Menos bulos, ¡®influencers¡¯: la nueva ley de rectificaci¨®n les pondr¨¢ al mismo nivel que los medios de comunicaci¨®n
Una nueva regulaci¨®n actualizar¨¢ la norma de 1984 a la realidad digital de hoy. Se enlazar¨¢n los contenidos err¨®neos con los corregidos
Si se echa la mirada cuatro d¨¦cadas atr¨¢s, ?cu¨¢nto han cambiado los medios de comunicaci¨®n? Para muchos, es otro mundo. Estamos en la era de las plataformas digitales, la inmediatez, las redes sociales, la viralidad y la desintermediaci¨®n: cualquier persona, incluidas autoridades o cargos p¨²blicos, puede publicar contenido veraz, pero tambi¨¦n manipulado o directamente enga?oso con una difusi¨®n potencial de alcance inimaginable y con las consecuencias que supone diseminar una mentira. Los medios tradicionales ya no ostentan el monopolio informativo y cada vez m¨¢s personas conocen la actualidad en plataformas online. De ah¨ª la necesidad de actualizar un mecanismo de protecci¨®n fundamental: la rectificaci¨®n.
De acuerdo con la Ley org¨¢nica 2/1984 que la regula, es un derecho que ampara a cualquier persona, que puede solicitar la correcci¨®n de una noticia cuando d¨¦ cuenta de hechos inexactos o falsos que le puedan causar un perjuicio. Eso s¨ª, solo si se han difundido ¡°por cualquier medio de comunicaci¨®n social¡±. Esta redacci¨®n, de hace 40 a?os, hoy se queda corta frente a la posibilidad de difundir informaciones err¨®neas entre miles de millones de usuarios en todo el mundo a trav¨¦s de Facebook, Instagram, X (anteriormente Twitter), TikTok, WhatsApp o Telegram. La ley, se?alan los juristas consultados, se tendr¨ªa que haber actualizado mucho antes para adaptarla al alcance de las comunicaciones digitales y al impacto de los usuarios relevantes e influencers.
Aunque el Gobierno a¨²n no ha dado a conocer el texto del anteproyecto que reforma el derecho de rectificaci¨®n, el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, F¨¦lix Bola?os, adelant¨® que pondr¨¢ el foco en estos usuarios de especial trascendencia por el alcance que tienen sus publicaciones. Seg¨²n explic¨®, se definir¨¢n con un criterio cuantitativo: son aquellos que tienen m¨¢s de 100.000 seguidores en una sola red social o m¨¢s de 200.000 en varias de ellas. ¡°Este cambio es novedoso y apunta en una direcci¨®n correcta. Los usuarios relevantes son una especie de competencia del cuarto poder de los medios: ejercen una influencia significativa sobre la opini¨®n p¨²blica, disfrutan de libertad de expresi¨®n y de libertad de empresa y pod¨ªan desarrollar casi la misma actividad, pero sin tener que soportar la regulaci¨®n¡±, reflexiona el abogado Santiago Mediano. El nuevo texto legal los elevar¨¢ a la categor¨ªa de medios y les obligar¨¢ a dar cumplimiento al derecho de rectificaci¨®n. ¡°Si tienes a alguien como Alvise P¨¦rez, con tantos seguidores en Telegram, y difunde informaciones equivocadas, las consecuencias son importantes¡±, aclara el especialista en propiedad intelectual y tecnolog¨ªa.
Con la actual ley en vigor, si alguien considera que una informaci¨®n es inexacta y le perjudica, debe enviar una carta a la direcci¨®n del medio en un plazo de siete d¨ªas solicitando que la rectifique. El director es el responsable de lo que se publica, una jerarqu¨ªa que se ha mantenido en la prensa nativa digital. Si se niega, el afectado puede iniciar una acci¨®n judicial y el juez, tras escuchar a las partes, decidir¨¢. Pero en el ¨¢mbito de las redes no hay un director: son las personas o las empresas quienes pueden publicar contenido falso sin que la red utilizada se considere responsable de estas acciones.
Casos grises
En principio, se potenciar¨¢n los mecanismos prejudiciales y los afectados tendr¨¢n unos d¨ªas m¨¢s para actuar (diez frente a los siete actuales). Sin embargo, puede ser un obst¨¢culo. ¡°A la velocidad que se mueve la informaci¨®n, si la noticia est¨¢ publicada tantos d¨ªas, el impacto negativo est¨¢ hecho¡±, se?ala Joaqu¨ªn Mu?oz, socio de Bird & Bird. El experto advierte de la posibilidad de que se pida rectificar para suprimir informaciones inc¨®modas para las esferas de poder. ¡°Algunos casos son claros, pero habr¨¢ muchos en un ¨¢mbito gris. El reto es que los juzgados tengan recursos para responder eficazmente porque se judicializa la veracidad de la noticia. En aras de la eficiencia, la ley deber¨ªa especificar qui¨¦n debe aportar las pruebas de que el contenido es verdadero o falso¡±, concluye.
Otra duda tiene que ver con c¨®mo se contacta con al usuario relevante para ejercer este derecho. ¡°Parece l¨®gico que se obligue a las plataformas a facilitar un medio para que se canalicen las solicitudes. Si el usuario tiene que implementar un buz¨®n de correo, puede haber saturaciones y peticiones que se pierdan¡±, alerta Juan Carlos Guerrero, abogado de Ecija. ¡°Si la obligaci¨®n es ¨²nicamente del influencer, ¨¦l tendr¨ªa que articular la v¨ªa de contacto, incluyendo esa informaci¨®n en el perfil¡±, opina Joaqu¨ªn Mu?oz. Cuando proceda rectificar, el usuario relevante tendr¨¢ que cumplir con unos requisitos: modificar el contenido, publicar un aviso dando cuenta de la rectificaci¨®n e incluir un enlace al contenido cuestionado.
Tambi¨¦n hay novedades sobre la rectificaci¨®n de informaciones que involucren a personas fallecidas, ya que se modifica qui¨¦n puede solicitarlo. La ley vigente se?ala que ser¨¢n los herederos, pero seg¨²n adelant¨® el ministro, lo podr¨¢n pedir familiares y personas cercanas. ¡°Si fallece alguien con proyecci¨®n p¨²blica y hay una lluvia de noticias que pueden ser err¨®neas, es materialmente imposible que se conozca qui¨¦nes son los herederos en un plazo tan breve¡±, explica Santiago Mediano. Adem¨¢s, puede haber otros focos de conflicto si unos quieren que se corrija lo publicado y otros no, o si hay que publicar una sola rectificaci¨®n cuando varios lo piden por separado.
¡°Por lo que se ha anunciado, la norma parece ser bastante continuista. Habr¨¢ que definir bien los conceptos que se quieren introducir, que est¨¦n bien redactados¡±, puntualiza Juan Carlos Guerrero. Son cuestiones importantes que se tendr¨¢n que aclarar cuando se d¨¦ a conocer el anteproyecto de ley.
Sin lugar para la censura
“Europa tiene un número cada vez mayor de normas que institucionalizan la censura”. Son las palabras de Mark Zuckerberg, el CEO de Meta, que anunció que eliminará la moderación de contenidos falsos en Facebook e Instagram. La Comisión le contestó: “No solicitamos a ninguna plataforma que elimine ningún contenido de naturaleza legal”, dijo el portavoz Thomas Regnier. El abogado Santiago Mediano recuerda que tanto en España como en la UE “está radicalmente prohibida la censura previa” y subraya que serán los usuarios relevantes y no las empresas de Zuckerberg o de Elon Musk quienes tendrán que cumplir con las obligaciones de rectificación.