Proteger al menor
Debe ponerse fin al embrollo legal que impide registrar a ni?os nacidos por maternidad subrogada
La Ley de Reproducci¨®n Asistida de 2006 proh¨ªbe en Espa?a la maternidad subrogada, lo que no impide que cientos de parejas recurran cada a?o a un vientre de sustituci¨®n para poder tener un hijo en alg¨²n pa¨ªs extranjero. Son parejas heterosexuales con problemas de fertilidad y homosexuales que quieren tener descendencia biol¨®gica. La inscripci¨®n en el Registro Civil espa?ol de los ni?os nacidos por este procedimiento ha planteado desde el principio enormes dificultades. Una instrucci¨®n interna del Ministerio de Justicia permiti¨® a partir de octubre de 2010 regularizar con ciertas restricciones el registro civil de estos ni?os, siempre que pudieran acreditar la cobertura legal de la subrogaci¨®n.
Una sentencia del Tribunal Supremo volvi¨® sin embargo a complicar en febrero pasado la situaci¨®n. El alto tribunal dictamin¨® que, puesto que en Espa?a no est¨¢ autorizada la maternidad subrogada, permitir la inscripci¨®n de estos ni?os supondr¨ªa una burla de la ley. A partir de ese momento los consulados dejaron de autorizar la inscripci¨®n. El resultado es que estos ni?os se encuentran viviendo en Espa?a como extranjeros ¡ªtienen la nacionalidad del pa¨ªs de nacimiento¡ª y viven con sus padres pero no tienen reconocidos los derechos de ciudadan¨ªa, que abarcan desde cobertura sanitaria a los diferentes derechos sociales. Las familias afectadas reclaman con raz¨®n una salida al embrollo jur¨ªdico, y alegan que no han cometido ninguna irregularidad pues se han acogido a una posibilidad legal en otro pa¨ªs.
Una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del 26 de junio pasado ha abierto la puerta a una posible soluci¨®n. Se trata de una resoluci¨®n contra Francia por una situaci¨®n muy similar, por lo que es aplicable a nuestro pa¨ªs. Afirma que los derechos del menor est¨¢n por encima del respeto al orden p¨²blico legal. La soluci¨®n parece estar clara: permitir la inscripci¨®n de los ni?os, siempre que el pa¨ªs de subrogaci¨®n garantice la correcci¨®n legal del proceso. La dificultad radica en definir las exigencias de esa correcci¨®n legal. La garantiza sin duda EE?UU, al que recurren la mayor parte de las familias, pues el proceso se realiza bajo supervisi¨®n judicial. Pero en otros pa¨ªses, como Rusia, Ucrania o Tailandia, donde el proceso es mucho m¨¢s barato, no se dan las mismas garant¨ªas. Parece razonable que se exija la m¨¢xima correcci¨®n, porque eso es lo que garantiza la seguridad jur¨ªdica, aunque el control puede ser tambi¨¦n de car¨¢cter administrativo.
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