'S¨¢lvame' deber¨¢ pagar a Pepe Navarro por vulnerar su intimidad
Un juzgado de Madrid condena a Telecinco y la productora del programa a indemnizar con 70.000 euros al presentador
Un juzgado de Madrid ha condenado al pago de una multa de 70.000 euros a la productora de 'Salvame Deluxe', La F¨¢brica de la Tele S.L., a Gestevisi¨®n Telecinco S.A. y a una mujer que asegur¨® en este programa haber mantenido relaciones con Pepe Navarro, por vulnerar el derecho al honor y a la intimidad del presentador.
As¨ª lo establece el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 63 de Madrid en una sentencia contra la que no obstante cabe recurso y en la que se condena solidariamente a las partes demandadas a la citada cuant¨ªa y a dar publicidad al encabezado y fallo de la resoluci¨®n en el mismo espacio u otro con la relevancia semejante dentro de la misma cadena televisiva, "sin comentarios ni apostillas".
Las expresiones que se vertieron en el programa, emitido el 30 de abril del pasado a?o, "dejando a un lado el lenguaje soez y vulgar" utilizado, seg¨²n el juez, son "ajenas al leg¨ªtimo inter¨¦s de los dem¨¢s, pues a nadie interesa la vida sexual, ¨ªntima" de Pepe Navarro y "menos a¨²n la ley autoriza a realizar elucubraciones o elaborar opiniones al respecto".
"No operan en dichas manifestaciones los criterios de inter¨¦s p¨²blico y relevancia", seg¨²n se?ala el juez, que por ese motivo considera que existe lesi¨®n al derecho a la intimidad personal. Adem¨¢s, se?ala el magistrado, hab¨ªa una intimidad que la mujer que hizo estas manifestaciones y el propio programa "debi¨® salvaguardar" pues "una persona por muy conocida que sea no est¨¢ obligada a soportar todo lo que se diga de ella".
"Ser¨¢ cada persona quien debe decidir que parte de su vida ¨ªntima decide preservar", a?ade la resoluci¨®n, en la que el juez rebate el argumento de los demandados de que el presentador hab¨ªa aireado en alguna ocasi¨®n parte de su vida personal. El juez les contesta: "esta circunstancia, aunque sea cierta (cuesti¨®n que no ha quedado probada), no es motivo suficiente para fundamentar las expresiones que se difundieron en el programa".
Las expresiones que se vertieron, "exceden el ¨¢mbito de la libertad de cr¨ªtica o de una censura o discrepancia, para incardinarse en el ¨¢mbito de la intromisi¨®n en el derecho al honor" del presentador. "Se puede discrepar, censurar y criticar con toda la fuerza que se estime necesaria, pero no insultar", concluye el magistrado.
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