S¨¢nchez Gal¨¢n deber¨¢ declarar en persona por el caso Villarejo
El juez instructor Garc¨ªa Castell¨®n rechaza la solicitud del presidente de Iberdrola de declarar por videoconferencia
El presidente de Iberdrola, Ignacio S¨¢nchez Gal¨¢n, tendr¨¢ que acudir en persona el pr¨®ximo martes, 18 de enero, a declarar como imputado por la relaci¨®n de la el¨¦ctrica con el excomisario Jos¨¦ Manuel Villarejo, despu¨¦s de que el magistrado que instruye el caso haya rechazado su solicitud de hacerlo por videoconferencia.
En un auto fechado este viernes, el juez de la Audiencia Nacional Manuel Garc¨ªa Castell¨®n ha rechazado la solicitud de S¨¢nchez Gal¨¢n, a...
El presidente de Iberdrola, Ignacio S¨¢nchez Gal¨¢n, tendr¨¢ que acudir en persona el pr¨®ximo martes, 18 de enero, a declarar como imputado por la relaci¨®n de la el¨¦ctrica con el excomisario Jos¨¦ Manuel Villarejo, despu¨¦s de que el magistrado que instruye el caso haya rechazado su solicitud de hacerlo por videoconferencia.
En un auto fechado este viernes, el juez de la Audiencia Nacional Manuel Garc¨ªa Castell¨®n ha rechazado la solicitud de S¨¢nchez Gal¨¢n, al entender que en los escritos presentados ¡°no se aprecia la concurrencia de presupuestos de utilidad para la causa que justifiquen la declaraci¨®n en el modo que interesa que garanticen su eficacia y validez¡±.
Asimismo, Garc¨ªa Castell¨®n desestima la solicitud de declarar por medios telem¨¢ticos del ex jefe del Gabinete de Presidencia Rafael Orbegozo, quien, al igual que S¨¢nchez Gal¨¢n, hab¨ªa fundamentado su solicitud en la situaci¨®n sanitaria como consecuencia de los contagios por covid.
S¨¢nchez Gal¨¢n debe acudir a la Audiencia Nacional el 18 de enero, y ese mismo d¨ªa est¨¢ citado el que fuera director de Iberdrola Espa?a Fernando Becker Zuazua. El lunes, 17 de enero, ser¨¢ el turno de el director general de negocios de la compa?¨ªa, Francisco Mart¨ªnez C¨®rcoles, y de Orbegozo. Todos ellos est¨¢n siendo investigados en la pieza 17 del denominado caso T¨¢ndem por delitos de cohecho activo, delito contra la intimidad y falsedad en documento mercantil.
¡°Desde la necesaria protecci¨®n del derecho de defensa de los investigados Jos¨¦ Ignacio S¨¢nchez Gal¨¢n y Rafael Orbegozo Guzm¨¢n y valorando la necesaria tutela del derecho a un proceso con todas las garant¨ªas, quien suscribe esta resoluci¨®n no identifica en los argumentos esgrimidos por la representaci¨®n de aquellos motivos sustanciales que, desde la utilidad para la causa, justifiquen que la declaraci¨®n se realice mediante videoconferencia¡±, subraya el juez.
Sin excusa por la covid
No se razona, a?ade el instructor, qu¨¦ inter¨¦s de utilidad o conveniencia para la causa puede presentar la declaraci¨®n en los t¨¦rminos expuestos ni se alude a motivos de orden p¨²blico o seguridad como fundamento, sino que solo se hacen gen¨¦ricas referencias a la situaci¨®n sanitaria. Adem¨¢s, seg¨²n el magistrado, en el caso de que se pretendiera hacer la declaraci¨®n desde el propio domicilio del investigado, ello impedir¨ªa dar validez del acto. ¡°Debe ponerse de relieve la importancia que tiene para un investigado la necesidad de asegurar el efectivo disfrute de sus derechos en condiciones id¨®neas para su ejercicio, pues de ello depender¨¢, en esencia, la validez del procedimiento¡±, a?ade.
El juez recuerda que queda siempre a salvo la posibilidad de que cualquiera de los investigados pudiera alegar razones personales de salud u otras de orden p¨²blico para justificar su incomparecencia, en cuyo caso se valorar¨ªa la realizaci¨®n de la declaraci¨®n por medio de videoconferencia, en condiciones que permitan garantizar la salvaguarda del derecho de defensa.