Deshaciendo un posible equ¨ªvoco
No existe derecho de autodeterminaci¨®n, como exige el independentismo catal¨¢n, en un pa¨ªs democr¨¢tico, pero el Gobierno espa?ol deber¨ªa mostrar su fuerza e inteligencia aplicando una soluci¨®n de clemencia
El pasado 28 de noviembre, en la Facultad de Derecho de la Universidad Roma Tre, se celebr¨® una mesa redonda. Algunos amigos espa?oles han interpretado que, en aquella ocasi¨®n, yo hab¨ªa mantenido una posici¨®n favorable a la pol¨ªtica y a las actuaciones de los dirigentes del movimiento independentista que dieron lugar al proceso penal celebrado este a?o en Barcelona. Pues bien, creo que esta lectura no refleja adecuadamente mi posici¨®n al respecto, por lo que considero necesario introducir algunas precisiones.
Gran parte de mi intervenci¨®n estuvo dedicada a dos cuestiones. La primera fue la tajante negaci¨®n de la existencia de un derecho a la autodeterminaci¨®n de los pueblos en un pa¨ªs democr¨¢tico en el que, como ocurre en Catalu?a, est¨¦n garantizados los derechos fundamentales de todos. Sostuve la tesis, obvia, de que en las actuales cartas internacionales, el derecho a la autodeterminaci¨®n fue concebido con el fin de promover los procesos de descolonizaci¨®n y, por consiguiente, de liberaci¨®n de las opresiones extranjeras. El independentismo de Catalu?a, una de las regiones m¨¢s ricas de Espa?a, es, en cambio, una forma inaceptable de secesionismo de los ricos. As¨ª lo he sostenido en mi Manifiesto por la igualdad (Trotta, 2019).
La segunda cuesti¨®n, m¨¢s de fondo todav¨ªa, tiene que ver con una amenaza que, aunque sea de distintas formas, est¨¢ envenenando la pol¨ªtica de nuestros pa¨ªses, comenzando por Italia. La extrema peligrosidad, para el futuro de nuestras democracias, de tantos conflictos identitarios promovidos con ¨¦xito creciente por formaciones de extrema derecha cohesionadas por reivindicaciones de tipo nacionalista y a veces racista. Y por una concepci¨®n de la democracia informada por la l¨®gica schmittiana del amigo-enemigo: America first, primero los italianos, no a las invasiones de emigrantes, no a la UE y a sus prescripciones y, en Espa?a, sobre todo, el secesionismo catal¨¢n y el resurgir de los nacionalismos. En Italia ¡ªpero algo similar ha sucedido en EE?UU, en Hungr¨ªa, en Polonia y existe el riesgo de que se produzca tambi¨¦n en Alemania¡ª estas pulsiones y estas pol¨ªticas identitarias est¨¢n continuamente buscando enemigos: la casta de los pol¨ªticos, Europa, los migrantes, los desviados, los extranjeros. A causa de las campa?as demag¨®gicas que se apoyan en el miedo a los diferentes, est¨¢n retornando los nacionalismos y los aldeanismos agresivos y obtusos, que ponen en riesgo el proyecto europeo y pueden envenenar nuestras democracias. Hace algunos a?os, el secesionismo de la Liga Norte en Italia no fue un fen¨®meno folcl¨®rico sino una amenaza a nuestro orden constitucional. Dio vida, primero, el 15 de septiembre de 1996, a una ¡°declaraci¨®n de independencia de la Padania¡± (entidad regional totalmente inventada) y, despu¨¦s, el 25 de mayo de 1997, a un refer¨¦ndum, hoy del todo olvidado, por la independencia y la soberan¨ªa de la Padania, en el que votaron 4.883.863 personas y cuyo resultado fue de un 97% de consensos (naturalmente votaron solo los liguistas, ya que nadie, y menos el Gobierno y la magistratura, lo tom¨® en consideraci¨®n o, mejor, quiso considerarlo una cosa seria). Hoy el Brexit es, de nuevo, el resultado de un nacionalismo ingl¨¦s reaccionario bajo la ense?a de una imposible restauraci¨®n de la pasada identidad imperial, en conflicto, adem¨¢s, con los opuestos nacionalismos escoc¨¦s e irland¨¦s. Y sentimientos nacionalistas de aversi¨®n rec¨ªproca ¡ªitalianos contra alemanes, y viceversa, holandeses y alemanes contra griegos, polacos y h¨²ngaros contra la Uni¨®n Europea¡ª est¨¢n desarroll¨¢ndose en todos los pa¨ªses del continente.
Nos encontramos ante un cl¨¢sico conflicto civil y pol¨ªtico que, tras la condena, justifica un indulto
Pues bien, con mi breve intervenci¨®n en Roma, donde me importaba sobre todo convencer a los estudiantes de la contradicci¨®n entre conflictos identitarios y el respeto de las diferencias en el que se funda la democracia, lo que expres¨¦ fue exactamente lo contrario a la indulgencia con el independentismo catal¨¢n. Mas, precisamente porque los conflictos identitarios, como la experiencia ense?a, se autoalimentan y se radicalizan de no ser mediados y resueltos r¨¢pidamente por la pol¨ªtica, es decir, por el di¨¢logo y el debate, me pareci¨® del todo contraproducente ¡ªtal fue la sustancia de mi intervenci¨®n sobre el proc¨¦s¡ª que una cuesti¨®n eminentemente pol¨ªtica como la catalana fuera tratada solamente con el derecho penal y, en consecuencia, con la carga dramatizadora, criminalizadora y victimizadora que comporta, primero, la prisi¨®n provisional y, despu¨¦s, las dur¨ªsimas condenas. Naturalmente, no conozco la doctrina y la jurisprudencia espa?ola. Est¨¢ claro que, para algunos delitos, como la malversaci¨®n, esto es, por el uso de fondos p¨²blicos para actividades ileg¨ªtimas como el refer¨¦ndum, la acci¨®n penal era absolutamente necesaria. Pero me pareci¨® que una interpretaci¨®n constitucionalmente orientada del precepto del C¨®digo Penal espa?ol relativo al delito de sedici¨®n, es decir, de una figura penal decimon¨®nica que limita siempre con el ejercicio del derecho de reuni¨®n y de protesta pol¨ªtica, habr¨ªa quiz¨¢ hecho posible no condenar por ese delito o la aplicaci¨®n de penas m¨¢s leves.
De cualquier modo, la magistratura ha realizado su trabajo. ?Pero el de los fil¨®sofos y te¨®ricos del derecho no ser¨¢ quiz¨¢ tratar de hacer que prevalezca la raz¨®n? Y la raz¨®n ¡ªdir¨¦ la esencia¡ª de la democracia ?no consiste acaso, sobre todo, en la convivencia pac¨ªfica de las diferencias, de todas las diferencias de identidad de las personas? Y el cometido de la pol¨ªtica ?no es mediar los conflictos y resolverlos racionalmente? ?No era posible, por parte de la pol¨ªtica y de la prensa, estigmatizar duramente el independentismo pero, al mismo tiempo, tomar distancias del proceso, desdramatizar la cuesti¨®n y buscar un compromiso? Como F¨¦lix Ovejero y Manuel Atienza creo que los populismos de izquierdas expresan una ¡°izquierda reaccionaria¡±. Y tambi¨¦n estoy completamente de acuerdo en que los populistas sedicentes de izquierdas favorecen el populismo de derechas. E igualmente en que el independentismo catal¨¢n ha provocado el crecimiento de Vox. Pero ?no ha sido quiz¨¢ una posterior contribuci¨®n a este crecimiento la admisi¨®n de Vox como parte en el proceso, politizando el juicio oral como lugar espectacular del conflicto identitario entre nacionalismos opuestos? ?No habr¨ªa sido una respuesta m¨¢s inteligente y oportuna, por parte de la cultura jur¨ªdica, en vez de hablar de ¡°golpe de Estado¡± haber recurrido a viejas y acreditadas categor¨ªas como la ¡°inexistencia¡± y el ¡°delito imposible¡±, descalificando as¨ª el refer¨¦ndum y la declaraci¨®n de independencia como actos inexistentes, m¨¢s que inv¨¢lidos o il¨ªcitos, por total defecto de competencia y, en el plano penal, como delitos imposibles? (¡°Se excluye la punibilidad¡±, dice el art¨ªculo 49,2? del C¨®digo Penal italiano, ¡°cuando, por la inidoneidad de la acci¨®n o por la inexistencia de su objeto, resulta imposible el resultado da?oso o peligroso¡±). Pues me parece innegable que todos eran plenamente conscientes de la absoluta falta de idoneidad de semejantes iniciativas para producir alg¨²n efecto jur¨ªdico.
En definitiva, temo ¡ªcomo observador externo, pero puedo asegurar que todos los juristas italianos con los que he hablado han seguido el proceso con sorpresa y preocupada perplejidad¡ª que el clamor que ha acompa?ado al juicio penal, el uso de la prisi¨®n preventiva, la campa?a pol¨ªtica promovida por las fuerzas de la derecha contra los imputados y las alt¨ªsimas penas impuestas a los condenados, han tenido el efecto de exacerbar el conflicto y agravar, en vez de resolver el problema. Que solo podr¨ªa resolverse con di¨¢logo, argumentaci¨®n y confrontaci¨®n de las razones.
De cualquier modo, en este momento el proceso ha concluido con duras condenas, y no me parece que tenga mucho sentido seguir con un di¨¢logo de sordos en lo relativo a su valoraci¨®n jur¨ªdica, condicionada, adem¨¢s, por nuestros diversos ordenamientos y nuestras distintas pasadas experiencias. Sobre todo, me parece que nos encontramos ante un cl¨¢sico conflicto civil y pol¨ªtico que, tras la condena, justifica un indulto o, mejor todav¨ªa, una amnist¨ªa dirigida a realizar la pacificaci¨®n nacional y, con ella, la convivencia y el pac¨ªfico respeto entre los diferentes, es decir, repito, las condiciones elementales de la democracia. ?Qu¨¦ utilidad tiene, para la unidad de Espa?a, para su cohesi¨®n social y para su imagen de democracia madura, mantener en la c¨¢rcel a 10 personas, en las que, con raz¨®n o sin ella, algunos millones de ciudadanos ve a sus representantes, confirmando para una parte de Catalu?a, poco importa si minoritaria o mayoritaria, la idea de que son v¨ªctimas de un proceso pol¨ªtico? En suma, pienso que ser¨ªa un signo de fuerza y de inteligencia, por parte del Gobierno espa?ol, promover una decisi¨®n de clemencia. Y, por lo que concierne a la cultura jur¨ªdica creo que, aparte de promover una iniciativa de este g¨¦nero, deber¨ªa contribuir activamente a debatir todos los aspectos de la cuesti¨®n, mostrar todos sus perfiles pol¨ªticos y jur¨ªdicos en el plano tanto de la teor¨ªa del derecho como de la teor¨ªa de la democracia, y hacer as¨ª un aporte de raz¨®n al debate pol¨ªtico.
Este texto se ha publicado con la autorizaci¨®n de Luigi Ferrajoli, jurista y fil¨®sofo, y de Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez, traductor.
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