Jueces, Constituci¨®n y sentencias
Una ley defectuosa no puede absolver al juez culpable de una sentencia manifiestamente injusta. El juez puede hacerlo mejor sin que para ello deban cambiarse antes todas las leyes
Saltan las alarmas, el edificio democr¨¢tico se vac¨ªa, amenaza ruina y sus piedras caen a nuestros pies mientras tememos la que pueda aplastar nuestra cabeza. El final de ¨¦poca est¨¢ a la vista y la sensaci¨®n de desamparo estremece. ?Qu¨¦ pasar¨¢? Los cambios son tan grandes, tan acelerados, tan desordenados, que las antiguas melod¨ªas ya no sirven y, desorientados, vamos de un extremo a otro, dando tumbos, sin escuchar, sin contestar. ?No lo veis? Lo p¨²blico desaparece y simult¨¢neamente se reafirman las antiguas tradiciones y creencias. Todo es desmesuradamente nuevo y al mismo tiempo asoma, otra vez, el espectro de nuestra historia, y mientras unos lo aplauden en silencio, incluso lo esperan, otros desenga?ados intuimos el peligro y desconfiamos de que nuestras ruinosas instituciones puedan garantizar, como es debido, el derecho a la libertad de expresi¨®n o la integridad y dignidad de las mujeres.
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?Qu¨¦ podemos hacer? Estamos en una situaci¨®n m¨¢s vulnerable de lo que parece y tenemos que encontrar un final porque las cosas van muy mal cuando se abandonan a s¨ª mismas, cuando no se interviene, y el siglo XXI necesita urgentemente nuevas reglas (Cebri¨¢n). Pero no todos quieren verlo as¨ª. Para los ilustrados, el trabajo del juez consist¨ªa en una tarea mec¨¢nica, t¨¦cnica. Incluso, hoy, para los juristas dogm¨¢ticos, aquellos que ponen los ojos en blanco cuando hablan del ¡°concepto¡± de ¡°ley¡± o de ¡°principios¡±, la expresi¨®n ¡°poder judicial¡± les sigue sonando preocupante y, en cierta manera, contin¨²an sosteniendo que el juez debe limitarse a la aplicaci¨®n de la ley mediante procesos estrictamente l¨®gicos.
Los hay que siguen considerando a los magistrados como ¡°seres inanimados¡±, casi cosas, lo que les permite mantener que es la ley y no el juez el culpable de sus fallos, errores e injusticias, y desde luego no es as¨ª. En el trabajo del juez, se reconozca o no, intervienen muchas variables y alternativas, m¨²ltiples factores, objetivos y subjetivos, muchas incertidumbres que el juez tiene que despejar y decidir en buena medida como quiere. El juez piensa qui¨¦n es y d¨®nde est¨¢ o no piensa nada. Piensa en su lengua, piensa en su tradici¨®n, su presente y su desaparici¨®n, y estos contenidos est¨¢n en sus sentencias y sin ellos estas resultan ininteligibles. ?C¨®mo podr¨ªa ser de otra forma?
La lecci¨®n es clara, las sentencias tambi¨¦n est¨¢n hechas con el cuerpo y la memoria. Claro que los jueces no tienen que ser esclavos de sus sentimientos, opiniones y preferencias, que no deben hacerles caso, pero precisamente para eso deben tenerlas muy en cuenta. Claro que est¨¢n sometidos, por fuerza, al imperio de la ley, que no pueden inventar o imaginar el Derecho, pero desde luego no tienen m¨¢s remedio que decidirlo, que elegir entre alguna de las posibilidades que les ofrecen las palabras jur¨ªdicas, unas palabras normalmente oscuras, sin due?o y cargadas de valores y realidades, unas palabras que significan mucho m¨¢s de lo que dicen los diccionarios. Incluso, la jurisprudencia no hace presente el pasado.
El final de ¨¦poca est¨¢ a la vista y la sensaci¨®n de desamparo estremece. Lo p¨²blico desaparece
?Hemos hecho bien dejando tanto poder en manos de los jueces? No hay opci¨®n porque el trabajo del juez cobra un nuevo sentido y alcance cuando la Constituci¨®n convierte a la justicia en garant¨ªa ¨²ltima y efectiva de los derechos fundamentales. Cuando la libertad, la igualdad y la justicia misma constituyen un mandato constitucional expreso que el juez debe hacer real y efectivo. Desde este momento de nada puede servirle al juez apelar a la letra de la ley cuando se le puede objetar que no ha respetado los derechos fundamentales de una de las partes o, incluso, los valores y principios constitucionales.
Y qu¨¦ puedo decir de la tan temida judicializaci¨®n de la pol¨ªtica. ?Se quiere decir que las cuestiones pol¨ªticas no son analizables jur¨ªdicamente? Porque, si este es el fondo del reproche, no tiene ning¨²n fundamento, dado que mediante el an¨¢lisis jur¨ªdico de un acto pol¨ªtico no se pretende sustituir por el juez lo que es competencia de los Gobiernos, sino analizar si ¨¦ste respeta no solo la letra de la ley, tambi¨¦n los derechos fundamentales y principios constitucionales que le dan vida. Sin ninguna duda, juzgar a la Administraci¨®n no implica necesariamente gobernar, ni el car¨¢cter pol¨ªtico de un acto puede excluir el conocimiento jur¨ªdico del mismo.
En fin, que los jueces deben prepararse para usar bien los enunciados jur¨ªdicos porque la interpretaci¨®n no es m¨¢s que adiestramiento previo, y la culpa de sus abusos, errores o injusticias no ser¨¢ siempre del sistema ni de las leyes, sino en gran medida de ellos mismos, que tambi¨¦n son responsables individualmente. Una ley defectuosa no puede absolver al juez culpable de una sentencia manifiestamente injusta. En fin, que el juez puede hacerlo mejor, sin que para ello deban cambiarse antes todas las leyes.
El trabajo de juez cobra nuevo sentido cuando la Constituci¨®n convierte a la justicia en garant¨ªa ¨²ltima
Cada juez posee as¨ª la independencia y la capacidad para regular y orientar sus actuaciones, y a esta capacidad la llamamos poder con sus efectos y consecuencias. Pero poder cuya contrapartida es la responsabilidad del juez ante ¨¦l y ante todos, responsabilidad que es la capacidad democr¨¢tica por excelencia, responsabilidad en el ejercicio de sus revaluadas funciones de control. Y no s¨¦ c¨®mo decirlo, pero en esta cuesti¨®n algo cojea, y sin duda es necesario eliminar con garant¨ªas esta imagen popular y no por ello falsa de lo extremadamente dif¨ªcil que resulta exigir responsabilidades en aquellos casos de jueces, fiscales, jurados o abogados autores, de forma reiterada, de errores judiciales, sentencias injustas, actuaciones arbitrarias o, incluso, dejadez o falta de preparaci¨®n. La discusi¨®n no debe centrarse entonces en limitar el poder del juez o simplemente negarlo, sino en mejorar y modernizar los sistemas de selecci¨®n, agilizar los mecanismos de revisi¨®n de sus decisiones e implementar procedimientos efectivos para exigir responsabilidades.
?C¨®mo podemos hacerlo? Conocemos bien la resistencia que hay a los cambios, pero esta vez tenemos algo de suerte, hemos entrado en un proceso de mestizaje judicial, incluso legal, que puede acelerar estas transformaciones. Los jueces europeos son m¨¢s independientes que nunca frente a los dem¨¢s y, en general, creo que tambi¨¦n frente a s¨ª mismos, y en poco tiempo van a tener m¨¢s en com¨²n entre ellos que cada uno con su pasado. Pero atenci¨®n, porque la m¨¢scara de juez imprime un plus de fuerza, una sensaci¨®n de ebriedad, de arrogancia que en ocasiones a¨ªsla y delata. Por eso, en esta profesi¨®n, son tan importantes las neuronas espejo.
Antonio Rovira es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional y director del m¨¢ster en Gobernanza y Derechos Humanos (C¨¢tedra Jes¨²s de Polanco. UAM/Fundaci¨®n Santillana).
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