Las aerol¨ªneas pueden evitar indemnizaciones por retraso causado por falta de personal aeroportuario
El TJUE determina que una compa?¨ªa a¨¦rea no est¨¢ obligada a pagar una compensaci¨®n si puede acreditar que fue por ¡°circunstancias extraordinarias¡±
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que las aerol¨ªneas pueden esquivar el abono de indemnizaciones por un gran retraso en los vuelos si es por falta de personal aeroportuario. ¡°Una compa?¨ªa a¨¦rea no est¨¢ obligada a pagar una compensaci¨®n en relaci¨®n con un gran retraso ¡ªde m¨¢s de tres horas¡ª si se puede acreditar que la demora se debe a circunstancias extraordinarias que no se...
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El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que las aerol¨ªneas pueden esquivar el abono de indemnizaciones por un gran retraso en los vuelos si es por falta de personal aeroportuario. ¡°Una compa?¨ªa a¨¦rea no est¨¢ obligada a pagar una compensaci¨®n en relaci¨®n con un gran retraso ¡ªde m¨¢s de tres horas¡ª si se puede acreditar que la demora se debe a circunstancias extraordinarias que no se podr¨ªan haber evitado incluso si se hubieran tomado las medidas razonables¡±, se?ala la resoluci¨®n.
Esta sentencia hace referencia a un hecho que ocurri¨® hace tres a?os. Un vuelo con salida desde Colonia-Bonn (Alemania) y destino a la isla griega de Cos, operado por la compa?¨ªa TAS, tuvo un retraso de 3 horas y 49 minutos. La demora se produjo por varias razones, pero la principal fue la falta de personal del aeropuerto de Colonia-Bonn para cargar el equipaje en el avi¨®n.
Varios pasajeros que se vieron afectados por esta circunstancia cedieron a la plataforma de reclamaci¨®n Flightright sus potenciales derechos a compensaci¨®n. Esta present¨® una demanda contra TAS ante las instituciones jurisdiccionales alemanas, alegando que ese retraso era imputable a la aerol¨ªnea y que no pod¨ªa justificarse aduciendo a un hecho extraordinario.
¡°El hecho de que el operador del aeropuerto responsable de las operaciones de carga de equipajes en las aeronaves no cuente con personal suficiente puede constituir una circunstancia extraordinaria¡±, indica el tribunal europeo, que ha respondido la cuesti¨®n prejudicial planteada por el juzgado alem¨¢n que analiza la demanda a TAS.
El TJUE explica que este tipo de acontecimientos ¡°no es, ni por su naturaleza ni por su origen, inherente al ejercicio normal de la actividad del transporte a¨¦reo y, en segundo lugar, escapa su control efectivo¡±. As¨ª, la corte con sede en Luxemburgo acepta catalogar como ¡°circunstancia extraordinaria¡± un caso de este tipo, pero precisa que le corresponde al ¨®rgano jurisdiccional de Alemania comprobar que se dan los dos requisitos marcados.
El pasajero tampoco puede ser compensado por el retraso del vuelo si no se ha presentado al embarque
Esta sentencia sobre los derechos de los pasajeros en los aeropuertos llega despu¨¦s de que, a finales de enero, el TJUE determinara que un pasajero no tiene derecho a compensaci¨®n a tanto alzado por un vuelo con gran retraso si no fue al embarque o si compr¨® un billete alternativo.
Esta resoluci¨®n dio respuesta a una pregunta del Tribunal Supremo Federal alem¨¢n por un hecho que ocurri¨® a dos pasajeros de un vuelo entre D¨¹sseldorf (Alemania) y Palma de Mallorca, que conoc¨ªan que la conexi¨®n iba a sufrir un retraso de m¨¢s de tres horas, que finalmente fue de 3 horas y 32 minutos.
Esta resoluci¨®n dio respuesta a una pregunta del Tribunal Supremo Federal Alem¨¢n por un hecho que ocurri¨® a dos pasajeros de un vuelo entre D¨¹sseldorf (Alemania) y Palma de Mallorca, que conoc¨ªan que la conexi¨®n iba a sufrir un retraso de m¨¢s de tres horas, que finalmente fue de 3 horas y 32 minutos.
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