El Supremo alem¨¢n permite a un padre vacunar a su hija, a pesar de la oposici¨®n de la madre
El tribunal sentencia que "el poder decisorio debe ser concedido al progenitor cuya propuesta se aproxima m¨¢s al bienestar de la menor"
En los ¨²ltimos a?os, el auge del movimiento antivacunas ha resucitado enfermedades consideradas erradicadas, como sucedi¨® con el sarampi¨®n en Estados Unidos, por desconocimiento o desconfianza, basada en falsas creencias como que las vacunas provocan autismo. En algunos casos, la intenci¨®n de vacunar o no llega a confrontar a padres y madres, que llegan hasta los tribunales.
El ¨²ltimo caso llega desde Alemania donde este martes, el Tribunal Supremo ha sentenciado permitir a un padre vacunar a su hija, con la que no convive, en contra de la opini¨®n de la madre, con la que comparte la custodia de la menor, nacida en 2012.
El caso comenz¨® en el a?o 2015 cuando ambos progenitores pidieron la custodia exclusiva sanitaria de la peque?a, seg¨²n se informa en un comunicado. El padre, a favor de vacunar y la madre en contra, alegando que el riesgo por posibles da?os resultantes de las vacunaciones pesaba m¨¢s que el riesgo general de infecci¨®n. Y con una petici¨®n. La madre solo aceptar¨ªa inmunizar a la peque?a, que vive con ella, si los m¨¦dicos pueden garantizar que no habr¨¢ ning¨²n efecto secundario da?ino.
El progenitor ha ganado todos los juicios. En el primero consigui¨® el derecho exclusivo de decidir sobre la vacunaci¨®n, la madre recurri¨®. En el segundo, aunque el tribunal ratific¨® la sentencia, limit¨® los permisos a las vacunas de t¨¦tanos, difteria, tosferina, neumococos, rotavirus, meningococos C, sarampi¨®n, parotiditis y rubeola. La madre volvi¨® a recurrir. Y finalmente, el caso ha llegado al Tribunal Supremo alem¨¢n.
El Supremo rechaz¨®, el pasado 3 de mayo, el recurso presentado por la madre y record¨® que la ley establece que en caso de disputa en asuntos de "considerable importancia para el menor", en este pa¨ªs, el Tribunal de Familia puede conceder la custodia en exclusividad a uno de los progenitores, si este as¨ª lo ha solicitado.
"El poder decisorio debe ser concedido al progenitor cuya propuesta se aproxima m¨¢s al bienestar de la menor", subraya la Corte. "Consideramos que est¨¢ mejor capacitado el padre para decidir acerca de la aplicaci¨®n de las citadas vacunas a la menor, al no existir, adem¨¢s, circunstancias que apunten a un riesgo para la ni?a". "El progenitor debe orientarse en las recomendaciones de la Comisi¨®n Permanente de Vacunaci¨®n (STIKO), consideradas por esta Corte como est¨¢ndar m¨¦dico", a?aden. La STIKO alemana recomienda vacunar dos veces contra el sarampi¨®n, por ejemplo, por lo que las autoridades sanitarias aconsejan a todos los adultos volverse a inmunizar si en su infancia solo se les aplic¨® una vez.
El Tribunal desech¨® las objeciones de la madre, que basaba sus argumentos en el "lamentable lobby que ejercen la industria farmac¨¦utica y la comunidad m¨¦dica".
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