?Un deber religioso?
El Supremo considera que prohibir el 'burka' es limitar el ejercicio de la libertad de credo
La batalla abierta por trece municipios contra el uso en p¨²blico del velo integral ha conocido su primer varapalo judicial en Espa?a. Lleida, el primer municipio de Espa?a que prohibi¨® el uso del burka y el niqab (prendas que solo dejan al descubierto los ojos) en los centros oficiales, ha perdido el caso contra la Asociaci¨®n Watani por la Libertad y la Justicia ante el Tribunal Supremo. La sentencia de este tribunal, hecha p¨²blica ayer, considera que tal prohibici¨®n no puede ser competencia de un municipio y, sobre todo, plantea todas las dificultades legales que afrontar¨ªan los intentos de poner coto al uso de estas prendas.
Frente a las razones de orden p¨²blico, el Supremo alega que, una vez identificada la persona, no tiene sentido prohibir que esta permanezca con el velo en una instalaci¨®n p¨²blica, y frente a la perturbaci¨®n que provocan estas prendas en las sociedades occidentales contesta que tal cosa ¡°carece de demostraci¨®n convincente¡±. Pero lo m¨¢s importante que plantea el Supremo es el principio de que prohibir el velo integral solo puede realizarse a trav¨¦s de una ley, tal y como indica la Constituci¨®n Espa?ola, al tratarse de una limitaci¨®n del ejercicio de un derecho fundamental (el de libertad religiosa), dando por sentado que el uso del velo integral es una manifestaci¨®n de dicho ejercicio. ?Lo es? Ah¨ª es donde radica, como resalta el propio tribunal, el fondo de una cuesti¨®n que tanto debate suscita.
El Supremo da por supuesto que el uso de estas prendas que convierten a la mujer en bultos deformes sin identidad es un deber religioso y no, como la experiencia demuestra, una imposici¨®n de los sectores m¨¢s fundamentalistas y recalcitrantes del Islam. Tambi¨¦n rechaza las consecuencias del enclaustramiento que podr¨ªan sufrir ciertas mujeres impedidas de salir sin su velo, agravando su problema de integraci¨®n, como si optara por el mal menor, lo que es m¨¢s que discutible.
Esta sentencia evidencia, en todo caso, la conveniencia de legislar al respecto. Es algo que ya han hecho Francia, B¨¦lgica y Holanda. Solo as¨ª se podr¨¢n limitar ritos y costumbres que socavan los valores democr¨¢ticos de nuestras sociedades ¡ªcomo el de la igualdad¡ª y poner coto al abuso de s¨ªmbolos religiosos en actos oficiales en un Estado aconfesional. Pero hasta ahora todos los intentos de sacar adelante una Ley de Libertad Religiosa han resultado bald¨ªos.
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