El Supremo confirma la absoluci¨®n de dos acusados de informar a ETA para un atentado
En el ataque terrorista, planeado para matar a I?aki Dubreuil, edil socialista del Ayuntamiento guipuzcoano de Ordizia, murieron dos trabajadores de la empresa Elektra en 2001
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absoluci¨®n de dos acusados de colaborar en el atentado contra I?aki Dubreuil, edil socialista del Ayuntamiento guipuzcoano de Ordizia, en el que murieron dos trabajadores de la empresa Elektra, el 22 de febrero de 2001, al no quedar probado que facilitaran a ETA informaci¨®n sobre el concejal.
El alto tribunal rechaza as¨ª el recurso presentado por la Fiscal¨ªa, que aleg¨® que el tribunal de la Audiencia Nacional que enjuici¨® el caso, al absolver a los dos acusados, hab¨ªa omitido la valoraci¨®n de pruebas incriminatorias que el ministerio p¨²blico consideraba esenciales.
Los acusados eran Ibon Urrestarazu Esnaola y Alaitz Iturrioz Garmendia, para quienes el fiscal ped¨ªa 115 a?os de c¨¢rcel para cada uno por dos delitos de asesinato terrorista, seis en grado de tentativa y un delito de estragos.
El atentado estaba planeado para matar a Dubreuil: un coche bomba aparcado en el apeadero de ferrocarril del barrio de Martutene, en San Sebasti¨¢n, preparado para estallar cuando el edil pasara por ese lugar. Aquel d¨ªa Dubreuil se baj¨® del tren y cuando caminaba en direcci¨®n a su trabajo, acompa?ado de su escolta, oy¨® un fuerte ruido y vio a una de las v¨ªctimas con heridas en las piernas.
La explosi¨®n alcanz¨® a dos trabajadores -Jos¨¦ ?ngel Santos Laranga y Jes¨²s Leonet Azcune-, que murieron en el acto, as¨ª como a otras dos personas que sufrieron grav¨ªsimas lesiones y a otras tres, heridas de menor consideraci¨®n.
Declaraciones de los acusados
La sentencia de la Audiencia Nacional -indica el Supremo- analizaba y respondi¨® de manera adecuada al valor probatorio de las iniciales declaraciones autoinculpatorias de los acusados. Sin embargo, para el alto tribunal, las pruebas a las que se refer¨ªa el fiscal en su recurso "no son otras que las declaraciones sumariales prestadas por los propios acusados, en las que reconocieron haber facilitado datos trascendentes acerca de los h¨¢bitos y circunstancias de los movimientos" del concejal, y de las que luego se retractaron en el juicio oral.
Por ello, agrega la sentencia del TS, la Audiencia Nacional se vio obligada a cuestionarse "de modo absolutamente correcto, la necesidad de determinar" qu¨¦ declaraciones deben merecer mayor credibilidad.
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