M¨¢s preguntas que respuestas
El Supremo ha manejado mal su decisi¨®n sobre las hipotecas
La seguridad jur¨ªdica es uno de los principios sobre los que se ha construido el derecho. Aunque no puede ser absoluta, se basa en que los ciudadanos puedan conocer cu¨¢les son las normas y c¨®mo se van a aplicar. Va aparejada al desarrollo y la estabilidad econ¨®mica y social, y se opone a la arbitrariedad y a la retroactividad de las disposiciones no favorables. Es por la importancia de la seguridad jur¨ªdica, consagrada en nuestra Constituci¨®n, que ha causado tanta alarma y preocupaci¨®n el hecho de que una sentencia del Tribunal Supremo haya dejado m¨¢s preguntas que respuestas sobre la aplicaci¨®n de la ley en un asunto que afecta a millones de familias, como la determinaci¨®n de qui¨¦n debe pagar el impuesto de las hipotecas.
Una secci¨®n de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha sentenciado que quien debe abonar el impuesto sobre actos jur¨ªdicos documentados en las escrituras p¨²blicas de pr¨¦stamo con garant¨ªa hipotecaria es la entidad prestamista, no quien recibe el pr¨¦stamo. De que cab¨ªan otras interpretaciones dan fe los votos particulares de la sentencia y el hecho de que el presidente de la Sala lo haya calificado de ¡°giro radical en el criterio jurisprudencial¡±. Pero independientemente de ello, la sentencia ha provocado el desconcierto, la confusi¨®n y el caos en el mercado hipotecario, un gran l¨ªo jur¨ªdico en el que los cazadores de pleitos se frotan las manos. No quedaba claro si los clientes pod¨ªan solicitar indiscriminadamente la devoluci¨®n a Hacienda de las cantidades pagadas en el pasado. La posible avalancha de litigios amenazaba con colapsar los juzgados. La incertidumbre en la aplicaci¨®n de la ley tambi¨¦n ha castigado en Bolsa a los bancos, que han perdido miles de millones de valor ante el riesgo de que Hacienda les trate de cobrar retroactivamente el impuesto.
Por eso, pese a las cr¨ªticas desatadas y a lo inusual del procedimiento, el Supremo hace bien en tratar de clarificar esos extremos. La sentencia dictada es firme y la anulaci¨®n del art¨ªculo del reglamento que se?alaba que el impuesto de las hipotecas lo deben pagar los clientes tambi¨¦n lo es: el Supremo no puede devolverle la validez ni dictar un nuevo reglamento. Lo que s¨ª tiene la obligaci¨®n de hacer es restablecer la seguridad jur¨ªdica, esto es, decidir si confirma o no ese giro interpretativo y, sobre todo, sentar los criterios que clarifiquen qu¨¦ consecuencias se derivan de ello, en especial en lo relativo al car¨¢cter retroactivo de su decisi¨®n: si Hacienda debe devolver el impuesto pagado a los contribuyentes que lo reclamen.
Para todo ello, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha convocado al pleno de la Sala, que decidir¨¢ el 5 de noviembre. El principal error del Supremo ha sido no avocar al pleno desde el principio la decisi¨®n, sea por falta de informaci¨®n o de diligencia del presidente de la Sala, para as¨ª sentar jurisprudencia con claridad sobre los efectos de la sentencia. Tiene la oportunidad de hacerlo en dos semanas. Su mal manejo de la situaci¨®n hace que en la sentencia est¨¦ en juego, tambi¨¦n y lamentablemente, su propio prestigio.
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