El Supremo falla que los ¡®riders¡¯ son falsos aut¨®nomos
¡°Glovo es titular de los activos esenciales para la realizaci¨®n de la actividad¡±, apuntan los jueces
El modelo laboral de las plataformas digitales de reparto, asentado en aut¨®nomos, ha sufrido un golpe dur¨ªsimo este mi¨¦rcoles. El Tribunal Supremo ha fallado que los repartidores riders son asalariados. O dicho desde el otro lado de la regulaci¨®n: son falsos aut¨®nomos. Concretamente los jueces de lo Social del alto tribunal se pronuncian sobre el caso de un antiguo trabajador de Glovo, la m¨¢s popular en Espa?a junto con Deliveroo. ¡°La relaci¨®n existente entre un repartidor (rider) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral¡±, dice la nota informativa emitida por el Supremo.
Es la primera vez que el Tribunal Supremo se pronuncia sobre la relaci¨®n laboral entre los repartidores y una de las plataformas. El texto de la sentencia no se conoce todav¨ªa, pero es indicativo que el fallo haya llegado en una decisi¨®n del pleno de la sala respondiendo a un recurso de casaci¨®n para unificar doctrina. Y algunas de las frases que contiene la nota informativa del Supremo, a pesar de que subraya que ¡°carece de efectos procesales o doctrinales¡±, apuntan pistas que parecen indicar que la decisi¨®n va m¨¢s all¨¢ del caso concreto: ¡°Glovo no es una mera intermediaria en la contrataci¨®n de servicios entre comercios y repartidores. Es una empresa que presta servicios de recader¨ªa y mensajer¨ªa fijando condiciones esenciales para la prestaci¨®n de dicho servicio¡±.
Las siguientes frases de la misma nota tambi¨¦n indican que esta decisi¨®n puede ir m¨¢s all¨¢ de los l¨ªmites de la empresa tecnol¨®gica espa?ola fundada por Oscar Pierre: ¡°[La empresa] es titular de los activos esenciales para la realizaci¨®n de la actividad¡±. Y entre esos ¡°activos¡± est¨¢ la propia aplicaci¨®n, imprescindible como herramienta de trabajo.
Esta sentencia supone un paso muy importante para zanjar una larga batalla judicial en la que varios tribunales de instancias inferiores han decidido en un sentido ¨Casalariados- y en el contrario -aut¨®nomos-. El fallo llega a ra¨ªz de un recurso de casaci¨®n que ha presentado un exrepartidor de Glovo tras un fallo en su contra del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid. En sentido contrario estaba la sentencia del TSJ de Asturias que ha sido la utilizada para unificar la doctrina.
El caso de Isaac Cuende, nombre del repartidor, y el TSJ madrile?o ilustra a la perfecci¨®n la batalla judicial que se ha vivido en los ¨²ltimos a?os en los juzgados en torno a si los riders eran aut¨®nomos o asalariados. Tras el fallo de una de las secciones de lo Social de este tribunal superior auton¨®mico, el presidente de la sala decidi¨® mandar el siguiente caso sobre este asunto al pleno para que todos los magistrados decidieran y evitar un rosario de sentencias contradictorias en el mismo tribunal. Esa segunda sentencia de todos los magistrados ya fue contraria a la primera.
A falta de conocer el texto de la sentencia, esta decisi¨®n es clave en el escenario actual por dos motivos: por un lado, el fallo llega en medio de la controversia jur¨ªdica abierta en la que hay sentencias contradictorias; y, por otro, la intenci¨®n del Gobierno de presentar una regulaci¨®n que zanje las dudas que hay abiertas.
Nada m¨¢s conocerse la sentencia, Glovo ha se?alado que respeta la sentencia y ha afirmado ¡°que espera la definici¨®n de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y Europa¡±. ¡°En los tribunales, el debate se encuentra abierto, ya que hay varias sentencias que validan el modelo, como la ¨²ltima del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europa (TJUE), y otras contrarias, como en Espa?a¡±, ha continuado la empresa. En realidad, el TJUE ha emitido un auto, no una sentencia.
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