El Supremo confirma 14 a?os de prisi¨®n para el exl¨ªder de Vox en Lleida por abusar de personas con discapacidad
Jos¨¦ Antonio Ortiz Cambray convenci¨® a las v¨ªctimas para abusar de ellas a cambio de dinero
El Tribunal Supremo ha confirmado una pena de 14 a?os y tres meses de prisi¨®n para quien fuera l¨ªder de Vox en Lleida, Jos¨¦ Antonio Ortiz Cambray, por abusar sexualmente de dos personas con discapacidad. El Supremo ha rechazado el recurso planteado por Ortiz Cambray y ratifica la condena que impuso en 2020 la Audiencia Provincial de Lleida, y ratific¨® despu¨¦s el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), por un delito continuado de abuso sexual a una persona con discapacidad, dos delitos continuados de corrupci¨®n a dos personas con discapacidad y un delito de pornograf¨ªa con utilizaci¨®n de persona con discapacidad.
El caso se destap¨® despu¨¦s de que la Fundaci¨®n Alosa de Lleida, que tutela a dos de las v¨ªctimas, descubriera los mensajes por WhatsApp entre el exl¨ªder de Vox y uno de los discapacitados y lo denunciara ante los Mossos d¡¯Esquadra. El acusado neg¨® los hechos durante el juicio, pero el Supremo considera que ha quedado probado que durante los primeros meses de 2019, Ortiz Cambray, aprovech¨¢ndose de la discapacidad que padec¨ªan sus dos v¨ªctimas, a las que conoc¨ªa, les ofreci¨® a trav¨¦s de Whatsapp mantener contactos a cambio de dinero.
Una de ellas accedi¨® en varias ocasiones a que le realizara tocamientos, por los que recibi¨® 5 euros, y el acusado lleg¨® incluso a penetrarle analmente a cambio de 20 euros. El condenado tambi¨¦n plante¨® a la otra v¨ªctima, que presenta discapacidad mental leve, mantener encuentros sexuales e intent¨® convencerle de que ¡°cuanto mejor lo hiciera m¨¢s cobrar¨ªa¡±, pero esta persona rechaz¨® sus ofrecimientos, aunque accedi¨® a enviarle fotos y v¨ªdeos ¨ªntimos por los que cobr¨® dinero. Seg¨²n la sentencia, el condenado lo intent¨® con una tercera persona con discapacidad, pero esta rechaz¨® todas sus pretensiones.
En su sentencia, el tribunal considera acreditado que el exl¨ªder de Vox en Lleida, que concurri¨® como cabeza de lista de la formaci¨®n de extrema derecha para el Senado en 2016 y a quien esta suspendi¨® de militancia tras su detenci¨®n en 2019, abus¨® de la discapacidad ps¨ªquica de las v¨ªctimas, en contra de lo que ¨¦l sosten¨ªa en el recurso. El padecimiento ps¨ªquico de las v¨ªctimas, a?ade el Supremo, ¡°est¨¢ respaldado por una prueba concluyente¡± y del relato fluye, adem¨¢s, ¡°el aprovechamiento ¡ªabuso¡ª de esa circunstancia que permite caracterizar a las v¨ªctimas como vulnerables o necesitadas de especial protecci¨®n¡±.
El tribunal advierte de que ni la sentencia recurrida, ni la del TSJC ni la del Supremo niegan la capacidad de autodeterminaci¨®n sexual de las v¨ªctimas, sino que ¡°sencillamente¡± constata que ¡°se abus¨® de su minusval¨ªa mental de forma consciente para incidir en su desarrollo¡±. El hecho de que no haya un trauma emocional de los hechos, recuerdan los magistrados, no determina que estos puedan calificarse o no de delito, ya que puede ser tambi¨¦n ¡°confirmaci¨®n de que, en efecto, las v¨ªctimas necesitan especial protecci¨®n por su dificultad para ponderar el significado de las conductas a que les impuls¨® el acusado, vali¨¦ndose de la desinhibici¨®n vinculada a su discapacidad de la que se aprovech¨® el acusado que buscaba precisamente a personas con esas caracter¨ªsticas; no a otros¡±. ¡°Es m¨¢s, a?ade el tribunal, ¡°a mayores carencias ps¨ªquicas probablemente el impacto emocional ser¨¢ menor, lo que no significa que la antijuricidad desaparezca; antes bien, al contrario¡±.
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