El alcalde de Leitza no enalteci¨® el terrorismo en las fiestas
La Audiencia Nacional ha archivado la denuncia contra el alcalde de la localidad navarra de Leitza y otras dos personas por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo durante la celebraci¨®n de las pasadas fiestas patronales. En un auto, el juez Pablo Ruz decreta el sobreseimiento provisional de las diligencias contra Oier Eizmendi, Mar¨ªa Lourdes Juantorena y Saioa Eizmendi al no haber quedado patente su participaci¨®n en los actos, y ser desconocida la identidad de las personas que participaron en los mismos.
La investigaci¨®n se inici¨® a ra¨ªz de la celebraci¨®n el 10 de agosto de 2001 de las fiestas patronales de Leitza. En torno a las 18 horas, cuando se proced¨ªa a la lectura del preg¨®n y chupinazo, aparecieron en uno de los extremos de la plaza cinco individuos vestidos con buzos blancos y caretas portando diversas banderolas con el texto en euskera los presos refugiados vascos a casa y el dibujo del mapa de Euskal Herria con dos flechas apuntando al mapa. Asimismo, portaban un gran mural con el texto "no estamos todos" y con la fotograf¨ªa de seis presos de ETA.
Sin identificar
Durante el acto, dos encapuchados accedieron a la parte superior del edificio del Ayuntamiento y descolgaron una pancarta con el mapa de Euskal Herria con las dos flechas. El magistrado considera evidente que los hechos revisten caracteres de un delito de enaltecimiento del terrorismo al haberse ensalzado a personas condenadas por actos terroristas vinculados a ETA, aprovech¨¢ndose de la m¨¢xima atenci¨®n e importancia de la jornada festiva. No obstante, reconoce que no ha sido posible identificar a las personas que participaron en los actos y advierte de que las tres personas imputadas se encontraban en dependencias interiores del Ayuntamiento en los actos festivos.
La Audiencia Nacional reconoce la falta de vinculaci¨®n con la planificaci¨®n de las actividades de los festejos del alcalde, ya que el programa de fiestas corresponde a la comisi¨®n de fiestas. El juez admite adem¨¢s que como el consistorio carec¨ªa de polic¨ªa municipal o vigilancia privada, "no puede aducirse sin m¨¢s la responsabilidad penal" del alcalde por el hecho de que personas desconocidas accedieran a dependencias municipales para descolgar una pancarta.
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