La Abogac¨ªa del Estado defiende que no todos los pisos tur¨ªsticos son ¡°morada¡± para justificar la patada en la puerta del ¡®caso Lagasca¡¯
El representante legal de Interior, que defiende a los polic¨ªas que irrumpieron sin orden judicial en una vivienda durante el estado de alarma, recurre la decisi¨®n del juez de procesarlos
La Abogac¨ªa del Estado, que representa a cuatro de los seis polic¨ªas que en marzo irrumpieron por la fuerza en una vivienda de la calle Lagasca de Madrid en la que se estaba celebrando una fiesta privada que contraven¨ªa las medidas sanitarias del estado de alarma entonces en vigor, defiende en un recurso presentado ante el juez Jaime Serret, instructor del caso, que el domicilio asaltado no constitu¨ªa ¡°morada¡± y, por tanto, que los agentes, imputados por allanamiento, no cometieron ning¨²n delito al entrar sin orden judicial.
En el escrito, el representante legal del Ministerio del Interior tilda de ¡°precipitada y carente de indicios s¨®lidos¡± que el magistrado, en el auto por el que el pasado septiembre acord¨® el procesamiento de los agentes, se refiriera a las 14 personas que estaban en el domicilio celebrando la fiesta como ¡°moradores¡±. ¡°Nadie se identific¨® como el inquilino o morador del piso [ante los agentes que los arrestaron] y, una vez identificados, sus domicilios no se localizaban en el inmueble en cuesti¨®n¡±, a?ade.
¡°La utilizaci¨®n de inmuebles formalmente destinados a uso tur¨ªstico a usos distintos de este para destinarlos a la celebraci¨®n de fiestas, como indiciariamente acontec¨ªa en el inmueble de [la calle] Lagasca, vulnerando las restricciones vigentes en aquel momento, era una realidad que hab¨ªa exigido la adopci¨®n de normas espec¨ªficas por las autoridades competentes¡±, destaca el escrito, que recuerda la orden que, solo un mes antes, hab¨ªa dictado la Consejer¨ªa de Justicia de la Comunidad de Madrid, responsables del control de los pisos tur¨ªsticos, en el que ordenaba la inspecci¨®n de estos ante la proliferaci¨®n de fiestas prohibidas. Por todo ello, el recurso pide que se anule el auto por el que se proces¨® a los agentes y que se practiquen nuevas diligencias para determinar la utilizaci¨®n real que se daba a la vivienda.
El argumento de la Abogac¨ªa en su recurso es el que defendi¨® el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el pasado marzo, poco despu¨¦s de conocerse el suceso tras difundirse en redes sociales el v¨ªdeo de la entrada de los agentes en el piso. Grande-Marlaska respald¨® entonces la legalidad de la actuaci¨®n de los agentes. ¡°Un piso tur¨ªstico, una habitaci¨®n de hotel por concepto es morada, pero puede no serlo si su fin no es utilizar con esa finalidad, sino para realizar fiestas ilegales¡±, asegur¨®. Este argumento fue rechazado p¨²blicamente por numerosos juristas.
En su recurso, la Abogac¨ªa incide en que los agentes ten¨ªan ¡°fundadas sospechas¡± de que el domicilio era un piso tur¨ªstico porque, como declararon ante el juez, su buz¨®n no ten¨ªa nombre y estaba lleno de correspondencia, y se acced¨ªa a la vivienda mediante un dispositivo telem¨¢tico, as¨ª como por el testimonio del vecino que reclam¨® la presencia policial por el ruido. Este asegur¨® que el piso solo era ocupado de jueves a domingo para celebrar fiestas.
El escrito se?ala que esos indicios de que el piso era tur¨ªstico y, adem¨¢s, se utilizaba para celebraciones prohibidas se vieron corroborados cuando los polic¨ªas entraron tras derribar la puerta con un ariete. En este sentido, destaca el estado de la vivienda (¡°muy sucia, m¨¢s botellas y vasos que asistentes¡±) y que el arrendatario, que fue detenido y que es el que ha presentado la querella que ha provocado la imputaci¨®n de los polic¨ªas, facilit¨® un n¨²mero de tel¨¦fono del presunto propietario que no permiti¨® contactar con este. La Abogac¨ªa incide en que, en su declaraci¨®n del 17 de septiembre, este inquilino present¨® como prueba de que no era un piso tur¨ªstico, sino un alquiler de larga duraci¨®n, un contrato que ¡°no est¨¢ firmado por ninguna de las partes¡± y sugiere que puede ¡°ser un documento creado para su aportaci¨®n con la querella¡±.
El recurso destaca que, con las diligencias practicadas ¡ªlas declaraciones de los seis polic¨ªas, el querellante y una ocupante del piso¡ª, no se puede descartar que los participantes en la fiesta cometieran un delito flagrante, el de desobediencia grave por su negativa reiterada a identificarse. Este fue el argumento esgrimido por los agentes para justificar su entrada en el piso sin orden judicial.
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