Votar es normal
Afirmar que votar es democr¨¢tico es no decir nada. No votar¨ªamos la eliminaci¨®n de los ancianos y hay grupos de mafiosos que deciden sus asesinatos mediante el voto. La materia de elecci¨®n es digna de reflexi¨®n y tambi¨¦n qui¨¦n debe hacerlo
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Votar es normal. Votar es democr¨¢tico. Votar es un derecho. Frases o esl¨®ganes de este tipo se ven escritas en muros y paredes a lo largo y ancho de la Catalu?a profunda. Y tambi¨¦n se repiten en entrevistas y cen¨¢culos pol¨ªticos.
Dejando al margen el dato que los muros, algunos hist¨®ricos, son el papel de los analfabetos, la pol¨¦mica est¨¢ servida. Nos referimos a la verdad o falsedad que encierran anuncios semejantes, referidos concretamente al tatareado refer¨¦ndum soberanista del pr¨®ximo 1 de octubre.
A simple vista las frases no merecen cr¨ªtica. Sin embargo, m¨¢s all¨¢ del efecto primario y positivo que produce todo anuncio publicitario, pues se trata de convencer al cliente o lector de forma instintiva e inmediata, es lo cierto que no superan el examen de la sana cr¨ªtica.
?Alguien puede defender que someter a votaci¨®n la comisi¨®n de un delito es un acto democr¨¢tico?
En primer lugar, hay que decir que votar no es precisamente sin¨®nimo de normal, entendido como habitual o cotidiano. Al contrario, es un acto complejo, por eso no votamos todos los d¨ªas. Votar requiere agrupar voluntades. Sirve para formar la voluntad de los ¨®rganos sociales. Cuando las decisiones afectan a un grupo social, l¨¦ase familia, municipio o estado, algunas decisiones, y no todas, se someten a la votaci¨®n de la mayor¨ªa, aunque la experiencia va mostrando que es mejor delegar la mayor parte de las decisiones a un representante, que decide sin necesidad de votaci¨®n: paterfamilias, alcalde y jefe de gobierno, en los ejemplos citados.
En segundo lugar, afirmar sin m¨¢s que votar es democr¨¢tico es no decir nada. Porque votar puede ser democr¨¢tico o no. Depende. Y aqu¨ª reside el n¨²cleo del problema. Qu¨¦ se vota, qui¨¦n vota y c¨®mo se vota, son elementos esenciales para saber si, efectivamente, la votaci¨®n culmina o no un proceso democr¨¢tico. La mejor explicaci¨®n corre a cargo de los ejemplos. ?Alguien puede defender que someter a votaci¨®n la comisi¨®n de un delito es un acto democr¨¢tico? De modo m¨¢s concreto, ?puede una sociedad democr¨¢tica someter a votaci¨®n la eliminaci¨®n de los ancianos? Los asesinatos mafiosos se deciden por votaci¨®n en el seno del grupo vengador. Ejemplos tan perversos demuestran palmariamente que votar per se puede ser lo m¨¢s contrario a lo que entendemos por democr¨¢tico.
Tambi¨¦n importantes son los conocidos qu¨®rum de asistencia, que al menos exigen la mitad del censo
Si de la materia objeto de votaci¨®n pasamos a quien vota, la afirmaci¨®n seg¨²n la cual todo el mundo tiene derecho al voto, tampoco supera las reglas de la sana cr¨ªtica. Identificar con claridad el sujeto o los sujetos legitimados para expresar el voto, que no son todos, es otra condici¨®n esencial del proceso democr¨¢tico. Es obvio que los sujetos ajenos al grupo afectado por la votaci¨®n no deben participar en el proceso. Los espa?oles no votan en las elecciones legislativas francesas, y viceversa.
La tercera limitaci¨®n, que se a?ade al objeto y a los sujetos, se refiere al procedimiento de votaci¨®n. El acto colectivo de la votaci¨®n exige respetar un procedimiento. El proceso es otra exigencia o garant¨ªa m¨¢s para que la votaci¨®n sea democr¨¢tica. Lo ser¨¢ si, adem¨¢s, cumple el procedimiento legalmente establecido. Reglas tales como el anuncio conteniendo el d¨ªa, lugar y horario habilitado para la votaci¨®n; claridad de la propuesta sujeta a votaci¨®n; fiabilidad del censo; composici¨®n de las mesas electorales con presencia de interventores; recuento y control externo e independiente de los resultados, entre otras, son alguna de las condiciones esenciales que validan la votaci¨®n como acto democr¨¢tico.
Si trasladamos las observaciones anteriores a la propuesta del llamado refer¨¦ndum catal¨¢n que pretende celebrarse el pr¨®ximo 1 de octubre se puede concluir lo siguiente.
En primer lugar, la materia objeto de votaci¨®n es la posible fractura o divisi¨®n de la soberan¨ªa del pueblo espa?ol. Pero es discutible que Catalu?a sea una naci¨®n porque existen argumentos razonables a favor y en contra. Sin embargo, contrasta con esa discusi¨®n, la afirmaci¨®n secular de que Espa?a es una naci¨®n. Por tanto, la soberan¨ªa es del pueblo espa?ol en su conjunto. Entonces ?c¨®mo se justifica democr¨¢ticamente que una parte pueda apropiarse o decidir sobre el todo? Cualquier respuesta distinta del no carece de todo fundamento. Y m¨¢s grave resulta camuflarlo con esl¨®ganes democr¨¢ticos. En este caso, el anuncio publicitario se degrada hasta convertirse en mendaz y estrafalario.
Es como si en una comunidad de vecinos, los inquilinos del sexto izquierda, que por cierto hablan otro idioma y adem¨¢s son y se sienten extranjeros, deciden autorregularse dictando sus propias normas de convivencia. A los independentistas catalanes hay que recordarles que el territorio enmarcado en Catalu?a no es de los que voten en el citado refer¨¦ndum sino de todos los espa?oles. Entonces, ?c¨®mo van a decidir sobre algo que no les pertenece?
Por otro lado, es harto discutible que el sujeto llamado a votar sea el leg¨ªtimo en t¨¦rminos democr¨¢ticos. F¨¢cilmente se comprende que el objeto y el sujeto est¨¢n ¨ªntimamente vinculados y lo que se vota condiciona la elaboraci¨®n del censo electoral. Pero hay m¨¢s.
Cabe preguntarse si la residencia o vecindad civil, como parece que exige el supuesto refer¨¦ndum, es t¨ªtulo suficiente para garantizar una votaci¨®n democr¨¢tica sobre cuesti¨®n tan relevante. Volvamos a los ejemplos. Llama la atenci¨®n que miles de extranjeros por raz¨®n de nacionalidad, pero con residencia en Catalu?a puedan decidir la secesi¨®n de una parte de Espa?a y, en cambio, no puedan votar los nacidos y crecidos en Catalu?a, pero residentes en el extranjero o en el resto de Espa?a. ?C¨®mo es posible que un conocido catal¨¢n, con m¨¢s de cinco generaciones catalanas, que habitualmente se expresa en su lengua materna catalana, pr¨®cer de las letras y artes catalanas pero residente en Madrid por razones laborales, no pueda votar sobre el destino de Catalu?a? Privar el voto a ese colectivo es un dislate tan monumental que deslegitima por si solo la totalidad del proceso. Correlativamente, a ese grupo hay que a?adir aquellos que, no teniendo antecedentes catalanes, no hablan catal¨¢n, ni se sienten catalanes pues siguen fieles a su cultura y tradiciones navarras, gallegas o andaluzas, por citar algunos ejemplos, pero residen en Catalu?a, y solo por ese v¨ªnculo administrativo pueden votar y decidir el futuro de ese territorio. En resumen, cuestiones de nacionalidad, como es la soberan¨ªa nacional, se deciden sobre criterios de nacionalidad y no de residencia.
Las reflexiones anteriores, necesariamente breves, dejan al margen condiciones no menos importantes, cuyas ausencias invalidan, m¨¢s todav¨ªa, el proceso. Son los conocidos qu¨®rums de asistencia o participaci¨®n, que como m¨ªnimo exigen la mitad del censo. Y es, por supuesto, el requisito de la mayor¨ªa reforzada de la votaci¨®n, equivalente a dos tercios, negando validez a la propuesta que gana por un voto. Son las denominadas mayor¨ªas reforzadas de participaci¨®n y votaci¨®n exigidas habitualmente cuando se pretende reformar las bases esenciales de cualquier tipo de sociedad, empezando por las sociedades civiles y mercantiles. ?Qu¨¦ menos se va a exigir para modificar la estructura territorial de un Estado secular, democr¨¢tico y soberano como es el Estado Espa?ol?
Ignacio Arroyo Mart¨ªnez es catedr¨¢tico de Universidad y Abogado.
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