El futuro del pasado
La regulaci¨®n del 'copyright' debe incluir medidas eficaces de lucha contra la pirater¨ªa
Dedicado al maestro Paco de Luc¨ªa
Actualmente estamos inmersos en la creaci¨®n e impulso de nuevas regulaciones nacionales e internacionales en materia de derechos de propiedad intelectual, que deber¨ªan adaptar su actual configuraci¨®n a una nueva arquitectura transversal de los negocios, combinando la ciencia jur¨ªdica con la nueva realidad tecnol¨®gica, educativa, social, laboral, econ¨®mica y cultural. As¨ª, el Congreso de los Estados Unidos ha pedido a la Oficina del Copyright de ese pa¨ªs que revise y aborde, entre otros, los conceptos de derecho de puesta a disposici¨®n y comunicaci¨®n p¨²blica, o como han de aplicar las leyes internacionales y los tratados OMPI (Organizaci¨®n Mundial de la Propiedad Intelectual) en el contexto digital.
Tambi¨¦n en la Uni¨®n Europea, am¨¦n de nuevas directivas sobre la materia, se est¨¢ trabajando tanto en dosieres relacionados con la lucha contra la pirater¨ªa como en un libro blanco del copyright o de revisi¨®n del copyright. Todo lo anterior coincide con el proyecto de reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual as¨ª como con la pr¨®xima reforma del C¨®digo Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en Espa?a.
Para construir el futuro del copyright hay que beber del pasado del derecho de autor, las innovaciones deben entenderse como una nueva energ¨ªa, una energ¨ªa pegada a la realidad y encaminada a dar respuesta a los nuevos negocios digitales, a las nuevas distribuciones en l¨ªnea y a las licencias globales. El car¨¢cter transfronterizo y globalizado de los mercados de explotaci¨®n de obras y prestaciones protegidas obliga a una redefinici¨®n de los conceptos tradicionales de la gesti¨®n de derechos, as¨ª como a una nueva formulaci¨®n y regulaci¨®n de los mismos.
El car¨¢cter transfronterizo y globalizado de los mercados obliga a una redefinici¨®n del concepto de derechos de autor?
Se han multiplicado los canales de cualquier emisor impulsados eficazmente por nuevos mecanismos de conexi¨®n social, emocional y cultural, ese es el nuevo contexto global por donde hay que caminar para legislar. Fen¨®menos hasta ahora ajenos a la propiedad intelectual han aparecido para revolucionarla; servicios a la carta o de streaming, descargas, movilidad, portabilidad, inmediatez, interactuaci¨®n e interactividad junto con sitios web donde podemos subir y compartir obras; canales de entretenimiento on line, aplicaciones, redes sociales, agregadores de radios y la nube, todos modifican el escenario del comercio internacional.
En el citado contexto nos encontramos ya con casi 7.000 millones de m¨®viles, donde la importancia de la creaci¨®n y de los derechos son un elemento al que nada le es ajeno y un motor esencial para los ciudadanos. La sociedad ya es una sociedad de internautas que interact¨²an entre s¨ª de manera instant¨¢nea y global, donde las noticias, la lectura, los museos interactivos, las bibliotecas digitales, la m¨²sica, las series de televisi¨®n y animaci¨®n, las retransmisiones deportivas, los videojuegos, el disfrute de un concierto, las tiendas virtuales, las aplicaciones o cualquier hecho cotidiano relacionado con ocio, educaci¨®n, tecnolog¨ªa, investigaci¨®n y conocimiento son ya un nuevo universo; su planeta es la Red y su sat¨¦lite son los contenidos.
El copyright construido con los cimientos dise?ados hace m¨¢s de 300 a?os por los grandes maestres del derecho de autor deber¨¢ ser una fuerza inspiradora del futuro para la innovaci¨®n, el talento, el crecimiento y el progreso social y cient¨ªfico. Los negocios de copyright en las redes digitales puede ser un nuevo yacimiento de empleo.
Para la conquista y el crecimiento de los citados yacimientos de manera sostenible, hemos de asegurar que los cambios legislativos se est¨¢n construyendo con s¨®lidos cimientos para el hoy y el ma?ana y se deben analizar previamente las contradicciones, impulsar reglas de juego limpio, defender la armonizaci¨®n internacional frente a los privilegios, consolidar derechos, evitar los dobles pagos de licencias a modo de dobles imposiciones, potenciar la libre circulaci¨®n efectiva de derechos, defender la remuneraci¨®n equitativa para los titulares as¨ª como la acreditaci¨®n de la titularidad por modalidades de explotaci¨®n.
Es preciso determinar si los enlaces deben ser considerados como una parte de la comunicaci¨®n p¨²blica?
Es preciso estudiar las nuevas realidades y evoluciones de la comunicaci¨®n p¨²blica, y determinar si los enlaces deben ser considerados una parte de ella. En definitiva, se han de promover medidas reales y eficaces de protecci¨®n y defensa de los derechos y de lucha contra la pirater¨ªa digital, incluyendo medidas efectivas de bloqueo de los actos ilegales.
Intensificar en este aspecto la cooperaci¨®n internacional, y la inclusi¨®n de medidas globales de lucha contra la pirater¨ªa digital en los pr¨®ximos tratados internacionales, siendo el pr¨®ximo Tratado de Libre Comercio de la Uni¨®n Europea con EE?UU una gran oportunidad, al igual que el Proyecto de Tratado de la OMPI sobre la Protecci¨®n de los derechos de los organismos de radiodifusi¨®n en Internet. La pirater¨ªa logra un gran efecto: ganan unos pocos y perdemos todos, y a la vez, se eleva proporcionalmente la precariedad educativa, cultural, econ¨®mica y social de un pa¨ªs.
Dec¨ªa el maestro Paco de Luc¨ªa que ¡°las neveras est¨¢n vac¨ªas¡±, y me atrevo a decir que el alma de la creaci¨®n est¨¢ vac¨ªa si no se pone freno a la pirater¨ªa y si no mimamos y cuidamos los derechos de propiedad intelectual como derechos econ¨®micos, sociales y como patrimonio de la comunidad.
Va por usted, maestro.
Jos¨¦ Manuel G¨®mez Bravo es abogado, experto en Propiedad Intelectual y en Industrias Culturales.
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