No vale
La sociedad necesita imparcialidad en el Tribunal Constitucional, no disciplinas partidistas
El descubrimiento de que el Partido Popular coloc¨® a uno de sus militantes, Francisco P¨¦rez de los Cobos, como magistrado del Constitucional en diciembre de 2010 ¡ªy presidente del tribunal desde el 19 de junio pasado¡ª agrava la crisis de credibilidad de las instituciones. Varias de ellas se encuentran afectadas por problemas partidistas, pero la sociedad tiene que fiarse, al menos, de la imparcialidad e independencia del int¨¦rprete m¨¢ximo de la Constituci¨®n, encargado de resolver asuntos tan controvertidos como el proceso soberanista de Catalu?a, la reforma laboral o la legislaci¨®n del aborto, adem¨¢s de la garant¨ªa de los derechos y libertades. Por eso, esta vez se ha llegado demasiado lejos.
La militancia de P¨¦rez de los Cobos fue mantenida en secreto durante dos a?os y medio: hasta ayer, en que fue revelada por este peri¨®dico tras aparecer en un listado del caso B¨¢rcenas. El hoy presidente del Constitucional ocult¨® su afiliaci¨®n al PP durante la sesi¨®n del Senado dedicada a escuchar a los candidatos al alto tribunal, previa al nombramiento. Presentarse ante los representantes de los ciudadanos como ¡°un modesto profesor universitario¡±, y omitir su pertenencia a un partido pol¨ªtico, suena a laguna mental inexplicable, si no a burla. Los senadores que le examinaron tampoco se ganaron el sueldo: pero el jurista, por serlo, conoc¨ªa mejor que sus auditores que ese dato no era menor.
P¨¦rez de los Cobos pag¨® la cuota de afiliado por lo menos hasta 2011. El interesado y sus pares quitan trascendencia a ese hecho, alegando que no est¨¢ prohibido ser magistrado del Constitucional y militante pol¨ªtico. El texto de la Constituci¨®n no es tan evidente: el art¨ªculo 159,4 dice que la condici¨®n de miembro del alto tribunal es incompatible ¡°con el desempe?o de funciones directivas en un partido pol¨ªtico o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos¡±, y agrega: ¡°En lo dem¨¢s, los miembros del Tribunal Constitucional tendr¨¢n las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial¡±. Que, seg¨²n el 127 de la Constituci¨®n, tienen prohibida la pertenencia a partidos y sindicatos ¡°mientras se hallen en activo¡±. En apoyo de la tesis de la compatibilidad, el alto tribunal recuerda la existencia de un auto de 1988 en el que ¡ªa prop¨®sito de rechazar una recusaci¨®n¡ª, se mencionaba que la ley del Tribunal Constitucional ¡°no impide que los magistrados de este tribunal puedan pertenecer a partidos pol¨ªticos¡±.
Editorial anterior
Dejemos a los juristas que discutan c¨®mo debe interpretarse el juego de las normas. Lo que necesitan los ciudadanos es confiar, precisamente, en la independencia e imparcialidad de los int¨¦rpretes. Eso es lo que ha quedado cuestionado. No se trata de despojar a los magistrados de toda afinidad ideol¨®gica, sino de extremar el rigor y ofrecer, en caso de duda, la interpretaci¨®n m¨¢s favorable a la imparcialidad. La disciplina partidista est¨¢ re?ida con la magistratura constitucional, mucho m¨¢s si la duda recae en quien ha obtenido la presidencia del tribunal.
Otras personas con vinculaciones pol¨ªticas son o han sido magistrados del Constitucional. Por ejemplo, Andr¨¦s Ollero, actual magistrado, fue diputado del PP durante 17 a?os y abandon¨® el partido antes de ser elegido miembro del Constitucional. Su colega P¨¦rez de los Cobos, por el contrario, ocult¨® la condici¨®n de afiliado. Nadie discute sus m¨¦ritos profesionales, sino la falta de rigor ¡ªpara no hablar de la falta de sentido com¨²n¡ª manifestada por la omisi¨®n de la militancia. Su autoridad para mantenerse al frente del Constitucional queda cuestionada. ?l mismo deber¨ªa ser el primero en extraer las debidas consecuencias.
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