El Tribunal Superior avala los servicios m¨ªnimos decretados por la Xunta
Desestimado el recurso de los sindicatos al entender que el Gobierno aut¨®nomo no conculca el derecho a la huelga
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado los recursos presentados por los sindicatos contra los servicios m¨ªnimos decretados por la Administraci¨®n auton¨®mica para la huelga general de este mi¨¦rcoles.
En sus autos sobre los recursos contencioso-administrativos presentados por las centrales sindicales, deniega la suspensi¨®n del decreto al entender que "no frustra" el ejercicio del derecho a la huelga.
Adem¨¢s, sostiene que los argumentos esgrimidos para fijar los servicios m¨ªnimos en ¨¢reas "esenciales" incluyen una "exhaustiva motivaci¨®n".
Las centrales sindicales alegaban que se conculcaban "derechos fundamentales" con los servicios m¨ªnimos fijados por las conseller¨ªas de Educaci¨®n e Ordenaci¨®n Universitaria, Sanidade y Medio Rural, as¨ª como en la Compa?¨ªa de Radio Televisi¨®n de Galicia (CRTVG) y en el transporte de mercanc¨ªas o de centros escolares.
SERVICIOS "RAZONADOS"
Sin embargo, en respuesta a los recursos presentados por UGT y CC.OO., el TSXG rechaza que el decreto de servicios m¨ªnimos "vac¨ªe de contenido" el derecho a la huelga, tal y como argumentaban los sindicatos, que consideraban los servicios fijados "desproporcionados".
As¨ª, sostiene que est¨¢n "ampliamente razonados" y que la Administraci¨®n auton¨®mica, en su resoluci¨®n, ha distinguido adecuadamente "lo que es servicio m¨ªnimo y servicio esencial", subraya el alto tribunal gallego.
Adem¨¢s, rechaza, tal y como argumentaban los recurrentes, que en este caso sea de aplicaci¨®n el auto del TSXG de 2002 sobre los servicios m¨ªnimos decretados en la huelga general de ese a?o.
En concreto, en casos como los centros educativos, sostiene que el planteamiento del decreto de apertura de los centros con al menos un director, un miembro del equipo directivo y un subalterno "garantiza" el derecho a huelga de los miembros de la comunidad educativa.
SERVICIOS M?NIMOS
De esta forma, los servicios m¨ªnimos establecidos por la Xunta en hospitales y centros educativos garantizar¨¢n este mi¨¦rcoles la cobertura completa en las servicios sanitarias esenciales -urgencias m¨¦dicas, quir¨®fanos o paritorios, entre otros- y la asistencia en los centros de salud, as¨ª como el transporte escolar y la apertura de los colegios y sus comedores. No obstante, en los centros educativos s¨®lo estar¨¢ obligado a trabajar por los servicios m¨ªnimos un miembro de la direcci¨®n, un docente y un trabajador de cocina.
En cuanto al transporte por carretera, los servicios dependientes de la Xunta supondr¨¢n que est¨¦n garantizadas las conexiones de las principales ciudades entre s¨ª y con sus ¨¢reas metropolitanas, aunque la frecuencia de viajes disminuir¨¢.
La situaci¨®n es m¨¢s complicada en relaci¨®n a las comunicaciones por ferrocarril y por v¨ªa a¨¦rea. Los servicios m¨ªnimos en el transporte acordados por Fomento y los sindicatos indican que s¨®lo operar¨¢n cuatro conexiones por avi¨®n desde el aeropuerto compostelano de Lavacolla.
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