Gu¨ªa para los afectados por el volc¨¢n de La Palma: ?qui¨¦n paga los da?os?
Los seguros no cubren los eventos de fuerza mayor, por lo que hay que acudir al Consorcio de Compensaci¨®n para intentar recuperar los perjuicios en casas, coches o explotaciones agr¨ªcolas
Las coladas de lava del volc¨¢n de Cumbre Vieja, en erupci¨®n desde el domingo, avanzan por la isla de La Palma arrasando casas y cultivos. De momento, el volc¨¢n ha obligado a evacuar a 6.000 vecinos, y ha destruido unas 200 viviendas y 300 explotaciones. Una situaci¨®n que podr¨ªa agravarse cuando estas lenguas de fuego lleguen al mar. Aunque a¨²n es pronto para calcular los da?os materiales a los que tendr¨¢n que hacer frente los afectados, los expertos legales advierten de que existe una serie de mecanismos de compensaci¨®n a los que acudir.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que las erupciones volc¨¢nicas suelen considerarse eventos de fuerza mayor en numerosas p¨®lizas de seguro. Este es un concepto que regula el C¨®digo Civil y que se refiere a circunstancias o eventos imprevisibles o inevitables. De esta manera, explica Amanda Cuns, abogada en Acierto.com, ¡°las aseguradoras consideran las erupciones volc¨¢nicas como un riesgo extraordinario, como tambi¨¦n lo son, entre otros, las ca¨ªdas de cuerpos siderales y aerolitos¡±.
Fuerza mayor
En los condicionados de las p¨®lizas de Mapfre, apunta la letrada, ¡°leemos, por ejemplo, que no cubren las inundaciones extraordinarias, huracanes, tempestades, erupciones volc¨¢nicas, movimientos s¨ªsmicos, etc.¡±. Lo mismo ocurre con los seguros de Caser, donde excluyen: ¡°Los siniestros ocurridos en caso de: incendios, inundaciones, terremotos, erupciones volc¨¢nicas, huracanes y otros fen¨®menos s¨ªsmicos y meteorol¨®gicos similares¡¡±.
Seg¨²n explica Jos¨¦ Manuel Gonz¨¢lez Pellicer,director legal en Kennedys Law, es tradicional que se excluyan estos eventos naturales por ser ¡°irresistibles o inevitables para el hombre, que no imprevisibles¡±. Como en el caso de las lenguas de lava del volc¨¢n de la isla bonita que arrasan todo a su paso. Los estudiosos ten¨ªan al Cumbre Vieja monitorizado y sab¨ªan que pod¨ªa despertar de un momento a otro, pero, una vez que ruge es imposible de parar. El actual Derecho de Da?os, opina Gonz¨¢lez, ¡°es al¨¦rgico a la imprevisibilidad¡±.
Consorcio de compensaci¨®n
Si el seguro de la casa o del terreno no se hace cargo de los da?os por erupciones volc¨¢nicas, ?qui¨¦n asume entonces las p¨¦rdidas?
¡°Tal y como indica el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, en este caso deber¨ªamos acogernos al Consorcio de Compensaci¨®n de Seguros¡±, apunta Amanda Cuns.
Este organismo es una entidad p¨²blica adscrita al Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda al servicio del asegurador, ¡°que act¨²a de forma subsidiaria para cubrir a los asegurados en situaciones como la del volc¨¢n Cumbre Vieja¡±, explica la abogada. Se trata de un organismo ¡°in¨¦dito¡± en Europa, a?ade Gonz¨¢lez, ¡°nacido originalmente en 1941 para dar respuesta a las p¨¦rdidas originadas por la Guerra Civil espa?ola, como un original modelo que combina la actuaci¨®n p¨²blica y privada en la cobertura de ciertos riesgos¡±. ¡°Supone la m¨¢xima expresi¨®n de la mutualizaci¨®n de riesgos catastr¨®ficos, en cuya virtud se crea un fondo com¨²n solidario nutrido por recargos de aplicaci¨®n obligatoria a muchas de las p¨®lizas de seguro que se pagan en Espa?a¡±, se?ala el abogado.
Ahora bien, advierte Cuns, para poder acudir a este sistema de compensaci¨®n, ¡°el afectado deber¨¢ contar necesariamente con un seguro vigente¡±. Esto significa que si el perjudicado no estaba al corriente en el pago podr¨ªa tener problemas para cobrar esta indemnizaci¨®n. ¡°De ah¨ª la importancia de contar con un seguro, sobre todo si uno vive en una zona anegable, s¨ªsmica o volc¨¢nica¡±, apunta Gonz¨¢lez. ¡°Por suerte, actualmente en nuestro pa¨ªs, el 75 % de las viviendas tiene contratado un seguro de hogar, incluso aunque no sea obligatorio¡±, afirma, por otro lado, Cuns.
La solicitud de la indemnizaci¨®n al consorcio se puede presentar directamente por el propio asegurado, o a trav¨¦s de la aseguradora. El consejo en estos casos es presentarla lo antes posible para que la tramitaci¨®n inicie su marcha. Sobre la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n, el organismo tiene de base la p¨®liza contratada, por lo que tendr¨¢ en cuenta los bienes y capital asegurado que aparecen en ella y el resto de condiciones.
Coches
La misma situaci¨®n de viviendas y terrenos se traslada a los veh¨ªculos afectados por la erupci¨®n volc¨¢nica. Al tratarse de un riesgo extraordinario ser¨¢ el Consorcio de Compensaci¨®n de Seguros el que indemnice a sus due?os. En este caso, al tratarse de un seguro obligatorio, siempre tendr¨¢n cobertura (salvo que se haya dejado de pagar), ¡°incluso si el veh¨ªculo est¨¢ parado¡±, explica Amanda Cuns.
Zona catastr¨®fica
Es muy probable que el Gobierno declare zona catastr¨®fica el per¨ªmetro afectado por la erupci¨®n del Cumbre Vieja. La zona de El Paso ya fue calificada as¨ª el pasado agosto por un incendio que calcin¨® centenares de hect¨¢reas y afect¨® a decenas de vivienda.
Aunque se siga hablando de declaraci¨®n de zona catastr¨®fica, es m¨¢s correcto utilizar el t¨¦rmino "declaraci¨®n de zona afectada gravemente por una emergencia de protecci¨®n civil", tal y como se regula desde 2015.
En este caso los vecinos podr¨¢n solicitar ayudas al Ministerio del Interior en el plazo de un mes, una vez que acabe la emergencia y se eval¨²en los desperfectos ocasionados por el volc¨¢n. Estas subvenciones son independientes de los seguros privados u otras ayudas p¨²blicas y se ponen en marcha cuando estos no llegan a cubrir el total de da?os producidos. Este es, por tanto, el valor l¨ªmite de las ayudas.
Sin embargo, advierte Amanda Cuns, "la declaraci¨®n de cat¨¢strofe o calamidad nacional excluye al consorcio de cargar con los gastos porque estas situaciones no est¨¢n cubiertas". Las ayudas, a?ade, pueden ser de muy variado tipo, "a veces no es necesario, incluso, que se declare la calamidad nacional, por ejemplo".
En cuanto a quienes pueden acudir al Gobierno, hay que subrayar que no solo las personas o familias pueden solicitar estas subvenciones, tambi¨¦n los ayuntamientos y personas jur¨ªdicas o empresas afectadas. Tambi¨¦n los ciudadanos o compa?¨ªas que hayan sido requeridas por la autoridad pertinente para hacer frente a los gastos de la cat¨¢strofe.
La cuant¨ªa que reciban los vecinos se aprobar¨¢ en proporci¨®n a los recursos econ¨®micos de que dispongan para hacer frente al desastre.
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