La Audiencia impone penas m¨ªnimas a los miembros de Segi y dice que no son de ETA
El tribunal ordena la disoluci¨®n de Jarrai, Haika y Segi como asociaciones il¨ªcitas
La Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas m¨ªnimas de entre dos a?os y medio y tres a?os y medio de prisi¨®n a 24 miembros de Segi, la rama juvenil de Batasuna, y ha absuelto a otros cuatro en una sentencia comunicada hoy en la que asegura que esta organizaci¨®n es il¨ªcita pero no terrorista. El fallo considera que las organizaciones Jarrai, Haika y Segi, aunque tengan los fines de ETA, no son terroristas porque sus actos no "se enmarcaban" en el uso "de armas". Los condenados ya han cumplido este tiempo de condena en prisi¨®n preventiva, por lo que no ingresar¨¢n en la c¨¢rcel.
As¨ª, los magistrados condenan a tres a?os y medio de prisi¨®n a 16 integrantes de estas asociaciones "en su condici¨®n de dirigentes" y a dos a?os y medio de c¨¢rcel a otros ocho "miembros activos" y absuelve a cuatro m¨¢s, cuando la Fiscal¨ªa -que recurrir¨¢ ante el Tribunal Supremo- pidi¨® diez a?os de c¨¢rcel para cada uno por integraci¨®n en organizaci¨®n terrorista. Todos los procesados -hay otros cinco para los que el fiscal retir¨® la acusaci¨®n y que por tanto tambi¨¦n han sido absueltos- estaban en libertad por esta causa al haber cumplido el tiempo m¨¢ximo de prisi¨®n preventiva y, dado lo reducido de las penas, ninguno volver¨¢ a prisi¨®n. En la resoluci¨®n se dice que Jarrai, Haika y Segi no re¨²nen los requisitos que el Tribunal Supremo estableci¨® en la sentencia del caso Marey para determinar la existencia de una organizaci¨®n terrorista, que son "la presencia de una asociaci¨®n que tenga por objeto cometer delitos" y "que sea armada".
As¨ª, a¨²n cuando estas organizaciones "tuvieran por s¨ª mismas una finalidad ideol¨®gicamente pr¨®xima a la que, con su actividad armada, persigue la organizaci¨®n terrorista ETA, desplegaban actuaciones -adem¨¢s de las leg¨ªtimas- que nunca se enmarcaban en la utilizaci¨®n de armas". En resumen, concluye que s¨®lo ETA puede ser calificada de terrorista y se basa para hacer esa afirmaci¨®n en la sentencia de la sala especial del art¨ªculo 61 del Supremo por la que se ilegaliz¨® Batasuna en aplicaci¨®n de la Ley de Partidos Pol¨ªticos. "Es a la lucha propiamente armada a la que debe quedar circunscrito el concepto de 'banda armada'", asegura el tribunal, que agrega que aunque a nivel pol¨ªtico y social se identifique a ETA y a las organizaciones subordinadas a ella como una misma cosa, estas ¨²ltimas s¨®lo "complementan en distintos ¨¢mbitos la estrategia pol¨ªtica de la organizaci¨®n hegem¨®nica".
"Un complemento a la estrategia de ETA"
Ese concepto de "complementariedad" es determinante a la hora de aplicar o no la condici¨®n de "terrorista" a una organizaci¨®n, seg¨²n la Audiencia, que afirma que debe distinguirse entre lo que llama "el verdadero terror" ejecutado por ETA y los actos il¨ªcitos que lo complementan y que son llevados a cabo por otras organizaciones sociales, pol¨ªticas o juveniles del MLNV. En esa "actividad complementaria y bajo los designios de ETA", actividad que se admite il¨ªcita y atentatoria contra la seguridad de la colectividad, pero no terrorista, radica seg¨²n la sentencia la "dicotom¨ªa entre la organizaci¨®n armada y sus sat¨¦lites". Establecido ya que Jarrai, Haika y Segi no son terroristas, el tribunal dice que s¨ª son asociaciones il¨ªcitas porque "bajo una apariencia de actividades en el ¨¢mbito social juvenil", tienen tambi¨¦n como finalidad "la realizaci¨®n de actos, atentando a bienes patrimoniales o a bienes eminentemente personales, como la libertad y la seguridad, por medio de actividades delictivas".
La sentencia aclara que la ley exige que esa finalidad "ha de ser la querida y pretendida por la propia asociaci¨®n, no por el prop¨®sito individual de alguno de sus miembros", y concluye que Jarrai, Haika y Segi "buscaban unos fines claros y determinantes, en base tambi¨¦n a un patente 'concierto de voluntades'". En el apartado de hechos probados se afirma que "la organizaci¨®n juvenil cronol¨®gicamente denominada primero Jarrai, luego Haika y luego Segi form¨® parte integrante de KAS", y que Jarrai, que se cre¨® en 1978, "siempre desarroll¨® alg¨²n tipo de violencia callejera como complemento a la estrategia de ETA". Los 16 condenados por un delito de asociaci¨®n il¨ªcita en su condici¨®n de dirigentes son Olatz Da?obeitia, Ugaitz Elizaran, Olatz Carro, Ibon Me?ica, Igor Ortega, Amaia Arrieta, Garazi Viteri, Garikoitz Etxebarria, Egoitz L¨®pez de Lacalle, Aiboa Casares, Iker Frade, Unai Gonz¨¢lez, Asier I?igo Egizurain, David Lizarralde, Asier Ochoa de Retana y Jon Markel Ormazabal.
Como "miembros activos" de Jarrai, Haika o Segi han sido condenados Aiora Epelde, Gartzen Garayo, Igor Chill¨®n, Xabier Abasolo, Gorka Betolaza, Arkaitz Mart¨ªnez de Alb¨¦niz, Ainara Frade y Xabier Gogenola. Por ¨²ltimo, la sala ha absuelto por falta de pruebas a Mikel Ayll¨®n, Patricio Jimbert, Arkaitz Rodr¨ªguez y Aitziber P¨¦rez, y debido a la retirada de la acusaci¨®n por parte del fiscal a Maider Alonso, Unai Beaskoetxea, Sonia Jacinto, Amaia Maestre y Jorge Jes¨²s Urbiola. El tribunal, presidido por Alfonso Guevara, estaba compuesto adem¨¢s por Carlos Ollero, que ha sido el ponente de la sentencia, y por Santiago Pedraz, quien en una reciente resoluci¨®n sobre el preso etarra Jos¨¦ Ignacio de Juana Chaos tambi¨¦n afirm¨® que ni el MLNV ni los colectivos que lo componen son ETA.
Alonso: "El Gobierno respeta el Estado de Derecho"
El ministro del Interior, Jos¨¦ Antonio Alonso, se ha limitado a decir sobre la sentencia que el Gobierno respeta las "reglas democr¨¢ticas del Estado de Derecho". Sin embargo, el l¨ªder del PP, Mariano Rajoy, ha opinado que Segi "es una organizaci¨®n terrorista" porque "lo dice la lista europea" que recoge este tipo de organizaciones, aunque ha matizado que respeta lo que diga la Audiencia. Por su parte, el senador del PNV I?aki Anasagasti ha considerado el juicio un "desprop¨®sito de principio a fin".
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