El Estado deber¨¢ pagar a Repsol otros 109 millones por obligarlo a vender gas a p¨¦rdida
La Audiencia Nacional y el Supremo condenan a la Administraci¨®n por la fijaci¨®n de precios
Dos nuevas sentencias del Tribunal Supremo y una de la Audiencia Nacional condenan al Estado a indemnizar a Repsol Butano con otros 109,5 millones de euros. La sanci¨®n es en concepto de responsabilidad patrimonial por la obligaci¨®n de vender butano a p¨¦rdida. Unas sentencias que se suman a la del viernes 3 de febrero, cuando el Supremo ya conden¨® a la Administraci¨®n al pago de 42 millones a la compa?¨ªa por el mismo concepto.
El Tribunal Supremo ha fallado, tras desestimar los recursos de casaci¨®n del Estado, que Repsol deber¨¢ recibir una indemnizaci¨®n de 29,6 millones de euros. Esto reconoce los importes dictados por la Audiencia Nacional por la fijaci¨®n de precios el segundo (13,2 millones de euros) y tercer trimestre (16,4 millones) de 2012, m¨¢s los intereses legales.
El Supremo ha tenido en cuenta no solo los ingresos que se habr¨ªan obtenido de aplicarse las referencias de precios adecuados, sino tambi¨¦n aspectos como la situaci¨®n de oligopolio en el sector, la no importaci¨®n de todo el gas licuado del petr¨®leo que se comercializa y las variaciones de los costes de las fluctuaciones del mercado. El tribunal concluye que el Gobierno no puede obligar a "la venta a p¨¦rdidas durante un per¨ªodo prolongado de tiempo".
En el caso de la sentencia de la Audiencia Nacional es la m¨¢s cuantiosa de las tres. En ella se dictamina que la petrolera debe ser indemnizada con 79,9 millones de euros m¨¢s intereses legales, en este caso desde diciembre de 2010. Esta sentencia se refiere al precio fijado en el cuarto trimestre de 2009 y 2010.
El tribunal ratificaba as¨ª que las resoluciones administrativas en las que se fij¨® el precio de la bombona de butano para el primer y segundo trimestre de 2011 no se ajustan a Derecho. Esta decisi¨®n anulaba la posici¨®n mantenida al respecto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuya resoluci¨®n ha sido anulada por la sala tercera.
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