Un condenado por yihadista, ?es un yihadista?
EL PA?S public¨® el pasado 24 de febrero un art¨ªculo en el que se relataba la peripecia judicial de un preso que cumple condena en Marruecos por su participaci¨®n en el atentado terrorista de Casablanca. La informaci¨®n, -La justicia rechaza indemnizar a un yihadista extraditado y torturado - explicaba con detalle el caso de Al¨ª Aarrass, detenido en Espa?a en 2006 por presunta vinculaci¨®n con terroristas, puesto en libertad y vuelto a detener tras recibir la justicia espa?ola una petici¨®n de extradici¨®n de Marruecos que, finalmente, fue concedida. Amnistia Internacional Espa?a me ha escrito una carta solicitando que se elimine del titular el t¨¦rmino yihadista, alegando que su condena se basa en una confesi¨®n extra¨ªda mediante torturas.
Una primera carta de Amnist¨ªa me lleg¨® nada m¨¢s publicarse la noticia. La firmaba Olatz Cacho, responsable del trabajo sobre Marruecos de Amnist¨ªa Internacional Espa?a, y en ella se?alaba su sorpresa por el titular que, dec¨ªa, califica err¨®neamente como yihadista a Ali Aarrass y reclamaba al diario una rectificaci¨®n del t¨¦rmino. Tras mi inicial respuesta, con la negativa del peri¨®dico a este cambio, Olatz Cacho me escribi¨® una segunda carta en la que insiste en esa petici¨®n alegando, entre otras cosas, que la extradici¨®n se llev¨® a cabo pese a la preocupaci¨®n que suscitaba en el Comit¨¦ contra la Tortura de Naciones Unidas, que no dio cr¨¦dito a las garant¨ªas diplom¨¢ticas ofrecidas por Marruecos en el sentido de que el preso no ser¨ªa condenado a muerte ni a cadena perpetua. Y respecto al grado de responsabilidad de Aarrass en los hechos por los que fue condenado, precisa:
Dado que en el juicio en el que fue condenado, la ¨²nica prueba presentada por el fiscal fue su confesi¨®n a pesar de que Ali Aarrass dijo a un juez de instrucci¨®n que su confesi¨®n se hab¨ªa obtenido mediante tortura. Habiendo sus abogados denunciado estos hechos, no han sido investigados con arreglo a las normas internacionales recogidas en el Protocolo de Estambul (Manual para la investigaci¨®n y documentaci¨®n eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes) que se aplica internacionalmente en los casos de tortura.
La carta abunda en detalles que recoge el propio art¨ªculo y que vendr¨ªan a confirmar que el detenido sufri¨® torturas en la prisi¨®n marroqu¨ª. Tambi¨¦n subraya que el citado organismo de Naciones Unidas ha demostrado que Espa?a incumpli¨® el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos al extraditar a Aarrass, lo que anim¨® a este a pedir al Gobierno que le indemnizara.
En base a ello, Cacho concluye: No parece que sea correcto aceptar la condena del tribunal de Marruecos como ajustada al derecho y por lo tanto asumir como bueno que Ali Aarrass sea un terrorista, que es lo que dice literalmente el titular de la noticia. Una alternativa ser¨ªa traer "presunto" al titular ("La justicia rechaza indemnizar a un presunto yihadista extraditado y torturado").
Jos¨¦ Mar¨ªa Irujo, jefe de la secci¨®n de Investigaci¨®n que firmaba la noticia junto al redactor Jos¨¦ Antonio Hern¨¢ndez, no est¨¢ de acuerdo con el an¨¢lisis de Amnist¨ªa. Y explica al respecto lo siguiente:
La petici¨®n de Amnist¨ªa Internacional Espa?a de que modifiquemos nuestro titular suprimiendo la palabra yihadista carece de fundamento. Al¨ª Aarrass fue detenido el 6 de noviembre de 2006 por su presunta colaboraci¨®n con los atentados de Casablanca y un d¨ªa m¨¢s tarde fue puesto en libertad bajo fianza. Tres a?os despu¨¦s la Audiencia Nacional dict¨® un auto de sobreseimiento de su caso, tal y como recog¨ªa nuestra informaci¨®n. Pero un a?o antes el Tribunal de Apelaciones de Rabat ( Marruecos) emiti¨® una orden de b¨²squeda y captura internacional por actividades terroristas lo que provoc¨® una nueva detenci¨®n e ingreso en prisi¨®n provisional de orden del juez Baltasar Garz¨®n. El Reino de Marruecos solicit¨® su extradici¨®n, el Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 1 ratific¨® la prisi¨®n y la Secci¨®n Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional declar¨® procedente la extradici¨®n. El juez de instrucci¨®n y los magistrados de la citada Sala no acordaron su detenci¨®n y entrega por presuntos delitos comunes o de otra naturaleza, sino por sus presuntas actividades yihadistas y su relaci¨®n con los ataques de Casablanca. El 24 de noviembre de 2011 Al¨ª Aarrass fue condenado a 15 a?os de prisi¨®n por un tribunal de Marruecos y en apelaci¨®n su pena se redujo a 12 a?os. La condena fue por actividades terroristas.
Nuestra informaci¨®n recoge con detalle las torturas, acreditadas por el Comit¨¦ de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que sufri¨® Al¨ª Aarrass y las peticiones de este organismo a Espa?a y a los jueces para que no fuera extraditado. Tambi¨¦n, la supuesta violaci¨®n del art¨ªculo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos que, seg¨²n este organismo, supuso esta extradici¨®n. A modo de recordatorio citamos la investigaci¨®n de este peri¨®dico en 2007 sobre las torturas que sufrieron otros dos presos en la c¨¢rcel de Temara, la misma en la que estuvo Aarrass. Sus testimonios son muy parecidos y nos pareci¨® relevante hacerlo. Las torturas que sufri¨® Al¨ª Aarrass no pueden anular la evidencia de que fue investigado, detenido, extraditado y condenado por terrorismo yihadista.
Entiendo que las razones de Irujo son convincentes. EL PA?S est¨¢ obligado a informar a sus lectores de la verdad de los hechos. En este caso, de las torturas sufridas por Ali Aarrass, pero tambi¨¦n tiene que respetar las sentencias de la Justicia, de otro modo nos constituir¨ªamos nosotros en jueces por encima de los tribunales.
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