Catalu?a y la UE: la paradoja de la soberan¨ªa
El estatus de Catalu?a en la UE depender¨ªa de ¨¦sta, obviamente influida por Espa?a
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El movimiento independentista catal¨¢n asume que, llegado el momento de su independencia, sea esta el resultado de un acuerdo con Espa?a o incluso una declaraci¨®n unilateral, Catalu?a se convertir¨¢ de manera autom¨¢tica (en las visiones m¨¢s optimistas) o con un proceso de adhesi¨®n corto y sencillo, en Estado miembro de pleno derecho del club. Los argumentos legales por lo que esto no puede ser as¨ª se han dado en numerosas ocasiones, pero quiero incidir en las razones aportadas por el independentismo para asumir la pertenencia al club. Mi tesis es que, una vez que Catalu?a ganase, hipot¨¦ticamente, su soberan¨ªa, las decisiones sobre su status quo dentro de la UE no depender¨ªan de ella sino de otros 28 (o 27) Estados, creando una ¡°paradoja de la soberan¨ªa¡±: convertirse en Estado soberano puede significar que el mantenimiento del status quo deja de depender de uno mismo y pasa a depender de terceros.
Los independentistas argumentan, primero, que una decisi¨®n democr¨¢tica no puede ser ignorada por la UE, apelando al valor de democracia inscrito en los propios tratados. Este argumento se elabor¨® de forma m¨¢s extensa en relaci¨®n a Escocia, pero en el caso catal¨¢n se alarga para cubrir tambi¨¦n el hipot¨¦tico caso de una independencia unilateral. Hay dos objeciones poderosas contra esta afirmaci¨®n: por una parte, nada en el derecho, ni en la ¨¦tica, obliga a tener en cuenta las decisiones democr¨¢ticas de un pa¨ªs por parte de otros que tambi¨¦n lo son. ?Por qu¨¦ Estados terceros deben aceptar los efectos de una decisi¨®n democr¨¢tica tomada por otra unidad soberana? El caso del refer¨¦ndum griego sobre la aceptaci¨®n o no del paquete de rescate y la reacci¨®n de los socios comunitarios ilustra perfectamente la nula capacidad de una sociedad de imponer decisiones democr¨¢ticas a otras (n¨®tese que no se habla aqu¨ª de las externalidades, es decir, consecuencias inevitables para terceros, sino de la aceptaci¨®n activa de decisiones democr¨¢ticas).
La segunda objeci¨®n tiene que ver con la afirmaci¨®n, realizada por alg¨²n jurista con posiciones pr¨®ximas al independentismo, de que la UE tendr¨ªa que reconocer una secesi¨®n unilateral si esta es democr¨¢tica, apelando de nuevo al valor de democracia contenido en el propio tratado. Y se dice que, enfrentada una decisi¨®n democr¨¢tica unilateral a otros valores contenidos en el mismo, como el respeto por la integridad territorial o el Estado de derecho, la UE tendr¨ªa que arbitrar entre esos valores. En realidad, es inconcebible dentro de la UE separar y enfrentar los valores que la sustentan: respeto por los derechos fundamentales, Estado de derecho y democracia est¨¢n indisolublemente ligados y apelar a uno frente a los dem¨¢s revela, en realidad, una pobre comprensi¨®n de c¨®mo esas nociones se han construido en el contexto europeo. De hecho, las derivas iliberales de los actuales Gobiernos de Polonia y Hungr¨ªa se escudan en la realizaci¨®n de la voluntad democr¨¢tica pero han encontrado el muro de contenci¨®n levantado por la UE en torno a la defensa del Estado de derecho (y, m¨¢s espec¨ªficamente, de la separaci¨®n de poderes).
El segundo argumento apela a la privaci¨®n de derechos para los ciudadanos catalanes y a que la UE no podr¨¢ prescindir de una econom¨ªa rica con 7 millones de personas. Sobre el segundo punto, la reacci¨®n al Brexit muestra que la UE puede sobrevivir sin desgarro a la separaci¨®n de 66 millones de personas as¨ª que no parece que este argumento tenga mucha fuerza.
En cuanto al mantenimiento de los derechos de los ciudadanos catalanes, se podr¨ªa construir un argumento con una cierta fuerza moral aunque con un componente c¨ªnico: adoptar decisiones democr¨¢ticas implica asumir las consecuencias de las mismas. La UE podr¨ªa acordar reg¨ªmenes transitorios para ciudadanos y empresas catalanas, pero esto siempre ser¨ªa una decisi¨®n discrecional de la propia UE y dif¨ªcilmente exigible de manera unilateral. Y, desde luego, los derechos otorgados a los ciudadanos no equivalen a reconocer derechos al nuevo Estado, una confusi¨®n muy extendida entre el mundo independentista. En cualquier caso, el hipot¨¦tico status post-independencia de Catalu?a depender¨ªa de las decisiones de la UE que obviamente, estar¨ªan influidas por uno de sus miembros, Espa?a (como ocurre con Chipre con respecto a la Rep¨²blica Turco chipriota). Paradojas de la soberan¨ªa.
Carlos Closa Montero es profesor de Investigaci¨®n del IPP-CSIC.
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