Cabify y Uber ir¨¢n al Constitucional para frenar las normativas ¡®antiVTC¡¯
Un dictamen pide la paralizaci¨®n de los reglamentos como los que preparan Madrid y Barcelona hasta que no se pronuncie sobre la constitucionalidad del decreto
Las empresas de veh¨ªculos de alquiler con conductor (VTC) que usan las plataformas como Cabify y Uber consideran inconstitucional el real decreto ley aprobado el pasado 28 de septiembre por el que el Gobierno que transfiere a las comunidades aut¨®nomas y a los ayuntamientos la facultad de regular su actividad, y piden que se paralice cualquier normativa regional o municipal hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre esta legislaci¨®n.
As¨ª consta en un dictamen realizado por el despacho de abogados Mu?oz Machado que han encargado estas empresas, al que ha tenido acceso este diario, y en el que se insta a estas firmas a acudir al Tribunal Constitucional en defensa de sus derechos cuando los entes locales o las comunidades aut¨®nomas.regulen en la materia. Por cuestiones de ordenamiento judicial espa?ol, las empresas no pueden llevar directamente al Constitucional el decreto del Ministerio de Fomento por lo que deben esperar a que se apliquen las nuevas normas municipales y haya un proceso en los juzgados ordinarios desde donde se elevar¨ªa el recurso.
El dictamen del bufete de Santiago Mu?oz Machado se une a los estudios realizados por los despachos de Garrigues y de Jos¨¦ Andr¨¦s D¨ªez que tambi¨¦n se?alan la inconstitucionalidad de esta normativa, informaron en fuentes de las VTC.
En los dict¨¢menes, se pone en tela de juicio la constitucionalidad de varios art¨ªculos del decreto y se avisa de que, en caso de que los ayuntamientos comiencen a restringir la circulaci¨®n de los VTC sin esperar al pronunciamiento del Constitucional se producir¨ªa un perjuicio econ¨®mico irreparable por el que las administraciones deber¨ªan hacer frente a indemnizaciones millonarias que la patronal Unauto ha cifrado en m¨¢s de 4.000 millones de euros.
Las corporaciones municipales de Madrid y Barcelona, ambas gobernadas por Podemos, y que concentran las dos terceras partes de la actividad de las VTC en Espa?a, ya han advertido que usar¨¢n la norma para reducir el n¨²mero de estos veh¨ªculos solicitando una segunda licencia municipal adem¨¢s de la estatal. El ayuntamiento de Barcelona que dirige Ada Colau es el que defiende con m¨¢s urgencia la necesidad de restringir a las VTC y ya tiene sobre la mesa la amenaza de los taxistas de paralizar el Mobile World Congress que se celebra en la capital catalana a finales de febrero si no se veta a los coches de Uber y Cabify.
El dictamen del despacho de Mu?oz Machado asegura, en primer lugar, que la regulaci¨®n a trav¨¦s de un decreto-ley no se justifica porque no se dan las circunstancias que contempla el art¨ªculo 86 de la Constituci¨®n de concurrencia de un caso de ¡°extraordinaria y urgente necesidad¡±.
En este caso, la norma introduce un r¨¦gimen transitorio de cuatro a?os para la extinci¨®n de la habilitaci¨®n nacional para prestar servicios urbanos de esas autorizaciones o licencias, y el mismo hecho de establecer ese plazo transitorio evidencia que no concurre la causa de ¡°extraordinaria y urgente necesidad¡± que exige la Constituci¨®n, seg¨²n el dictamen. ¡°La regulaci¨®n propuesta no afecta de modo inmediato al problema que justifica su promulgaci¨®n, sino que extingue esas habilitaciones con un margen de cuatro a?os¡±.
El dictamen tambi¨¦n se?ala que el Real Decreto-Ley del Ministerio de Fomento traslada y una competencia estatal a las comunidades aut¨®nomas, llevando a cabo una transferencia de competencias y modificando las que hab¨ªa establecido la Ley Org¨¢nica de delegaci¨®n de mayo de 1987, sin que al mismo tiempo se prevean las transferencias financieras que impone el art¨ªculo 150.2 de la Constituci¨®n, por lo que, al no hacerlo, tampoco se ajustar¨ªa a la Carta Magna.
Expropiaci¨®n encubierta
El despacho de abogados argumenta tambi¨¦n que la nueva regulaci¨®n establecida en el Real Decreto-Ley priva a los titulares de licencias VTC de derechos consolidados y adquiridos. ¡°Ning¨²n derecho de car¨¢cter patrimonial tiene fuerza bastante para impedir un cambio de regulaci¨®n, pero la restricci¨®n de las facultades que comporta, o su ablaci¨®n plena y extinci¨®n son medidas de car¨¢cter expropiatorio que, de conformidad con lo establecido en el art¨ªculo 33 de la Constituci¨®n, han de ser indemnizadas con la contraprestaci¨®n equivalente al valor del bien sacrificado¡±, indica.
Para estos abogados, la regulaci¨®n es una medida expropiatoria singular que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n, por cuanto priva a los propietarios de licencias VTC de sus derechos mediante Real Decreto Ley y no mediante un procedimiento expropiatorio, reduciendo adem¨¢s su derecho de defensa, considerando que los actuales titulares de licencias carecen de legitimidad para impugnar ese Real Decreto Ley, aunque s¨ª podr¨ªan defender sus intereses a trav¨¦s del procedimiento expropiatorio. El dictamen tambi¨¦n considera que la nueva regulaci¨®n tambi¨¦n plantea muchas dudas desde el punto de vista del derecho de la competencia.
Por eso, propone que se paralice cualquier norma municipal o auton¨®mica hasta que se resuelvan las dudas de constitucionalidad y adecuaci¨®n al derecho de la competencia de las disposiciones contenidas en el decreto. De esta forma, las autorizaciones de VTC existentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley de 28 de septiembre o aquellas cuyas solicitudes estuvieran pendientes de resolverse, se sujetar¨ªan, durante los cuatro a?os siguientes a esa fecha, hasta septiembre de 2022, a un r¨¦gimen transitorio que les permitir¨¢ seguir prestando servicios de ¨¢mbito urbano, seg¨²n la propuesta de los VTC.
En caso, de que las comunidades aut¨®nomas o las entidades locales aplican normas por los que los titulares de licencias VTC vieran restringidos sus derechos o se les causaren lesiones en los mismos, ¡°estos pedir¨¢n las compensaciones econ¨®micas que pudieran proceder conforme a criterios econ¨®micos v¨¢lidamente contrastados como descuentos de flujos de caja o valores comparables de mercado¡±, indica el dictamen.
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