Hacienda pone el foco en las plataformas digitales de reparto
La Agencia Tributaria revisar¨¢ que firmas como Glovo o Deliveroo cumplan con las obligaciones fiscales que surgen cuando un falso aut¨®nomo es declarado asalariado por los tribunales
Las plataformas digitales de reparto no solo est¨¢n en el punto de mira de la Inspecci¨®n de Trabajo, que les exige millones de euros en cuotas impagadas a la Seguridad Social. La Agencia Tributaria tambi¨¦n quiere poner el foco en estas empresas, seg¨²n se desprende de las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero para 2021. El documento, publicado este lunes en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BO...
Las plataformas digitales de reparto no solo est¨¢n en el punto de mira de la Inspecci¨®n de Trabajo, que les exige millones de euros en cuotas impagadas a la Seguridad Social. La Agencia Tributaria tambi¨¦n quiere poner el foco en estas empresas, seg¨²n se desprende de las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero para 2021. El documento, publicado este lunes en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), incluye por primera vez en las l¨ªneas de actuaci¨®n prioritarias del organismo a aquellas empresas que hayan utilizado los servicios de trabajadores aut¨®nomos que despu¨¦s hayan sido declarados asalariados por los juzgados, como es el caso de Glovo o Deliveroo.
La atenci¨®n va dirigida principalmente a las obligaciones fiscales en materia de IVA y renta. ¡°Especialmente durante el a?o 2021 se atender¨¢ a las implicaciones fiscales en IVA e IRPF de las relaciones jur¨ªdicas pretendidamente mercantiles entre empresa y trabajador cuando la calificaci¨®n adecuada para tales relaciones sea la de relaciones laborales¡±, se lee en el plan que marca la hoja de ruta de la Agencia Tributaria, en el apartado relativo a las actuaciones de colaboraci¨®n con la Inspecci¨®n de Trabajo y la Seguridad Social.
Aunque el documento no mencione expresamente al modelo de negocio de las plataformas, la misma redacci¨®n del texto acota los potenciales destinatarios: ¡°Las actas emitidas por la Inspecci¨®n de Trabajo en las que se califican los servicios prestados por trabajadores pretendidamente aut¨®nomos a empresas de diversos sectores, como prestaciones laborales dependientes, han encontrado a lo largo del a?o 2020 el respaldo jurisprudencial del Orden social mediante diferentes pronunciamientos judiciales, que permiten a la Agencia Tributaria regularizar las diferentes contingencias fiscales derivadas de dicho cambio en las calificaciones declaradas¡±. El organismo no revisar¨¢ caso por caso, sino que se controlar¨¢ en general si las empresas est¨¢n declarando correctamente a la luz de las recientes sentencias.
Las principales firmas de reparto que operan en Espa?a, como Glovo y Deliveroo, han ido acumulando sentencias y expedientes de la Seguridad Social por emplear a trabajadores aut¨®nomos cuando la Inspecci¨®n considera que deber¨ªan ser asalariados. Tras varios fallos contradictorios, en septiembre del a?o pasado el Supremo fall¨® que los riders son asalariados y no aut¨®nomos, en una sentencia que respond¨ªa a una demanda interpuesta por un antiguo trabajador de Glovo. A inicios de este enero, se conoci¨® el veredicto del mayor juicio contra plataformas de reparto celebrado en Espa?a: el Juzgado Social n¨²mero 24 de Barcelona dio la raz¨®n a la Inspecci¨®n y dict¨® que Deliveroo diera de alta como asalariados a 741 de sus repartidores.
La Seguridad Social reclama a cuatro de estas empresas ¨DGlovo, Amazon, Deliveroo y Uber¨D m¨¢s de 25 millones de euros en cotizaciones impagadas a la seguridad social desde 2017. Tan solo en el caso de Glovo, la Inspecci¨®n de Trabajo ha regularizado de oficio la situaci¨®n laboral a 11.013 riders desde 2019, y le reclama 16,2 millones de euros en cotizaciones.
El Plan de Control Tributario y Aduanero no ofrece m¨¢s detalles sobre las actuaciones futuras de la Agencia Tributaria en este sentido, al ser un documento amplio que por su naturaleza indica solamente cu¨¢l ser¨¢n los grandes asuntos sobre los que se concentrar¨¢ el organismo. El inspector de Hacienda Jos¨¦ Mar¨ªa Pel¨¢ez confirma que la menci¨®n indirecta a las plataformas digitales de reparto es una novedad en las actuaciones de control de la Agencia Tributaria y que las posibles comprobaciones que se lleven a cabo sobre IVA e IRPF ser¨¢n complejas.
Por un lado, los trabajadores no habr¨ªan tenido que facturar el IVA en la declaraci¨®n trimestral, y las empresas no hubieran podido deduc¨ªrsela. Eso por tratarse de una relaci¨®n con un asalariado y no con un aut¨®nomo que emite una factura. En el caso del IRPF pasa algo similar: la retenci¨®n aplicada por el rider como trabajador por cuenta propia puede que no coincida con la retenci¨®n a cuenta del trabajo que habr¨ªa tenido que aplicar la empresa. Despu¨¦s entran otros conceptos para ajustar cuentas. ¡°Habr¨ªa que sentarse a hacer n¨²meros, la liquidaci¨®n [y ver qu¨¦ situaci¨®n se queda de cara al Fisco] es el resultado final de todo esto¡±, se?ala Pel¨¢ez.