El juez archiva la causa contra cinco de los seis polic¨ªas imputados por la patada en la puerta de la calle Lagasca
El magistrado, que sigue el criterio de la Fiscal¨ªa, considera que los agentes actuaron siguiendo ¨®rdenes del jefe del operativo, que sigue como investigado
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n 28 de Madrid, Jaime Serret, ha dictado un auto, conocido este martes, por el que ordena archivar la causa por allanamiento de morada contra cinco de los seis polic¨ªas nacionales que irrumpieron sin autorizaci¨®n judicial, el 21 de marzo, en un piso de la calle Lagasca de Madrid para poner fin ...
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n 28 de Madrid, Jaime Serret, ha dictado un auto, conocido este martes, por el que ordena archivar la causa por allanamiento de morada contra cinco de los seis polic¨ªas nacionales que irrumpieron sin autorizaci¨®n judicial, el 21 de marzo, en un piso de la calle Lagasca de Madrid para poner fin a una fiesta que contraven¨ªa las normas del estado de alarma. El magistrado, que sigue as¨ª el criterio que expuso la Fiscal¨ªa en una audiencia celebrada el pasado 8 de octubre, mantiene como ¨²nico investigado al subinspector que dirig¨ªa el operativo. ¡°Est¨¢ claro que la intervenci¨®n de estos cinco agentes se realiz¨® ¨²nica y exclusivamente en el cumplimiento de las ¨®rdenes del jefe del operativo¡±, se?ala la resoluci¨®n judicial. La decisi¨®n a¨²n no es firme y puede ser recurrida.
El auto se conoce despu¨¦s de que el pasado 19 de septiembre el magistrado dictase un auto en el que procesaba a los seis agentes al considerar que hab¨ªa indicios ¡°s¨®lidos¡± de la presunta comisi¨®n de un delito de allanamiento de morada. En aquella resoluci¨®n, el magistrado conclu¨ªa que era ¡°incontrovertido¡± que la noche de aquel d¨ªa de marzo, poco antes de la una de la madrugada, los polic¨ªas entraron en el piso tras tirar la puerta con un ariete para detener a los j¨®venes que estaban en la fiesta ¡°a pesar de que no ten¨ªan ni consentimiento de los moradores, ni autorizaci¨®n judicial¡±. En la audiencia celebrada el pasado 8 de octubre, paso previo al env¨ªo de la causa a la Audiencia Provincial de Madrid, las defensas pidieron el sobreseimiento para todos ellos al considerar que la actuaci¨®n de todos ellos fue leg¨ªtima, mientras que la acusaci¨®n particular, que representa a uno de los participantes en la fiesta que fue detenido aquel d¨ªa, pidi¨® que se mantuviera la imputaci¨®n de todos.
En la resoluci¨®n conocida este martes, el juez recuerda que la Audiencia Provincial de Madrid ya concluy¨® que la entrada de los polic¨ªas en aquel piso tras derribar la puerta con ariete fue ¡°un exceso en el ejercicio de la autoridad¡± por parte de los polic¨ªas y, por ello, se inici¨® la investigaci¨®n actual. No obstante, el magistrado destaca que, de las diligencias practicadas hasta este momento, la investigaci¨®n judicial debe mantenerse ¨²nicamente sobre el agente que dirig¨ªa el operativo. En su declaraci¨®n como imputado, el pasado 17 de septiembre, este polic¨ªa hab¨ªa admitido que la decisi¨®n de tirar la puerta abajo fue suya, aunque recalc¨® que su intervenci¨®n estuvo amparada ¡°por la legalidad¡± y, en concreto, por sendas ¨®rdenes internas dictadas por el Ministerio del Interior y la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa en las que se instaba a los agentes a adoptar ¡°todas las medidas necesarias¡± para que se respetaran las restricciones acordadas por el Gobierno para minimizar el riesgo de expansi¨®n del coronavirus. Tras salir a la luz p¨²blica el caso, Interior defendi¨® entonces que los agentes hab¨ªan intervenido dentro de la legalidad y esgrimi¨® que la vivienda ¡°no constituir¨ªa morada¡± al tratarse supuestamente de un inmueble tur¨ªstico y que, por tanto, no era necesaria la autorizaci¨®n judicial para entrar. Este argumento fue rechazado p¨²blicamente por numerosos juristas.
Precisamente, el magistrado centra ahora buena parte de la investigaci¨®n en aclarar si, precisamente, ¡°el piso donde entraron los agentes era o no un domicilio, o un piso que solo se alquilaba para fiestas¡±, como alegaron los polic¨ªas para justificar su entrada en el mismo sin autorizaci¨®n judicial. ¡°Es una cuesti¨®n que precisamente es objeto de investigaci¨®n¡±, recalca el magistrado, que ordena para ello la pr¨¢ctica de varias diligencias, todas ellas pedidas por la Fiscal¨ªa. Entre ellas, est¨¢ la toma de declaraci¨®n de nueve personas, entre ellas el propietario de la vivienda y una segunda persona que figura en el contrato de alquiler del piso en el que se celebraba la fiesta. Tambi¨¦n reclama documentaci¨®n sobre la vivienda y los pagos realizados, y que el Ayuntamiento de Madrid certifique qu¨¦ personas figuran como empadronadas en la vivienda. Con ello, pretende aclarar si, como recog¨ªan los agentes en sus informes, la vivienda era en realidad un piso tur¨ªstico que, adem¨¢s, se utilizaba para celebraciones prohibidas por el estado de alarma, o la vivienda habitual del joven que present¨® la querella, como afirma este.
El juez tambi¨¦n ha ordenado que testifique el matrimonio que reside en el piso inferior al lugar donde se celebr¨® la fiesta, y que fue el que alert¨® a la polic¨ªa, as¨ª como 5 de los 14 participantes en ella. En concreto, los que, cuando los agentes entraron en la vivienda, afirmaron que ellos hab¨ªan querido salir cuando les pidieron que se identificaran, pero que varios de sus compa?eros se lo impidieron. Los agentes aseguraron durante su declaraci¨®n ante el juez que, de las personas que hab¨ªa dentro de la vivienda, varias hab¨ªan intentado abandonarla, pero que, seg¨²n se escuchaba a trav¨¦s de la puerta, otros no les dejaban. Los polic¨ªas a?adieron que ello les llev¨® a concluir que, adem¨¢s del supuesto delito de desobediencia grave que estar¨ªan cometiendo los ocupantes del piso por no querer identificarse, pod¨ªa estar produci¨¦ndose otro de coacciones.
Lo que rechaza el magistrado son la pr¨¢ctica de las diligencias propuestas por el abogado que representa al querellante, que hab¨ªa solicitado que el juez tomase declaraci¨®n al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, para ¡°acreditar que [el Ministerio del] Interior nunca emiti¨® ninguna orden o autorizaci¨®n previa para irrumpir en domicilios en el escenario de fiestas covid¡±. Tambi¨¦n hab¨ªa solicitado la declaraci¨®n el representante jur¨ªdico y la directora de una academia de preparaci¨®n para el acceso a la polic¨ªa para ¡°conocer el grado y conocimientos jur¨ªdicos¡± de los imputados, y pedido incorporar a la causa abundante documentaci¨®n sobre los temarios oficiales que estudian los polic¨ªas durante su paso por la Academia de ?vila, antes de jurar el cargo. ¡°Es indiferente la opini¨®n de una academia de polic¨ªa, el ministro del Interior, un peri¨®dico o un catedr¨¢tico de Derecho Penal. La prueba no es sobre opiniones jur¨ªdicas. La prueba es sobre hechos¡±, concluye el magistrado para rechazarlas.