¡®Mendigos¡¯
El art¨ªculo Mendigos,publicado el pasado d¨ªa 6, dice: ¡°Si los alcaldes que han intentado erradicar as¨ª la mendicidad leyeran algo de historia sabr¨ªan que el propio marqu¨¦s de Tamar¨®n, que fue gobernador franquista de Madrid en 1941, tuvo que dejar de multar a los cojos y maltrechos supervivientes del Ej¨¦rcito republicano, que ped¨ªan de comer por la calle, por esa raz¨®n, porque no pagaban¡±.
Ning¨²n marqu¨¦s de Tamar¨®n ha sido gobernador de Madrid ni en esa ¨¦poca ni en ninguna otra. S¨ª lo fue Manuel de Mora-Figueroa, hijo segundo del 7? marqu¨¦s de Tamar¨®n. Tan solo ejerci¨® el cargo dos meses, entre mayo y julio de 1941, ya que se alist¨® en la Divisi¨®n Azul. El bando prohibiendo la mendicidad lo public¨® el anterior gobernador, Miguel Primo de Rivera, sin duda apoy¨¢ndose en la Ley de Vagos y Maleantes de 1933, publicada con la firma de Manuel Aza?a como presidente del Gobierno de la Rep¨²blica. La prohibici¨®n fue un considerable alivio para los mendigos, ya que el anterior orden de cosas, del Gobierno del Frente Popular en Valencia en 1937, consisti¨® en encarcelar a todos bas¨¢ndose en que ¡°los p¨ªcaros no ser¨¢n nunca h¨¦roes¡±. A partir del bando de marzo de 1941 se supon¨ªa que se multar¨ªa a los que ¡°favorecieran tal medio de vida¡±, expresi¨®n equivalente a las de la Direcci¨®n General de Seguridad del Frente Popular en 1937. Si es cierto, como se dice, que Manuel de Mora-Figueroa dej¨® sin efecto el anterior bando, fue todav¨ªa m¨¢s indulgente que el Frente Popular, no solo con los mendigos, sino con los que les daban limosnas. Y adem¨¢s ya se le alcanzaba a ¨¦l, como a sus predecesores de distintas ideolog¨ªas, que nadie iba a ser multado por eso.¡ª Santiago de Mora-Figueroa. Marqu¨¦s de Tamar¨®n.
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