La CNMC confirma que Endesa y Gas Natural sean creadores del mercado de gas
El regulador propone que las compa?¨ªas ofrezcan al Mibgas hasta un 5% de su volumen anual de aprovisionamientos
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado el Informe de propuesta de metodolog¨ªa por el que se establecen una serie de obligaciones de creador de mercado a los operadores dominantes en el sector del gas natural. De esta forma, las empresas Gas Natural y Endesa estar¨¢n obligadas a ofertar en el mercado del gas, a las que la propia CNMC declar¨® el 6 de octubre del 2016 como los operadores dominantes en el mercado del gas.
El regulador propone que el l¨ªmite m¨¢ximo de cantidad a casar en el conjunto del a?o ser¨¢ igual al 5% del volumen anual de aprovisionamientos de gas a Espa?a de cada operador dominante.
En la actualidad, en el mercado espa?ol del gas, ¨²nicamente existe una empresa, (Gunvor Internacional), que act¨²a como creador de mercado y lo hace de forma voluntaria, a trav¨¦s del acuerdo que firm¨® con MIBGAS, el operador del Mercado Ib¨¦rico del Gas. Este acuerdo abarca el primer semestre de 2017.
Sobre la cantidad y los precios que Gas Natural y Endesa deber¨¢n ofertar en el mercado, la CNMC ha tomado como referencia principal, debido a las escasas referencias internacionales disponibles, el acuerdo voluntario que Gunvor firm¨® con MIBGAS a principios de 2017. Los operadores dominantes deben ser capaces de ofrecer, al menos, los mismos niveles de servicio que un operador con una cuota de mercado en Espa?a muy reducida.
La propuesta, que est¨¢ recogida en la ley, fue presentada por el ministro de Energ¨ªa, Turismo y Agenda Digital, ?lvaro Nadal, para contener las subidas del precio del gas y, consecuentemente, de la tarifa el¨¦ctrica el pasado mes de enero en el mercado mayorista. Las empresas implicadas, que est¨¢n estudiando la propuesta definitiva, manifestaron entonces que no solucionaba la urgencia que requer¨ªa el aumento del precio de la energ¨ªa que se hab¨ªa producido. Las fuentes consultadas subrayan, no obstante, que no supone un quebradero de cabea y que, adem¨¢s, est¨¢ previsto en la ley.?
Dotar de liquidez
La normativa establece que para dotar de mayor liquidez al mercado del gas y si no hubiera operadores dispuestos a generarla voluntariamente o se considerase que su aportaci¨®n es insuficiente, el Gobierno podr¨¢ establecer obligaciones de creador de mercado a los comercializadores de gas natural que tengan la condici¨®n de operadores dominantes. Adem¨¢s, los operadores dominantes que act¨²en como creadores de mercado tendr¨¢n la obligaci¨®n de presentar ofertas de compra y venta simult¨¢neas de gas por una cantidad determinada y con un rango m¨¢ximo de separaci¨®n de precios.
La capacidad de los operadores dominantes para actuar como creadores de mercado con un determinado volumen, depende de la flexibilidad en la gesti¨®n de sus entradas y de la demanda de gas. Por ello, se propone que las obligaciones de cantidades a ofertar para cada operador dominante se establezcan de manera proporcional a su cuota de aprovisionamientos de gas al sistema gasista espa?ol.
Durante 2016, primer a?o de funcionamiento del Mercado Organizado del Gas en Espa?a, el volumen total de gas negociado en nuestro pa¨ªs fue de 6.566 MWh, lo que equivale al 2% de la demanda nacional. Esta cantidad es muy inferior a la negociada en otros pa¨ªses europeos con sistemas similares.
La CNMC es la encargada de proponer al Ministerio de Energ¨ªa, Turismo y Comercio la metodolog¨ªa a trav¨¦s de la cual los operadores dominantes presentar¨¢n sus ofertas de compra y venta en el mercado organizado del gas. La CNMC propone concentrar las medidas de fomento de la liquidez en los productos diario y mensual, a efectos de conseguir un incremento en los vol¨²menes de transacciones hasta el 2,5% de la demanda diaria (unos 22 GWh/d¨ªa) en ambos productos.
Por otra parte, debido a la importancia que tiene la log¨ªstica del Gas Natural Licuado (GNL) en el aprovisionamiento nacional y que estos aprovisionamientos se programan normalmente con bastante antelaci¨®n, la CNMC considera que los nuevos creadores del mercado deber¨¢n priorizar en sus ofertas el producto mensual seguido del producto diario, para favorecer el desarrollo de los productos con mayores.
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