La Fiscal¨ªa apoya el recurso contra Ortega Smith ante el Constitucional por denigrar a las 13 rosas
El diputado de Vox declar¨® que las j¨®venes republicanas fusiladas en 1939 ¡°torturaban, asesinaban y violaban vilmente¡±
La Fiscal¨ªa ha impugnado la decisi¨®n del Constitucional de inadmitir el recurso de amparo presentado por la Asociaci¨®n Trece Rosas Asturias contra el diputado y portavoz de Vox en el ayuntamiento de Madrid Javier Ortega Smith, quien en unas declaraciones dijo que las j¨®venes conocidas como las Tres Rosas ¡°torturaban, asesinaban y violaban vilmente¡± en las checas de Madrid durante la II? Rep¨²blica....
La Fiscal¨ªa ha impugnado la decisi¨®n del Constitucional de inadmitir el recurso de amparo presentado por la Asociaci¨®n Trece Rosas Asturias contra el diputado y portavoz de Vox en el ayuntamiento de Madrid Javier Ortega Smith, quien en unas declaraciones dijo que las j¨®venes conocidas como las Tres Rosas ¡°torturaban, asesinaban y violaban vilmente¡± en las checas de Madrid durante la II? Rep¨²blica.
Las manifestaciones de Ortega Smith, realizadas en el programa 24 Horas de TVE, dieron origen a una querella presentada por la mencionada asociaci¨®n y por familiares de una de las Trece Rosas, fusiladas en agosto de 1939, cuatro meses despu¨¦s del final de la Guerra Civil. La querella fue rechazada y archivada en 2019. El 19 de enero de 2020, el Supremo rechaz¨® asimismo el recurso de s¨²plica presentado contra esta decisi¨®n. Un d¨ªa antes, el 18 de enero, los querellantes acudieron en amparo ante el Constitucional.
El tribunal de garant¨ªas inadmiti¨® el recurso de amparo con el argumento de que no se hab¨ªa agotado la v¨ªa judicial, requisito imprescindible para acudir ante el Constitucional. De hecho, el archivo del caso y el rechazo del recurso subsiguiente por parte del Supremo s¨ª se hab¨ªan producido antes, aunque pudiera no constar claramente recogido en la documentaci¨®n del procedimiento, por el mencionado desfase de fechas. Aclarado este punto, cabe la posibilidad de que la representaci¨®n procesal de los querellantes replantee su recurso de amparo, una vez puesto de relieve que s¨ª ha agotado la v¨ªa judicial ordinaria.
El proceso que se sigui¨® en el Supremo ¨Cante el que Ortega Smith es aforado, como diputado- fue archivado porque la Sala Penal consider¨® que las declaraciones del querellado no eran constitutivas de los delitos de injurias graves, calumnias e incitaci¨®n al odio que se le imputaban. Ortega Smith hab¨ªa manifestado en sus declaraciones que durante la Guerra Civil hubo cr¨ªmenes de ambos bandos y que las j¨®venes republicanas fusiladas ¡°torturaban, asesinaban y violaban vilmente¡±. Se da la circunstancia de que ni siquiera en el Consejo de Guerra al que fueron sometidas las Trece rosas, varias de ellas menores de edad, se las acus¨® de tales delitos. La Fiscal¨ªa apoy¨® la querella presentada.
El Supremo, a su vez, rechaz¨® la iniciativa de los querellantes. En su auto, argument¨® que la funci¨®n jurisdiccional consiste en ¡°valorar, atendiendo a las circunstancias concurrentes y la expresi¨®n de las ideas vertidas¡±, si lo declarado constituye un ejercicio leg¨ªtimo de la libertad de expresi¨®n o, por el contrario, ¡°la expresi¨®n es atentatoria a los derechos y a la dignidad de las personas a que se refiere¡±.
El auto de la Sala Penal a?ad¨ªa que para apreciar el tipo penal de incitaci¨®n al odio es preciso que las declaraciones representen ¡°un peligro cierto de generar un clima de violencia y hostilidad que puede concretarse en actos espec¨ªficos de violencia, odio o discriminaci¨®n¡± contra determinados grupos, por motivos racistas, antisemitas o ideol¨®gicos. El Supremo estim¨® que tales supuestos no se daban en este caso, y de ah¨ª la inadmisi¨®n de la querella.