Hacienda estudia c¨®mo calcular la revalorizaci¨®n real para salvar el impuesto de plusval¨ªa
El Gobierno espera a conocer el texto ¨ªntegro de la sentencia del Constitucional para reformar la norma
Hacienda trabaja a marchas forzadas para establecer una nueva f¨®rmula de c¨¢lculo de la base imponible del impuesto municipal de plusval¨ªa, que el Tribunal Constitucional acaba de tumbar. El nuevo sistema, que Hacienda ultima a la espera de conocer el texto ¨ªntegro de la sentencia, tendr¨¢ que aclarar c¨®mo determinar la revalorizaci¨®n real de los terrenos para as¨ª calcular qu¨¦ ganancia se obtiene por vender un inmueble, heredarlo o recibirlo en donaci¨®n, que son lo...
Hacienda trabaja a marchas forzadas para establecer una nueva f¨®rmula de c¨¢lculo de la base imponible del impuesto municipal de plusval¨ªa, que el Tribunal Constitucional acaba de tumbar. El nuevo sistema, que Hacienda ultima a la espera de conocer el texto ¨ªntegro de la sentencia, tendr¨¢ que aclarar c¨®mo determinar la revalorizaci¨®n real de los terrenos para as¨ª calcular qu¨¦ ganancia se obtiene por vender un inmueble, heredarlo o recibirlo en donaci¨®n, que son los hechos imponibles que grava el tributo. Mientras tanto, ayuntamientos y oposici¨®n exigen al Gobierno una soluci¨®n r¨¢pida para blindar las arcas p¨²blicas municipales.
El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), mejor conocido como impuesto de plusval¨ªa, lleva tiempo en el ojo del hurac¨¢n. Se trata de un tributo que tiene que abonar el vendedor de un inmueble o quien reciba una vivienda v¨ªa donaci¨®n o herencia. Su cuant¨ªa, hasta ahora, se calculaba en funci¨®n de unos coeficientes establecidos por los municipios donde se encuentra el inmueble y unos baremos fijados por la norma que regula las haciendas locales. Su l¨®gica es que el beneficiario de la operaci¨®n tribute por la revalorizaci¨®n del suelo donde se ubica la vivienda, un razonamiento que funciona con precios ascendentes, pero que deja de tener sentido cuando estos se deprimen.
As¨ª lo interpret¨® el Constitucional en su primera sentencia sobre el tributo, de 2017. En ella dictamin¨® que el impuesto no se puede exigir cuando haya una p¨¦rdida patrimonial, una situaci¨®n que se empez¨® a dar con frecuencia tras el estallido de la burbuja inmobiliaria. En 2019 lleg¨® el segundo varapalo: el pleno del Alto Tribunal, por unanimidad, declar¨® inconstitucional cobrar el tributo si su importe supera el beneficio real logrado por el contribuyente.
Ahora, los jueces han dado un paso m¨¢s, y han anulado de facto el sistema de c¨¢lculo de la base imponible del impuesto. ya que la actual redacci¨®n de la norma ¡°establece un m¨¦todo objetivo de determinaci¨®n de la base imponible del impuesto que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposici¨®n, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuant¨ªa real de ese incremento¡±.
Hacienda busca ahora ligar el impuesto a la revalorizaci¨®n real del suelo. El problema es c¨®mo. Una soluci¨®n aparentemente sencilla ser¨ªa tomar los precios reales de compra y venta de un inmueble. Pero los contribuyentes que venden una vivienda ya tributan en su declaraci¨®n de la renta por el aumento patrimonial. Adem¨¢s, el hecho de que se logre vender un inmueble por un precio superior al de adquisici¨®n se puede justificar por mejoras que ha llevado a cabo el propietario.
Por todo ello, el ministerio no se inclina por esa soluci¨®n por s¨ª sola para medir el incremento de valor del terreno y busca otras formas de ligar el impuesto a la revalorizaci¨®n real, aun sabiendo que es una tarea compleja y que el resultado dif¨ªcilmente ser¨¢ exacto. Por eso, antes de tomar una decisi¨®n quiere conocer con detalle el texto de la sentencia del Constitucional, que todav¨ªa no se ha hecho p¨²blica.
Urgencia
Lo que s¨ª quiere Hacienda es tener listo el cambio legal lo antes posible, lo que evitar¨ªa problemas mayores a las arcas p¨²blicas municipales. El impuesto de plusval¨ªa supone la segunda mayor fuente de financiaci¨®n para los consistorios, solo por detr¨¢s del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Con datos de 2019, el ¨²ltimo a?o sobre el que existe informaci¨®n fiscal completa y representativa (la pandemia alter¨® la recaudaci¨®n en 2020), los municipios espa?oles recaudaron m¨¢s de 2.500 millones por este concepto.
La voluntad del Gobierno es aprobar el cambio por decreto-ley, la f¨®rmula legal que se suele emplear en casos de urgencia, pero tiene que analizar su viabilidad jur¨ªdica. El abogado Jos¨¦ Mar¨ªa Salcedo, del despacho ?tico Jur¨ªdico, duda de que sea la v¨ªa adecuada, pues la doctrina constitucional se?ala que no se debe usar ese tipo de norma para alterar aspectos esenciales de un impuesto, aunque admite que el Constitucional ha sido bastante permisivo en esta materia cuando se trata de casos urgentes. Alternativamente, se podr¨ªa poner en marcha el cambio a trav¨¦s de una enmienda de otra ley, sea la de Presupuestos ¡ªque sin embargo no entrar¨ªa en vigor en ning¨²n caso antes del 1 de enero de 2022¡ª, u otra norma.
Para David Viladecans, director de Asesor¨ªa Jur¨ªdica de Tecnotramit, la futura regulaci¨®n que saque el Gobierno ¡°tiene que afinar en una doble v¨ªa¡±. La primera, y el meollo de la cuesti¨®n, es ¡°afinar en la base imponible en funci¨®n de la plusval¨ªa real¡±. Es decir, cobrar realmente por el incremento de valor del suelo, lo que para Viladecans es ¡°muy complicado¡±. ¡°En un piso en una ciudad una parte del suelo es tuya, pero es una cuota indivisa y realmente no vale casi nada¡±, explica.
El segundo aspecto que para el experto hay que pulir es ¡°salvar la doble imposici¨®n¡±, una ¡°sombra de sospecha¡± que siempre ha ca¨ªdo sobre este impuesto porque ¡°las personas f¨ªsicas que venden ya tributan en el IRPF por el valor patrimonial de la vivienda¡±. En resumen, se?ala Viladecans, las autoridades ¡°lo tendr¨ªan que repensar de arriba abajo¡±. Lo que no duda es de que lo har¨¢n porque ¡°tienen la espada de Damocles de dar ingresos a los ayuntamientos, que pierden mucho dinero¡± con la anulaci¨®n de este gravamen.