La Audiencia juzgar¨¢ al pirata tras determinar que es mayor de edad
Los magistrados consideran que debe ser el juez Santiago Pedraz y no la jurisdicci¨®n de menores el que instruya el caso
Cabdiwelli Cabullahi, alias Abdu Willi, el pirata cuya edad estaba en cuesti¨®n en la Audiencia Nacional, tiene entre 19,7 y 20,5 a?os, seg¨²n la prueba oseom¨¦trica de clav¨ªcula encargada por la Sala Penal de la Audiencia Nacional el pasado jueves. El tribunal ha decidido esta ma?ana que, debido a la mayor¨ªa de edad que establece esa prueba, es el juez Central de Instrucci¨®n 1, Santiago Pedraz, y no la Jurisdicci¨®n de Menores, quien debe investigar los 36 delitos de detenci¨®n ilegal y el de asociaci¨®n il¨ªcita por el secuestro del atunero vasco Alakrana el pasado 2 de octubre frente a las costas de Somalia.
La resoluci¨®n del pleno de la Sala, que dirime la cuesti¨®n de competencia planteada entre los juzgados de Menores y de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de la Audiencia, considera que el pirata es mayor de edad teniendo en cuenta que su talla y peso corresponde con la edad adulta y que una de las radiograf¨ªas de la mano izquierda (la encargada por la fiscal¨ªa a una cl¨ªnica privada y no la realizada inmediatamente despu¨¦s de su llegada a Espa?a en el hospital madrile?o de La Paz) y la de su dentadura determina que se trata "de una persona mayor de 17/18 a?os".
La Sala, sin embargo, da un peso especial a las ¨²ltimas pruebas ordenadas por la Sala el pasado jueves, la radiograf¨ªa y la tomograf¨ªa axial computerizada (TAC) de sus dos clav¨ªculas. El resultado de ambas -cuyo objetivo es analizar la osificaci¨®n de ambos huesos, que aumenta con la edad- lleva a la conclusi¨®n de que Abdu Willy tiene una edad m¨ªnima de 19,7 a?os y m¨¢xima de 20,5. "Confrontada la maduraci¨®n de la clav¨ªcula con los diversos estudios de referencia, todos ellos sostienen la conclusi¨®n de que el interesado es mayor de 18 a?os", establecen los magistrados.
Por lo dem¨¢s, la Sala despeja cualquier duda sobre la competencia de los tribunales espa?oles y de la Audiencia Nacional para juzgar este caso. En primer lugar porque los delitos se han cometido en un barco de pabell¨®n espa?ol que, a todos los efectos, es territorio nacional. Adem¨¢s, la Convenci¨®n sobre el Derecho del Mar convierte la pirater¨ªa en un delito de persecuci¨®n universal para cuyo enjuiciamiento est¨¢ facultado cualquier Estado.
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