Comunicado de los ocho vocales progresistas del CGPJ
Los vocales minoritarios critican la actuaci¨®n del Consejo y denuncian la ruptura del modelo constitucional de convivencia
1- El CGPJ se cre¨® por la Constituci¨®n Espa?ola (art. 122) para garantizar la separaci¨®n de poderes, en especial entre el Poder Ejecutivo (el Gobierno) y el Poder Judicial y para poner fin al modelo preconstitucional en el que era el Ministerio de Justicia el organismo que gobernaba a los Jueces y Tribunales, efectuando nombramientos, inspeccionando y sancionando, determinando sus formas de selecci¨®n, controlando su r¨¦gimen jur¨ªdico. Este modelo se rechaz¨® por no garantizar la independencia del Poder Judicial respecto del Gobierno en cada momento existente.
2- La no satisfacci¨®n generalizada respecto a determinadas formas de funcionamiento de los anteriores Consejos Generales del Poder Judicial ha sido uno de los puntos que se intentan corregir mediante el denominado "Pacto de Estado de la Justicia", el que ha abierto grandes expectativas para la necesaria reforma de la Justicia al haberse consensuado por las m¨¢s importantes fuerzas pol¨ªticas parlamentarias la necesidad de actuar de com¨²n acuerdo con la finalidad de la necesaria modernizaci¨®n y reforma de la Justicia.
3- El primer fruto de dicho "Pacto" fue la Ley Org¨¢nica 2/2002 de 28-junio mediante la que se estableci¨® una nueva forma para la constituci¨®n del CGPJ, y en cuya Exposici¨®n de Motivos se proclama que "la modernizaci¨®n de la Justicia que demanda la sociedad espa?ola ha de cimentarse en el consenso sobre las bases fundamentales de funcionamiento de uno de los poderes del Estado; consenso que asegure que el Poder Judicial act¨²a como poder independiente, unitario e integrado, regido por una coherencia institucional com¨²nmente aceptada que le permita desarrollar con la m¨¢xima eficacia sus funciones constitucionales", a?adiendo expresamente que "ello afecta l¨®gicamente a la composici¨®n" pero tambi¨¦n al "funcionamiento del CGPJ, ¨®rgano de gobierno del mismo, sobre cuya reforma se ha forjado ya un amplio y fruct¨ªfero acuerdo pol¨ªtico".
4- Con fundamento en la citada Ley Org¨¢nica fuimos nombrados Vocales del CGPJ por el Congreso y el Senado y en el acto constitutivo en este nuevo Consejo qued¨® constancia de nuestra voluntad de trabajo en com¨²n, de nuestra obligaci¨®n de intentar lograr el mayor consenso en el funcionamiento de este ¨®rgano constitucional y del respecto al principio de proporcionalidad en las decisiones que pudieren afectar a todo el colectivo judicial, lo que en aquel momento fue asumido por el denominado "Grupo Mayoritario", integrado por los Vocales nombrados a propuesta del Partido Popular al que se ha adherido en designado a propuesta de Convergencia i Uni¨®, y partiendo De ello elegimos por unanimidad como Presidente del CGPJ al candidato propuesto por el indicado "Grupo mayoritario", con la idea de que mediara entre los distintos Vocales para lograr el m¨¢ximo consenso en los temas esenciales.
5.- La realidad est¨¢ demostrando en estos dos primeros meses transcurridos desde la constituci¨®n de este nuevo CGPJ que por el referido "Grupo mayoritario", en el que se ha integrado el Presidente del CGPJ, se est¨¢n adoptando unilateralmente todas las decisiones abusando de su mayor¨ªa num¨¦rica, sin ni siquiera querer dialogar o deliberar para intentar lograr un posible acercamiento entre las posibles distintas posturas, imponiendo por la mayor¨ªa de sus votos y sin ning¨²n tipo de di¨¢logo previo todas y cada una de las decisiones.
6.- Esta forma de actuaci¨®n, que priva del di¨¢logo, impide el trabajo en com¨²n e imposibilita posibles acercamientos de posturas divergentes, se est¨¢ reflejando en temas tan importantes para la independencia judicial y para el funcionamiento eficaz de la Justicia como en la falta de cr¨ªtica a recientes intromisiones en la actuaci¨®n del Poder Judicial, en la pol¨ªtica de selecci¨®n y formaci¨®n de los Jueces o en la forma de funcionamiento y fines de la Escuela Judicial, en materias como la inspecci¨®n de los Juzgados y Tribunales, de tan evidente importancia para el control y funcionamiento de los mismos, en la pol¨ªtica de nombramientos o en la estructura de los ¨®rganos t¨¦cnicos del propio Consejo en los que pretende imponerse como Letrados s¨®lo a los que compartan determinadas sensibilidades.
7.- Queremos denunciar y hacer patente esta situaci¨®n, que est¨¢ impidiendo el leal y fiel cumplimiento de nuestras funciones, para que sea conocida por todos los ciudadanos y por las Fuerzas pol¨ªticas parlamentarias que confiaron en nosotros design¨¢ndonos Vocales del CGPJ, reiterando nuestro deseo y voluntad de que los principios en que el mismo se inspira tengan efectivos reflejo en el funcionamiento del CGPJ.
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