Las primeras sentencias sobre los interinos que pasan a ser fijos: ¡°Me he sentido atrapada en una situaci¨®n laboral que no cambiaba¡±
Los juzgados empiezan a aplicar la reciente sentencia europea que castiga a Espa?a por abusar de la contrataci¨®n temporal en la Administraci¨®n
Flora trabaja como emisorista y vigilante forestal para la Xunta de Galicia, un empleo que le ¡°encanta¡± y en el que empez¨® muy joven, mientras a¨²n estudiaba. Al inicio la llamaban solo para la temporada de verano, la m¨¢s peligrosa por los incendios. ¡°Tienes que buscarte la vida los meses que no est¨¢s en la Administraci¨®n, pero al principio lo asumes porque piensas que con el tiempo conseguir¨¢s mejores condiciones, mayor estabilidad¡±, explica por tel¨¦fono. Desde su primera campa?a en prevenci¨®n de incendios, en 2001, han pasado 23 a?os, en los que Flora ha logrado, paso a paso, consolidar su posici¨®n, trabajar por temporadas m¨¢s largas y aprobar todas las oposiciones convocadas para el puesto. Lo que nunca ha conseguido es una plaza fija, al menos hasta el momento, porque un juzgado de lo Social ha abierto la puerta a que la situaci¨®n cambie tras determinar que la relaci¨®n laboral que la une a su empleador ¡°es de car¨¢cter fijo¡±.
Esta sentencia, del pasado 27 de marzo, es una de las primeras que reconoce la fijeza del personal p¨²blico en aplicaci¨®n del reciente ¡ªy en¨¦simo¡ª golpe de la Justicia europea a Espa?a por abusar de la contrataci¨®n temporal en las Administraciones.
¡°Cuando el abogado vio mi caso, me dijo: ¡®Tienes todas las de ganar¡±, resume Flora (nombre ficticio), que present¨® una demanda contra la Xunta para intentar poner fin a m¨¢s de dos d¨¦cadas de precariedad. ¡°Tienes que aceptar cambios de puesto para no ser penalizada en las listas de contrataci¨®n, irte cada vez m¨¢s lejos de casa y enfrentarte a lugares de trabajo en condiciones de habitabilidad y acceso precarias. Estas circunstancias me han generado un nivel de estr¨¦s y de ansiedad que, unido a la incertidumbre, me han pasado una gran factura. Muchas veces he sentido que me hab¨ªa equivocado porque estaba atrapada en una situaci¨®n laboral que no cambiaba¡±, admite.
Su letrado, Pablo Gunti?as, del despacho Vento Abogados & Asesores, reclamaba en la demanda que se reconociera a su asistida, personal interino, como fijo o indefinido no fijo. Pero desde la presentaci¨®n del recurso, en noviembre de 2023, hasta la sentencia del juzgado de primera instancia, de este marzo, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dio una sacudida al tablero.
En una sentencia del 22 de febrero, el tribunal europeo concluye que la legislaci¨®n espa?ola no prev¨¦ medidas apropiadas ¡°para prevenir y, en su caso, sancionar¡±, el uso excesivo de contratos temporales en el sector p¨²blico, y que la conversi¨®n de contratos temporales a fijos puede suponer una medida suficiente de castigo. Pone la lupa, en concreto, en los contratos indefinidos no fijos, una figura creada por el Tribunal Supremo jurisprudencialmente ante la elevada temporalidad en las Administraciones ¡ªroza el 30%¡ª, pero que seg¨²n el TJUE no garantiza la fijeza que defiende. A este pronunciamiento hace referencia la sentencia sobre la situaci¨®n de Flora.
¡°Hasta ahora, cuando un interino superaba cierto tiempo o su contrataci¨®n era en fraude de ley, los jueces consideraban que pasaba a ser indefinido no fijo, una figura de creaci¨®n jurisprudencial que no deja de ser otro contrato temporal. Eso es lo que dice el TJUE¡±, aclara Gunti?as. ¡°Y la sentencia del juzgado detecta que hay un abuso de la contrataci¨®n temporal ante unas necesidades estructurales de la Xunta, que necesita esos puestos siempre, no forma temporal¡±.
Pese a la victoria en el juzgado, la sentencia no es firme, y tanto Gunti?as como su defendida est¨¢n convencidos de que la Xunta recurrir¨¢. ¡°No van a reconocer tan f¨¢cilmente que han hecho mal las cosas durante todos estos a?os. Pero creo que la sentencia es justa. Me han dado la raz¨®n porque la ten¨ªa, y espero que pueda sentar un precedente para que las denuncias de otros compa?eros vayan adelante¡±, zanja la trabajadora. ¡°Es un gran problema, porque esta temporalidad, finalmente, se traduce en un deterioro del servicio p¨²blico¡±, denuncia el letrado.
Goteo de sentencias
Lo que est¨¢ claro es que la sentencia del TJUE del 22 de febrero que aconsejaba la conversi¨®n a fijos de dos trabajadores calificados como personal laboral indefinido no fijo ha supuesto un antes y un despu¨¦s a la hora de otorgar o no dicha fijeza a los temporales de las Administraciones p¨²blicas. Antes del fallo de Flora, apenas 24 horas despu¨¦s de que el TJUE criticase la figura de los indefinidos no fijos, un juzgado de primera instancia de Madrid ya declar¨® fija a una interina de Telemadrid bas¨¢ndose en el criterio del tribunal comunitario.
Acto seguido, con fecha de 28 de febrero, el juzgado n¨²mero 1 de lo social de Ourense, se remiti¨® a la ¨²ltima sentencia del TJUE para establecer que en el caso de una auxiliar de enfermer¨ªa que prestaba servicios para Conseller¨ªa de Pol¨ªtica Social e Xuventude de la Xunta de Galicia desde el 15 de abril de 2013, deb¨ªa de aplicarse a esta trabajadora temporal la normativa del despido improcedente para personal fijo ¡ªtras ser cesada por no permitirle acceder a un proceso de estabilizaci¨®n¡ª, con lo que daba la opci¨®n a dicha empleada de que optara por ser readmitida o cobrar una indemnizaci¨®n de 24.417 euros.
Una tercera variante del uso de esta ¨²ltima doctrina europea se produjo pocos d¨ªas despu¨¦s por parte del juzgado de lo social n¨²mero 14 de Sevilla. Dicho fallo fue dado a conocer por el Consejo General del Poder Judicial el 4 de marzo, y tambi¨¦n tuvo en cuenta el ¨²ltimo fallo del TJUE, pero, en esta ocasi¨®n, para elevar la indemnizaci¨®n de un ordenanza interino de un instituto de Sevilla que llevaba 14 a?os en una vacante y fue cesado. As¨ª, este fallo elevaba de 20 d¨ªas por a?o trabajado y un m¨¢ximo de una mensualidad a la indemnizaci¨®n general por despido improcedente, de 33 d¨ªas por a?o y dos anualidades de tope, con lo que llegaba a sumar 30.500 euros.
M¨¢s recientemente, se produjo otra clara declaraci¨®n de fijeza por abuso de temporalidad por parte del juzgado n¨²mero 21 de lo Social de Madrid, que fall¨® en favor de un bailar¨ªn solista del Instituto nacional de las artes esc¨¦nicas y de la m¨²sica (INAEM), al que declar¨® fijo con fecha de su primera contrataci¨®n temporal (1 de octubre de 2019). En esta ocasi¨®n, la sentencia, pon¨ªa de manifiesto la falta de la causa justificada de los dos contratos temporales encadenados en los ¨²ltimos cuatro a?os, que, en opini¨®n del juez, ¡°no estaban ligados a una actividad coyuntural¡±. El trabajador reclamaba ser considerado fijo o, en su defecto, indefinido no fijo. Pues bien, este juzgado opt¨® por la primera opci¨®n bas¨¢ndose en la ¨²ltima sentencia europea: ¡°declararle indefinido no fijo no supondr¨ªa suficiente sanci¨®n a la (Administraci¨®n) demandada¡±, concluye el fallo.
Si bien, aunque son mayor¨ªa las sentencias que se inclinan por declarar la fijeza de los empleados p¨²blicos en abuso de temporalidad o elevar sus indemnizaciones, tambi¨¦n han surgido voces discrepantes, que obligar¨¢n a posteriores unificaciones de doctrina. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa, el pasado 14 de marzo, neg¨® la posibilidad de declarar fijo a un pe¨®n de limpieza que llevaba trabajando para el ayuntamiento de Sevilla desde 2013 y que ya hab¨ªa sido declarado anteriormente indefinido no fijo. Entre otras cosas, este tribunal neg¨® la fijeza a este trabajador, ¡°porque el derecho de la UE no puede prevalecer sobre la Constituci¨®n¡±, a pesar de que ¨²ltima sentencia del TJUE apelaba lo contrario.
Ante esta situaci¨®n de incertidumbre, lo m¨¢s probable, seg¨²n las fuentes jur¨ªdicas consultadas, es que los fallos en esta materia se ralenticen a la espera fundamentalmente de dos pronunciamientos que puedan aclarar posteriores interpretaciones. Las primeras ser¨¢n las sentencias que dicte el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en respuesta a las dos cuestiones prejudiciales que generaron el pol¨¦mico fallo del TJUE del 22 de febrero. Y, en segundo lugar, los jueces esperan a la pr¨®xima sentencia del propio tribunal europeo al que el Tribunal Supremo espa?ol, por su parte, ha pedido aclaraci¨®n sobre la figura jurisprudencial de los fijos discontinuos. Ambos fallos ser¨¢n claves para que el Gobierno decida tomar o no alguna medida legislativa al respecto.
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