El TSJ reabre el caso contra Balza por no prohibir un acto de Batasuna
Una jueza del TSJPV archiv¨® una querella contra el consejero de Interior por no impedir el mitin de Anoeta
La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) ha revocado el archivo de la querella del Foro de Ermua contra el consejero vasco de Interior, Javier Balza, quien deber¨¢ declarar por el mitin que la ilegalizada Batasuna celebr¨® en Anoeta en noviembre de 2004.
La magistrada instructora del caso decidi¨® en noviembre del a?o pasado archivar la querella contra Balza por considerar que el consejero no cometi¨® un delito de "denegaci¨®n de auxilio", por no impedir el acto de Anoeta, tal y como ped¨ªa el Foro de Ermua, entidad que present¨® la querella.
En el auto dado a conocer hoy, el TSJPV, sin entrar en el fondo de la cuesti¨®n, determina que la juez encargada del caso debe tomar declaraci¨®n al consejero de Interior y practicar "cuantas otras diligencias considere necesarias en orden a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho imputado".
Miembros del Foro de Ermua interpusieron una querella el 8 de febrero del 2005 contra el portavoz de la ilegalizada Batasuna Arnaldo Otegi, el alcalde de San Sebasti¨¢n, Od¨®n Elorza, y el consejero vasco de Interior por un delito de desobediencia en relaci¨®n con el acto que desarroll¨® la formaci¨®n abertzale 14 de noviembre de 2004 en el vel¨®dromo de Anoeta. En aquel mitin, Batasuna present¨® su propuesta de pacificaci¨®n mediante la creaci¨®n de una mesa de partidos para iniciar un debate pol¨ªtico y otro foro entre el Gobierno y ETA para "la desmilitarizaci¨®n del conflicto".
El Foro de Ermua denunci¨® a Otegi por la realizaci¨®n de aquel acto pol¨ªtico, al alcalde por la cesi¨®n de instalaciones municipales y al consejero por no prohibirlo, en base a la condici¨®n de organizaci¨®n ilegalizada de Batasuna. El TSJPV admiti¨® la querella, aunque se declar¨® incompetente para juzgar a Elorza por no ser aforado y remiti¨® los testimonios referentes al alcalde al juzgado de instrucci¨®n de San Sebasti¨¢n.
La Sala de lo Penal descart¨® que los hechos que se le imputaban a Balza "pudieran incardinarse" en el tipo penal previsto para el delito de desobediencia, pero anunci¨® el enjuiciamiento del consejero entendiendo que su conducta ten¨ªa encaje en el tipo previsto "para el injusto penal de denegaci¨®n de auxilio", que, recogido en el art¨ªculo 412.3 del C¨®digo Penal, tipifica la actitud de "un funcionario que, requerido por la autoridad competente, no prestare auxilio debido para la Administraci¨®n de Justicia u otro servicio p¨²blico".
En noviembre del 2005, la magistrada instructora Nekane Bolado decidi¨® archivar la querella del Foro de Ermua contra Balza y dicho colectivo present¨® un recurso contra el referido auto de archivo, solicitando que se dejara sin efecto y se ordenara la prosecuci¨®n del procedimiento, al entender que "la instrucci¨®n ha sido insuficiente" y que "el archivo se acuerda sin que la Instructora haya esperado a conocer el resultado de las diligencias de investigaci¨®n que ella misma ordenara practicar, incluidas la declaraci¨®n del imputado y la remisi¨®n del departamento de Interior del Gobierno Vasco del expediente completo correspondiente".
En el auto hecho p¨²blico hoy, el tribunal expone que "ciertamente", en el auto dictado por la magistrada-instructora, el 19 de septiembre de 2005, "ni se deniega ni se razona sobre la omisi¨®n de la pr¨¢ctica de la toma de declaraci¨®n" al imputado, diligencia que la parte querellante interesaba en su escrito de querella, "y este Tribunal, igualmente, considera necesaria en orden a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho imputado". En consecuencia, el TSJPV estima el recurso de apelaci¨®n del Foro de Ermua y devolver¨¢ las actuaciones a la instructora, "para que se practique la diligencia de toma de declaraci¨®n del imputado, as¨ª como cuantas otras considere necesarias en orden a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho imputado".
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