Confirmada la condena a 'Intervi¨²' y Matamoros por publicar las fotos de Lequio y Mar Flores
El Supremo considera que la difusi¨®n de las im¨¢genes vulner¨® el derecho a la intimidad de la modelo
El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la condena que impuso en su d¨ªa la Audiencia de Barcelona a la revista Intervi¨², a su editora y a Antonio Matamoros por vulnerar el derecho a la intimidad de la modelo Mar Flores al publicar unas fotos suyas en la cama junto a Alexandro Lequio.
En una sentencia de la Sala de lo Civil, el Supremo rechaza el recurso presentado por la revista y Ediciones Zeta contra esta sentencia, en la que no se fij¨® la cantidad de la indemnizaci¨®n, aunque se previno a los condenados para que "en lo sucesivo se abstengan de realizar actos semejantes referidos" a la modelo y presentadora.
La sentencia explica que la revista Intervi¨² present¨®, en el n¨²mero publicado en la semana del 8 al 14 de febrero de 1999, en la portada y a toda plana fotograf¨ªas de la demandante, "en las que aparece en la cama en compa?¨ªa de otro famoso personaje conocido por el Conde Lequio, as¨ª como un reportaje tambi¨¦n con fotos en las p¨¢ginas interiores".
"Incursi¨®n injustificada"
Para el Supremo, con esta publicaci¨®n se ocasion¨® "voluntariamente invasi¨®n de un ¨¢mbito estrictamente privado cuando la reproducci¨®n de la imagen lo es en la cama, trat¨¢ndose de ¨¢rea reservada, por lo que claramente se trata de incursi¨®n totalmente injustificada" de los derechos a la intimidad personal y la propia imagen.
El Tribunal Supremo rechaza los argumentos de la revista y la editora de que Mar Flores es un personaje de relevante proyecci¨®n p¨²blica y sometido a la opini¨®n y cr¨ªtica de terceros y que las fotos hab¨ªan sido tomadas por los protagonistas. Para el Supremo, estos argumentos "no les blindaba en modo alguno para llevar a cabo actos graves de intromisi¨®n y vulneraci¨®n de la propia imagen" de Mar Flores, aunque estuviera integrada en el "mundo del coraz¨®n".
El Supremo establece que "el riesgo a que est¨¢n sometidos y asumen los personajes reputados como famosos ha de entenderse como un riesgo limitado, moderado y medianamente razonable y en modo alguno sirve para amparar hechos como los que aqu¨ª han sido denunciados". "No se trata de propia noticia de inter¨¦s estrictamente p¨²blico,
sino m¨¢s bien de comunicaci¨®n o 'chismorreo' de la vida ¨ªntima ajena para satisfacer oscuros morbos de los interesados", concluye la sentencia del Supremo, cuyo ponente es el magistrado Alfonso Villag¨®mez.
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