Seguridad Social prev¨¦ incorporar a los aut¨®nomos al plan de ayudas para los afectados por la erupci¨®n volc¨¢nica de La Palma
Se ampliar¨ªan hasta tres las prestaciones extraordinarias para aquellos trabajadores por cuenta propia que hayan visto suspendida o condicionada su actividad
El Ministerio de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones prev¨¦ aprobar en los pr¨®ximos d¨ªas en Consejo de Ministerios una mejora de las ayudas para los trabajadores aut¨®nomos afectados por la erupci¨®n volc¨¢nica en La Palma. El plan es ampliar hasta tres las prestaciones por cese o suspensi¨®n por actividad, y que todas ellas contemplen exoneraciones, seg¨²n detallan a EL PA?S fuentes cercanas al departamento que dirige Jos¨¦ Luis Escriv¨¢. Se trata, por tanto, de una modificaci¨®n del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protecci¨®n del empleo, la recuperaci¨®n econ¨®mica y la mejora del mercado de trabajo, en el que el colectivo de trabajadores por cuenta propia hab¨ªa quedado excluido, y solo pod¨ªa acceder a la prestaci¨®n si renunciaba a su condici¨®n de aut¨®nomo.
Organizaciones como la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Federaci¨®n Nacional de Asociaciones de Trabajadores Aut¨®nomos (ATA) han venido denunciado desde hace semanas esta discriminaci¨®n, y alertando del da?o que esta incapacidad de refugio econ¨®mico provocaba sobre los 5.000 trabajadores aut¨®nomos. En la situaci¨®n actual, y hasta que entre en vigor este nuevo marco regulatorio, si un aut¨®nomo quiere acceder a la prestaci¨®n debe darse de baja de aut¨®nomo, cesar en la actividad y despedir a sus trabajadores.
Fuentes cercanas a Seguridad Social indican que con esta modificaci¨®n ¡°lo que se busca es ampliar el sistema de protecci¨®n y alcanzar diversas casu¨ªsticas¡±, ya que dentro de este nicho de trabajadores existen distintas particularidades, especialmente dentro del territorio isle?o. ¡°Se han detectado situaciones particulares que se quieren cubrir con esta ampliaci¨®n¡±, indican.
Seg¨²n recoge la propuesta, el acceso a la prestaci¨®n de cese de actividad ordinaria ser¨¢ sin carencia ¨Dno ser¨¢ necesario acreditar un periodo determinado de cotizaci¨®n¨D y no computar¨¢ a efectos del periodo m¨¢ximo de percepci¨®n durante los primeros cinco meses. Adem¨¢s, para quienes hubieran percibido las prestaciones del Real Decreto-Ley 820/2021 a 30 de septiembre y debieran cesar su actividad, recibir¨¢n cinco meses de prestaci¨®n de cese de actividad sin c¨®mputo a efectos del per¨ªodo m¨¢ximo de percepci¨®n.
La segunda de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad ir¨¢ dirigida para aut¨®nomos afectados por una suspensi¨®n temporal de la actividad debido a los da?os ocasionados por la erupci¨®n volc¨¢nica, y que ser¨¢ incompatible con el trabajo por cuenta ajena. La tercera ser¨¢ para aut¨®nomos que vean afectadas sus actividades debido a los da?os ocasionados por la erupci¨®n, y los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que optasen por el alta como aut¨®nomos tambi¨¦n podr¨¢n acceder a esta prestaci¨®n.
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