El Constitucional ampara a un preso al que cortaban el pelo a trav¨¦s de los barrotes
El juzgado que vio la denuncia neg¨® al reo la pr¨¢ctica de varias pruebas
El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a un interno de un centro penitenciario de Asturias que se quej¨® de que a los reclusos en r¨¦gimen cerrado se les cortaba el pelo con unos barrotes de por medio lo que, en su opini¨®n, era un trato degradante y humillante.
Para acreditar la veracidad de su queja, el preso propuso al juzgado la declaraci¨®n testifical de todos los internos del m¨®dulo, as¨ª como una copia de la cinta de grabaci¨®n de la c¨¢mara de seguridad de las plantas en las que se pod¨ªa comprobar que no se les cortaba el pelo en las celdas.
Antes de aceptar las pruebas propuestas por el preso, el juzgado de vigilancia penitenciaria de Asturias pidi¨® un informe al centro penitenciario, que respondi¨® que "el servicio de peluquer¨ªa en el m¨®dulo de r¨¦gimen cerrado se prestaba en la propia celda, en presencia del funcionario". Con ese informe, el juez archiv¨® la queja al considerar innecesaria la pr¨¢ctica de la prueba testifical solicitada por el recluso. No obstante, el juez advirti¨® que, de producirse el hecho denunciado, "ser¨ªa, efectivamente, de todo punto rechazable".
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo P¨¦rez Tremps, analiza si se ha vulnerado el derecho del recurrente a utilizar los medios de prueba necesarios. En concreto, los magistrados entienden que el ¨®rgano judicial que recibi¨® la queja incurri¨® en irregularidades procesales por respuesta tard¨ªa y silencio.
Seg¨²n la Sala, debieron practicarse las pruebas testificales y el visionado de las c¨¢maras de seguridad, que podr¨ªan haber provocado que la resoluci¨®n final del proceso hubiera podido resultar favorable al recurrente".
La sentencia sostiene que en la medida en que la queja denunciaba tratos "humillantes" y "degradantes" en el interior de un centro penitenciario, la actitud de los ¨®rganos judiciales para esclarecer los hechos debiera de haberse extremado, "m¨¢xime porque proven¨ªa de un interno que se encontraba en un especial r¨¦gimen de control penitenciario", r¨¦gimen que limita muy severamente sus posibilidades defender sus derechos.
Al otorgar el amparo al preso, el Tribunal ordena retrotraer las actuaciones al momento en que el juzgado debi¨® pronunciarse sobre al prueba propuesta por el recluso "para que dicte una resoluci¨®n respetuosa con el derecho fundamental reconocido".
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