Los jueces espa?oles deben esperar a que se dicte sentencia firme en relaci¨®n con una acci¨®n colectiva que se encuentre pendiente ¨Cejercitada por una asociaci¨®n de consumidores¡ªsin que el consumidor pueda desvincularse de esa acci¨®n colectiva. El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n carga contra esa regulaci¨®n, porque perjudica la efectividad de la protecci¨®n que la Directiva europea confiere al consumidor.
Seg¨²n la justicia europea, que hoy falla en relaci¨®n a un caso presentado contra Caixabank y Catalunya Caixa, ¡°ni la necesidad de garantizar la coherencia entre las resoluciones judiciales ni la necesidad de evitar la saturaci¨®n de los tribunales pueden justificar esa falta de efectividad¡±.
Esa sentencia se une a otra decisi¨®n reciente por la que un juzgado de Madrid sentenci¨® a 40 bancos y cajas espa?oles a devolver las cantidades cobradas indebidamente por la aplicaci¨®n de cl¨¢usulas suelo desde mayo de 2013, y acusaba a las entidades de ¡°falta de transparencia¡± en la firma de esas cl¨¢usulas que, seg¨²n el alud de sentencias de tribunales espa?oles y europeos, son claramente abusivas.
Las entidades todav¨ªa no han movido ficha tras esa sentencia de la semana pasada, ya que est¨¢n expectantes ante la decisi¨®n del TJUE, con sede en Luxemburgo, que determinar¨¢ la factura de la anulaci¨®n de esas cl¨¢usulas, seg¨²n si considera que existe o no derecho a la retroactividad por parte de los hipotecados. Es decir: si los bancos les deben devolver el dinero solo desde 2013 o desde que aplican esos suelos a los intereses. Para ese fallo no hay fecha definitiva: el 26 de abril se produce una vista, pero todav¨ªa no hay un calendario definitivo para que exista un fallo.
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