La Infanta, ante el juez
La decisi¨®n de llamar a declarar a do?a Cristina es propia de una democracia asentada
La investigaci¨®n financiera y tributaria sobre la infanta Cristina ha llevado al juez Jos¨¦ Castro a pedirle que se explique respecto a ¡°determinados indicios objetivos¡± relacionados con defraudaciones tributarias y blanqueo de capitales. Lejos de poner en peligro los pilares del Estado o el futuro de la Monarqu¨ªa, la decisi¨®n del magistrado constituye un buen s¨ªntoma de la salud democr¨¢tica de una sociedad atravesada por corrientes muy cr¨ªticas hacia el funcionamiento de sus instituciones.
Nada tiene de extra?o que un juez de instrucci¨®n tramite una causa penal. Lo insostenible es lo contrario: que no se le pregunte nada a la hija del Rey por ser quien es. Lo que el juez hace no solo entra dentro de la normalidad procesal, sino que muestra la igualdad de los ciudadanos ante la ley ¡ªvalorada por el propio rey don Juan Carlos en su discurso de Nochebuena de 2011¡ª y la efectiva separaci¨®n de poderes.
El acto judicial se produce tras el informe de la Fiscal¨ªa, que el 14 de noviembre se apresur¨® a negar la necesidad de llamar a declarar a do?a Cristina, informe criticado en algunos medios jur¨ªdicos por cuanto supon¨ªa de presi¨®n hacia el juez. Ello no ha paralizado al magistrado que, a la vista de las dudas sobre el comportamiento tributario de una ciudadana, independientemente de que se trate de una Infanta de Espa?a, le cita a declarar con abogado.
El juez no sostiene que existan pruebas de delitos, sino que relata una larga serie de gastos personales de do?a Cristina cargados a la sociedad Aizoon que, a su juicio, pueden constituir un reparto de dividendos opaco a Hacienda, contabilizados por la empresa como gastos operativos sin relaci¨®n con su actividad. Para el juez, esa firma era una entidad vac¨ªa, que serv¨ªa de ¡°andamiaje imprescindible para la comisi¨®n de los delitos fiscales que se est¨¢n investigando¡±. Si esas defraudaciones alcanzaron o no los 120.000 euros (la cuota para ser consideradas delictivas), o si la posesi¨®n por la Infanta del 50% de esa sociedad le hace responsable del manejo de fondos o esto afecta solo a su marido, I?aki Urdangarin ¡ªadministrador de Aizoon¡ª, son algunas de las cuestiones que deber¨¢n depurarse en el proceso. Que ambos cargaran a esa firma sus gastos personales y familiares, o que aparentemente alquilaran parte de su propia vivienda familiar a la firma Aizoon puede deberse, o no, a causas explicables.
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Lo inaceptable es que tales dudas queden en el aire y pasen a formar parte de un supuesto lado oscuro de la democracia. Los miembros de la familia del Rey carecen de fuero y, por tanto, si el auto de la convocatoria a declarar adquiere firmeza, do?a Cristina deber¨¢ presentarse en el juzgado de Palma como una ciudadana m¨¢s. No es positivo que la declaraci¨®n se?alada se demore a¨²n dos meses, despu¨¦s de tres a?os de instrucci¨®n, pero es cierto que la defensa de la Infanta, la fiscal¨ªa y las partes tienen derecho a recurrir, y el juez se?ala un plazo prudencial para dar tiempo a la resoluci¨®n de recursos, de los que depende que su auto de ayer adquiera firmeza o no.
Una eventual declaraci¨®n de do?a Cristina no prejuzga su futuro judicial. Otras 42 personas han sido citadas en el curso de la misma investigaci¨®n, algunas de las cuales est¨¢n imputadas y otras no. Las disquisiciones sobre inocencias o culpabilidades deben aplazarse hasta que exista una acusaci¨®n formal o se excluya a la Infanta de la causa, una vez o¨ªda. Quede, en cualquier caso, la constancia p¨²blica de que este paso dado por el juez Castro solo puede entenderse como una respuesta digna a la exigencia de transparencia que caracteriza a cualquier democracia asentada.
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