El Supremo procesa al diputado de Podemos Alberto Rodr¨ªguez por dar una patada a un polic¨ªa
La causa pasar¨¢ ahora al fiscal para que solicite la apertura de la fase de juicio oral o pida el sobreseimiento
El magistrado de la Sala II del Tribunal Supremo Antonio del Moral ha dictado hoy un auto en el que ordena proseguir la causa contra el diputado de Unidas Podemos Alberto Rodr¨ªguez por presunto delito de atentado y falta (o delito leve) de lesiones, por los tr¨¢mites del procedimiento abreviado. Esta decisi¨®n equivale al auto de procesamiento en el procedimiento ordinario.
En consecuencia, el magistrado ha dado un plazo de 10 d¨ªas al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusaci¨®n, el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la pr¨¢ctica de diligencias complementarias que estime oportunas.
Los hechos ocurrieron el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife) con motivo de una manifestaci¨®n contra el entonces ministro Jos¨¦ Ignacio Wert, durante la cual el hoy parlamentario presuntamente propin¨® una patada a un polic¨ªa.
El juez, instructor de esta causa, una vez practicadas las diligencias necesarias, entre ellas la declaraci¨®n del investigado, dio tr¨¢mite de audiencia a las partes. La Fiscal¨ªa pidi¨® la adopci¨®n del auto de transformaci¨®n en procedimiento abreviado, al apreciar indicios de delito. Por su parte, la defensa del diputado, tras aportar un soporte digital con la grabaci¨®n de algunos momentos seleccionados de la manifestaci¨®n en que se sit¨²an los hechos, pidi¨® que se decretase el archivo de la causa acord¨¢ndose el sobreseimiento libre por no haber quedado suficientemente acreditada la comisi¨®n de infracci¨®n penal alguna.
Para el instructor, ¡°los argumentos que recoge la defensa en justificaci¨®n de su petici¨®n son, en todo caso, m¨¢s propios del plenario¡±, esto es, del juicio. ¡°No se trata ahora ¡ªa?ade el auto¡ª de ventilar la culpabilidad o inocencia del acusado, sino tan solo verificar si la acusaci¨®n que anuncia el Ministerio P¨²blico goza de un fundamento razonable (juicio de acusaci¨®n) por consistir en imputaci¨®n de hechos que, resultando t¨ªpicos, cuentan con una base indiciaria que supera un est¨¢ndar medio de potencialidad acreditativa, en el bien entendido de que la cuesti¨®n de fondo habr¨¢ de ser resuelta por el Tribunal competente a la vista de la prueba que pueda desplegarse en el acto del juicio oral¡±.
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