Salud en precario
La falta de asistencia a los sin papeles amenaza derechos que ampara la Constituci¨®n
A partir del 1 de septiembre, al menos 150.000 extranjeros no comunitarios que se hallan en situaci¨®n irregular en Espa?a ver¨¢n sustancialmente limitado su acceso al sistema sanitario p¨²blico, poniendo en riesgo el derecho constitucional a la protecci¨®n de su salud. El decreto ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud que entra en vigor es esa fecha restringe la asistencia sanitaria a ese colectivo ¡ªel m¨¢s desfavorecido en la escala social¡ª a los casos urgentes, a las mujeres embarazadas y a los menores de edad. Con esa reducci¨®n, el Gobierno pretende ahorrar unos 500 millones de euros al a?o, aunque c¨¢lculos m¨¢s realistas rebajan el ahorro a la mitad, m¨¢s o menos lo que se deja de cobrar a los pa¨ªses de la Uni¨®n Europea por una deficiente facturaci¨®n de los servicios sanitarios prestados a nacionales de esos pa¨ªses en Espa?a
La medida no solo acaba con la universalidad del sistema sanitario p¨²blico; tambi¨¦n con su gratuidad. Este colectivo podr¨¢ tener acceso a una plena asistencia sanitaria p¨²blica si suscribe una especie de seguro ¡ªconvenios especiales con la administraci¨®n sanitaria¡ª por importe de unos 60 euros al mes por persona entre 17 y 65 a?os y de unos 155 euros en el caso de mayores de 65 a?os. Poco se sabe de estos convenios y de su puesta en pr¨¢ctica. No es la ¨²nica ni la mayor de las incoherencias de la medida. La incoherencia suprema, que roza la desfachatez y que es una llamativa muestra de la lejan¨ªa de los gobernantes respecto de la realidad social, es pedir a personas sin trabajo unas cantidades que est¨¢n fuera de su alcance poder pagar. Cuatro comunidades ¡ªAndaluc¨ªa, Canarias, Pa¨ªs Vasco y Asturias¡ª se han rebelado contra esta disposici¨®n por considerar que afecta a la equidad y la cohesi¨®n social. La restricci¨®n no solo afectar¨¢ la salud de este castigado colectivo, sino la del conjunto de la sociedad.
Se ha resaltado la mentalidad mercantil de la medida pero no su posible inconstitucionalidad. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha determinado que la protecci¨®n a la salud es un derecho constitucional de los llamados de ¡°configuraci¨®n legal¡±. Puede ser limitado, pero no anulado en sus rasgos esenciales. En esta capacidad de limitaci¨®n se ha basado la Defensora del Pueblo para anunciar que no recurrir¨¢ la medida. Pero una limitaci¨®n excesiva y desproporcionada del derecho puede ser inconstitucional si implica su anulaci¨®n de hecho. La Defensora del Pueblo deber¨ªa analizar la medida con mayor detenimiento para comprobar si eso ocurre. La Organizaci¨®n Mundial de la Salud exige atenci¨®n primaria, prevenci¨®n y acceso a la medicaci¨®n b¨¢sica. No parece que el decreto ley del Gobierno cumpla esos requisitos. Mantenerlo como est¨¢ podr¨ªa interpretarse como una invitaci¨®n a que esos inmigrantes en situaci¨®n irregular vuelvan sus pa¨ªses, como observ¨® en el Congreso el diputado del PP Rafael Hernando, en una declaraci¨®n que si no es xen¨®foba lo parece.
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