Sostenibilidad del sistema de pensiones
Est¨¢n ya aplic¨¢ndose reformas importantes en la vertiente del gasto, incluso con bastante riesgo de que aumente la pobreza en la vejez
?C¨®mo se debe o se puede financiar la Seguridad Social y, por tanto, el sistema de pensiones? No es nuevo el tema. En 1989-1990 se plante¨® parecida cuesti¨®n. Era necesario superar el paradigma de la financiaci¨®n basada en las cotizaciones sociales (prestaciones econ¨®micas, asistencia sanitaria y servicios sociales) para encontrar recursos adicionales que permitieran el desarrollo del modelo protector sin aumentar el coste del factor trabajo. Desde entonces los Presupuestos Generales del Estado recogen la correspondiente consignaci¨®n presupuestaria que financia una parte de los gastos de la Seguridad Social, lo cual permiti¨®: la pr¨¢ctica universalizaci¨®n de la asistencia sanitaria; la creaci¨®n de pensiones y prestaciones familiares no contributivas que protegen a m¨¢s de medio mill¨®n de personas; la sustituci¨®n de las cotizaciones sociales por recursos provenientes de los impuestos como forma de financiar la parte de las pensiones m¨ªnimas contributivas que se complementan para garantizar la cuant¨ªa establecida; y, unos a?os despu¨¦s, poder reducir el tipo de cotizaci¨®n del R¨¦gimen General en cinco puntos, situ¨¢ndolo en el 28,30%, porcentaje que se mantiene desde entonces.
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Este cambio fue el comienzo de la diversificaci¨®n de las fuentes de financiaci¨®n, considerando como recursos del sistema las cotizaciones y las aportaciones estatales finalistas, trayectoria que se afianz¨® en los a?os posteriores.
La tendencia que marc¨® esta reforma fue recogida en el Pacto de Toledo (acuerdo vigente desde 1995, aunque actualmente con un pulso vital muy bajo). La primera de las recomendaciones de dicho pacto sobre el futuro del sistema se refiere a la ¡°Separaci¨®n y clarificaci¨®n de las fuentes de financiaci¨®n¡±, se?al¨¢ndose que ¡°la financiaci¨®n de las prestaciones de naturaleza contributiva depender¨¢ b¨¢sicamente de las cotizaciones sociales y la financiaci¨®n de las prestaciones no contributivas y universales exclusivamente de la imposici¨®n general¡±. Principio que igualmente est¨¢ contenido en la Ley General de la Seguridad Social (art. 109) y que permite profundizar en la evoluci¨®n de la estructura financiera del Sistema.
Hoy, con una realidad econ¨®mica, laboral y demogr¨¢fica en constante cambio es necesario avanzar en ese camino. En primer lugar: ampliando el ¨¢mbito de la financiaci¨®n de la modalidad no contributiva a las prestaciones cuyo importe no guarde proporci¨®n con el esfuerzo de cotizaci¨®n, como por ejemplo las pensiones del antiguo Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez de cuant¨ªa fija (actualmente 359.000 prestaciones). Por tanto, debe profundizarse en el an¨¢lisis de la naturaleza de las prestaciones y de los gastos de gesti¨®n y funcionamiento comunes a efectos de la financiaci¨®n. En segundo lugar: no destinando recursos contributivos para desarrollar pol¨ªticas de promoci¨®n econ¨®mica y de empleo, como son las numerosas reducciones de cotizaciones sociales, y en caso de estimarse oportunas estas medidas compensarse con las correspondientes transferencias estatales.
Y, en tercer lugar, tanto considerando lo se?alado en el Pacto de Toledo como lo establecido en la Ley General de Seguridad Social, si bien las cuotas sociales deben constituir la financiaci¨®n b¨¢sica de las prestaciones contributivas, es oportuno considerar que para lograr la estabilidad financiera del Sistema, sin crear un coste adicional al factor trabajo, debe contemplarse como segunda fuente de financiaci¨®n de la modalidad contributiva la aportaci¨®n del Estado. Es una necesidad que tender¨¢ a ser creciente teniendo en cuenta la evoluci¨®n demogr¨¢fica y el proceso de automatizaci¨®n del trabajo.
Pero la sostenibilidad del Sistema, su equilibrio presupuestario, depende tanto de los recursos disponibles como de la evoluci¨®n de los gastos. Y en la vertiente de las prestaciones hay que se?alar que, siguiendo la l¨ªnea marcada por la UE, est¨¢n en ejecuci¨®n reformas importantes que refuerzan el car¨¢cter contributivo de nuestro modelo, estableciendo una mayor proporcionalidad entre esfuerzo contributivo y cuant¨ªa de la prestaci¨®n, a la vez que tratan de reducir el efecto en el gasto de pensiones del crecimiento de la esperanza de vida. Son reformas en aplicaci¨®n progresiva, desde enero de 2013, que moderaran significativamente la tendencia futura del gasto. As¨ª, se ha retrasado la edad de jubilaci¨®n a los 67 a?os; el c¨¢lculo de la base reguladora sobre la que se determina la pensi¨®n se realiza sobre el promedio de las cotizaciones de los ¨²ltimos 25 a?os frente a los 15 anteriores; el 100% de la base reguladora se alcanza con 37 a?os cotizados en lugar de 35; al c¨¢lculo de la pensi¨®n se aplicar¨¢ el ¡°factor de sostenibilidad¡±, coeficiente determinado en funci¨®n de la variaci¨®n de la esperanza de vida y que generalmente supondr¨¢ una reducci¨®n adicional de la cuant¨ªa de la prestaci¨®n; se penaliza las jubilaciones anticipadas; se ha incentivado el mantenimiento en la vida activa y, pr¨¢cticamente, en el ¨²ltimo lustro no se han actualizado las pensiones ya causadas.
Es necesario introducir cambios en la financiaci¨®n de la modalidad contributiva de la Seguridad Social, sin que suponga en las prestaciones p¨¦rdida o menoscabo
En definitiva, est¨¢n ya aplic¨¢ndose reformas importantes en la vertiente del gasto, incluso con bastante riesgo de que aumente la pobreza en la vejez. Queda, para reforzar la estabilidad del sistema de pensiones, la necesidad de introducir cambios en la financiaci¨®n de la modalidad contributiva de la Seguridad Social, sin que suponga en las prestaciones p¨¦rdida o menoscabo de su naturaleza contributiva. Todo ello m¨¢s all¨¢ de la recuperaci¨®n y utilizaci¨®n del Fondo de Reserva que tiene una funci¨®n importante en la coyuntura econ¨®mica, pero que no supone la base de la sostenibilidad financiera del Sistema a largo plazo. ?Qu¨¦ figura impositiva o partida del Presupuesto del Estado debe aplicarse a la financiaci¨®n de la Seguridad Social contributiva? Es otra discusi¨®n, o si se quiere la segunda parte de la cuesti¨®n, pero antes hay que abordar la primera: decidir la diversificaci¨®n de las fuentes de los recursos que cubran las prestaciones sociales contributivas.
Adolfo Jim¨¦nez Fern¨¢ndez es economista, ex-Secretario General de la Seguridad Social y Profesor Honor¨ªfico Investigador de la Universidad de Alcal¨¢
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