Otro modelo de tribunales de cuentas
Los ciudadanos tienen derecho a que mejore el control del dinero p¨²blico
El sistema de control del dinero p¨²blico es un buen indicador de la madurez democr¨¢tica de cualquier sociedad. Los ciudadanos, que con sus impuestos sostienen el sector p¨²blico, tienen derecho a conocer si esos fondos se utilizan en clave de transparencia, legalidad y eficiencia, siendo los tribunales de cuentas las instituciones llamadas a garantizarlo.
En el caso de Espa?a, esa labor la realizan el Tribunal de Cuentas y las 12 instituciones auton¨®micas de control externo, cuyas respectivas leyes les otorgan dos funciones: fiscalizar la gesti¨®n de los fondos p¨²blicos de su ¨¢mbito y asesorar a sus respectivos legislativos en materias econ¨®mico-financieras. El Tribunal de Cuentas, adem¨¢s de la fiscalizaci¨®n de los fondos p¨²blicos tiene encomendada una controvertida jurisdicci¨®n, la contable, para el enjuiciamiento de quienes causen menoscabo en los caudales p¨²blicos.
Transcurridas algo m¨¢s de tres d¨¦cadas desde la puesta en marcha de las instituciones democr¨¢ticas de control, el balance presenta m¨¢s sombras que luces. Las instituciones de control no han funcionado adecuadamente, seguramente porque el modelo elegido abocaba a ello. Por tanto, no hace falta ser muy perspicaz para pronosticar que su labor no mejorar¨¢ en el futuro a menos que haya un cambio radical de modelo. Siendo evidente la demanda social de un control m¨¢s eficaz de los fondos p¨²blicos, la cuesti¨®n es si las formaciones pol¨ªticas que tienen en sus manos su reforma la abordar¨¢n o preferir¨¢n que todo siga como hasta ahora, es decir, bastante mal.
Al hablar de los tribunales de cuentas nos referimos a instituciones t¨¦cnicas, de ¨¢mbito parlamentario, cuya credibilidad est¨¢ basada en la independencia, profesionalidad, objetividad y transparencia. La Declaraci¨®n de Lima de 1977, promovida por la Organizaci¨®n Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), subraya esta exigencia al afirmar que los tribunales de cuentas ¡°solo pueden cumplir eficazmente sus funciones si son independientes de la instituci¨®n controlada y se hallan protegidos contra influencias exteriores¡±. Dicha declaraci¨®n extiende esta obligaci¨®n de independencia tanto a los m¨¢ximos responsables de las instituciones de control como a sus funcionarios.
Tanto el Tribunal de Cuentas como la mayor¨ªa de los auton¨®micos son instituciones colegiadas, con un n¨²mero variable de miembros elegidos a propuesta de los grupos parlamentarios. La correspondiente negociaci¨®n parlamentaria se centra, en general, no tanto en el perfil t¨¦cnico exigible al candidato, sino en el n¨²mero de miembros que corresponde proponer a cada grupo. As¨ª, la fidelidad a una sigla, e incluso la pasada trayectoria en puestos de gesti¨®n pol¨ªtica, se convierten en elementos clave para la elecci¨®n. Como nos lo han demostrado algunos episodios nada edificantes, esta din¨¢mica aboca a una politizaci¨®n del trabajo t¨¦cnico de auditor¨ªa que ataca directamente a lo m¨¢s sagrado de esta profesi¨®n: la credibilidad.
Dando por sentado que un Estado auton¨®mico requiere un sistema de control adaptado a esa naturaleza, adem¨¢s de delimitar claramente las competencias de cada nivel de control se deber¨ªa dise?ar un modelo institucional m¨¢s ¨¢gil, econ¨®mico y, sobre todo, m¨¢s eficaz. Los Estados anglosajones, con gran tradici¨®n en el ¨¢mbito del control de la gesti¨®n p¨²blica, hace tiempo que lo inventaron.
El modelo no funciona; hay que cambiarlo y lograr mayor credibilidad
Se trata de instituciones unipersonales, con un presidente elegido por una mayor¨ªa parlamentaria reforzada atendiendo a criterios de competencia profesional. Naturalmente, ese puesto es incompatible con la pertenencia a un partido pol¨ªtico o al hecho de haber participado en la gesti¨®n en los ¨²ltimos a?os.
El grueso de la instituci¨®n lo forman auditores funcionarios, cuya selecci¨®n est¨¢ basada en criterios de m¨¦rito y capacidad, a quienes tambi¨¦n se les aplica un r¨¦gimen de incompatibilidades que favorezca su independencia. De esta manera, los ciudadanos saben que cuentan con auditores p¨²blicos que no deben su puesto a nadie y, por tanto, pueden opinar libremente sobre la gesti¨®n de las Administraciones. Por cierto: cualquiera que conozca las instituciones de control sabr¨¢ que, en general, cuentan con un personal altamente cualificado, que tambi¨¦n demanda una organizaci¨®n m¨¢s ¨¢gil, eficaz y menos politizada. Premisa esta que tambi¨¦n podr¨ªa cumplirse con un modelo colegiado, siempre que sus miembros y profesionales se eligieran siguiendo las pautas anteriormente descritas.
Unas instituciones de control basadas en estos par¨¢metros ser¨ªan capaces de abordar no solo la auditor¨ªa tradicional financiera y de legalidad, sino tambi¨¦n el an¨¢lisis de la eficacia en la gesti¨®n p¨²blica, hasta convertirse en punta de lanza de la modernizaci¨®n de nuestras Administraciones.
Habr¨ªa que subrayar tambi¨¦n la importancia de los tiempos y los contenidos en la auditor¨ªa p¨²blica. En cuanto a los primeros, una auditor¨ªa eficaz es la que se pronuncia sobre la gesti¨®n reciente. No tiene mucho sentido publicar informes que se refieren a ejercicios presupuestarios de hace cinco o seis a?os, entre otras cuestiones porque posiblemente sus responsables ya son otros. Y respecto al contenido, los criterios de fiscalizaci¨®n deben tener en cuenta tanto la importancia presupuestaria de lo fiscalizado ¡ªsalud, educaci¨®n, defensa, gesti¨®n de ingresos¡ª como las llamadas ¨¢reas de riesgo de las Administraciones, aquellas en las que es m¨¢s f¨¢cil que existan comportamientos irregulares: subvenciones, obras p¨²blicas y urbanismo, entre otras; en el caso de indicios delictivos, es fundamental nuestra colaboraci¨®n con el estamento judicial para luchar entre todos contra la gran lacra de nuestra democracia: la corrupci¨®n. Respecto al sector local, a la vista de su baj¨ªsimo nivel de control, se deber¨ªa garantizar al menos la auditor¨ªa anual de los principales Ayuntamientos.
Los tribunales de cuentas tambi¨¦n deben esforzarse por abrirse a la sociedad. Su actuaci¨®n, en general, ha estado basada en la opacidad, como si el car¨¢cter t¨¦cnico de esa labor impidiera hacer llegar el eco de esos an¨¢lisis a la ciudadan¨ªa. Lo mismo que el accionista de una empresa tiene derecho a conocer la opini¨®n del auditor, a los ciudadanos no se les puede hurtar esa informaci¨®n, desde el momento en que todos ellos son accionistas de las Administraciones p¨²blicas.
En este sentido, se deben abordar temas de inter¨¦s social y mejorar la claridad y concisi¨®n de los informes, sin olvidar la exigencia ¨¦tica de transparencia donde debemos ser mod¨¦licos. As¨ª que todo el esfuerzo en comunicaci¨®n ser¨¢ bienvenido. Entre otras razones, porque si no transmitimos nuestro mensaje a la sociedad la eficacia de la labor de control disminuye considerablemente.
Estos son algunos de los retos de los tribunales de cuentas cuyo cumplimiento beneficiar¨ªa a todos los ciudadanos, al favorecer una gesti¨®n m¨¢s transparente y eficiente. La cuesti¨®n es si el actual modelo de control externo permite asumir dichos retos o es una barrera infranqueable para avanzar por ese camino. El diagn¨®stico, en mi opini¨®n, es claro: el modelo no funciona y, por tanto, es necesario cambiarlo. Si queremos responder a las exigencias de la ciudadan¨ªa, necesitamos tribunales de cuentas con m¨¢s credibilidad, es decir, m¨¢s t¨¦cnicos e independientes.
Helio Robleda Cabezas es presidente de la C¨¢mara de Comptos de Navarra / Nafarroako Kontuen Ganbera.
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